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Visados
Emprendedores
Aquellos extranjeros que soliciten entrar en España o que siendo titulares de una autorización de estancia o residencia o visado pretendan iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedores, podrán ser provistas de una autorización de residencia para actividad empresarial, que tendrá validez en todo el territorio nacional y una vigencia de tres años. Una vez cumplido dicho plazo, podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia por dos años, pudiendo obtener la residencia permanente a los cinco años.
La solicitud de autorización de residencia de emprendedores se realizará por el interesado o a través de su representación legal y de forma electrónica ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
Los solicitantes deberán cumplir los requisitos generales previstos y los requisitos legales necesarios para el inicio de la actividad, que serán los establecidos en la normativa sectorial correspondiente.
Se entenderá como actividad emprendedora aquella que sea innovadora y/o tenga especial interés económico para España y a tal efecto cuente con un informe favorable emitido por ENISA.
Para más información puede consultar el siguiente enlace:
Visado para emprendedor