María Rosario Pallarés Rodríguez
Economía, Hacienda y Contratación
Quinta Teniente de Alcalde. Miembro de la Junta de Gobierno Local.
Decreto de fecha 27 de junio de 2023, relativo a desarrollo de competencias delegadas en Concejales/as Delegados/as de Área, que literalmente dice:
Desarrollar las competencias delegadas mediante Decreto de esta Alcaldía de fecha 19 de junio de 2023, en el siguiente sentido:
Se hace depender además:
- Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos Municipales.
- Servicio de Catastro.
- Agencia Municipal Tributaria.
- Tribunal Económico Administrativo.
- Órgano de Gestión Tributaria.
- Intervención.
- Oficina Presupuestaria.
- Servicio de Economía.
- Contabilidad.
- Tesorería.
- Patrimonio (Gestión del Patrimonio Municipal y del Patrimonio Histórico).
Delegar las siguientes competencias de la Junta de Gobierno Local, acuerdo número 831, día 30 de junio de 2023:
ECONOMÍA
- Cesiones de créditos (endosos)
- Aprobación de constitución y reposición de anticipos de caja fija, dando cuenta mensualmente a la Junta de Gobierno Local.
- Justificación de los libramientos expedidos a perceptores de fondos.
- Justificación de subvenciones concedidas.
- Expedientes de apertura, modificación y cancelación de cuentas corrientes.
CONTRATACIÓN:
- Adjudicación de los contratos sujetos a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y firma de documentación para su formalización.
- Aprobación del gasto y adjudicación de contratos menores.
- Incoación y actos de instrucción en procedimientos de imposición de penalidades, incautación de garantías y resolución de contratos.
- Suspensión de plazos de contratación.
- Requerimientos a licitadores.
- Aceptación de la propuesta de la mesa de contratación a que hace referencia el artículo 150. 2 de la Ley 9/2017.
- La emisión del informe relativo a la adopción de medidas cautelares en los recursos especiales en materia de contratación del artículo 49. 2 de la Ley 9/2017.
HACIENDA:
- Gestión de ingresos de derecho público de naturaleza no tributaria en periodo voluntario; así como de ingresos de derecho privado.
Con carácter genérico
Resoluciones en materia del ejercicio de la potestad sancionadora en expedientes correspondientes a su Área.
- Aprobación de proyectos, programas, actividades o eventos de cualquier naturaleza que no conlleven ocupación de la vía pública, ni conlleven gasto o que, conllevándolo, no exceda de TRES MIL EUROS en lo que respecta a su ámbito de competencia, previa autorización por la Comisión de Oportunidad regulada en las bases de ejecución del presupuesto.
- Aprobación de planes de seguridad y salud en proyectos en materia del área respectiva.
- Devolución de fianzas, avales y otras garantías.
- La aprobación de las cuentas justificativas de las subvenciones que concedan, así como la iniciación, ordenación, instrucción y resolución de los expedientes de reintegro de subvenciones o de pérdida del derecho al cobro.
- La resolución de recursos de reposición interpuestos contra actos dictados por los Delegados y Delegadas en el ámbito de sus competencias.
Eventos
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