Moción del Grupo Municipal Popular para declarar en contra del interés público y social, en el término municipal de Granada, las plantas de generación eléctrica mediante fuentes renovables no destinadas a autoconsumo.
Se presenta a Pleno Moción del Grupo Municipal Popular para declarar en contra del interés público y social, en el término municipal de Granada, las plantas de generación eléctrica mediante fuentes renovables no destinadas a autoconsumo, que pasa a exponer el Sr. Tte. de Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras Públicas y Licencias, D. Enrique Catalina Carmona, y que literalmente dice:
“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Durante el pasado año se ha puesto de relevancia la preocupación levantada por parte de la ciudadanía granadina ante las propuestas de implantación de plantas de energía solar fotovoltaica en nuestro término municipal.
La Oficina del Plan General, en su trabajos de redacción del Plan General de Ordenación Municipal (PGOM), tiene incluida la delimitación del suelo rústico, la identificación de los suelos adscritos a las distintas zonas y categorías del suelo rústico, y la normativa urbanística general de cada una de las mismas, que deberá incluir la regulación de los usos prohibidos y el régimen de protección y preservación derivado de la ordenación territorial y de la legislación y planificación sectorial que resulte de aplicación.
Igualmente incluirá el establecimiento de las zonas de suelo rústico, que podrán comprender suelos rústicos de distintas categorías, con la identificación de sus características, potencialidades y deficiencias, definiendo para cada una de ellas las directrices para la implantación de las actuaciones ordinarias y extraordinarias.
En el análisis realizado durante los últimos meses, ha puesto en evidencia la singularidad, entre otros, del paisaje existente entre El Fargue y el Bien de Interés Cultural Valle del Darro. Del análisis de los terrenos afectados, se desprende que, a diferencia de lo que ocurre en otros ámbitos del suelo rústico en el término municipal de Granada, en este ámbito se ha preservado hasta el momento un paisaje agrícola y forestal apenas alterado por elementos constructivos industriales o de arquitectura que no sea tradicional y rural, existiendo desde El Fargue unas vistas hasta Sierra Nevada en las que apenas se perciben elementos urbanizados, lo cual es un valor a preservar y poner en valor.
Es por ello que la propuesta del PGOM para esta zona, será la de prohibir las plantas fotovoltaicas, permitiéndose únicamente reducidas instalaciones destinadas a autoconsumo, sin incluir las comunidades energéticas, ya que estas últimas podrían adquirir dimensiones importantes que tendrían afecciones significativas en el paisaje, más aún cuando éste cuenta con características forestales y agrícolas prácticamente inalteradas.
Sin embargo, hasta que no se produzca el Acuerdo de aprobación inicial del PGOM no se podrá acordar la suspensión del otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias para plantas fotovoltaicas en áreas concretas, siendo justificada la necesidad y la proporcionalidad de la suspensión. Aunque dicha aprobación se prevé cercana en los próximos meses, queriendo evitar que nuevas iniciativas de implantación de fotovoltaicas sigan planteándose en este tiempo, se ve necesario proponer la presente Moción.
Por otra parte, el año pasado la Junta de Andalucía aprobó la INSTRUCCIÓN 1/2025 SOBRE LA IMPLANTACIÓN EN SUELO RÚSTICO DE ACTUACIONES VINCULADAS A LAS ENERGÍAS RENOVABLES, desde la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. Dicha instrucción determina en el apartado 4 b lo siguiente:
En el suelo rústico preservado por la ordenación territorial y urbanística por razones de protección de los recursos culturales, ambientales, agrícolas o paisajísticos (LISTA 14.1.c) o por la existencia de riesgos (LISTA 14.1.b), los usos vinculados a las energías renovables serán compatibles con la ordenación territorial y urbanística siempre que no se encuentren expresamente prohibidos por la ordenación territorial y urbanística o por la legislación sectorial que, en su caso, resulte de aplicación. No obstante, debe tenerse en cuenta que las actuaciones que se desarrollen en estos suelos están sometidas a la defensa y mantenimiento de los valores, fines y objetivos que motivaron su protección o preservación conforme al régimen que se establezca en la legislación y ordenación sectorial, territorial y urbanística correspondiente (LISTA art 19.3), lo que debe ponderarse en el procedimiento de autorización correspondiente.
Por todo ello, el grupo municipal del Partido Popular eleva al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de ACUERDO:
Única.- Declarar en contra del interés público y social, en todo el término municipal de Granada, los proyectos de actuación que tengan por objeto la instalación de plantas fotovoltaicas en suelo preservado por la ordenación territorial o urbanística, salvo aquellos de reducida entidad e impacto destinados al autoconsumo.”
Abierto el debate de la moción se producen las siguientes intervenciones:
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Finalizado el debate, se somete la moción a votación con la incorporación de la enmienda in voce propuesta por el Grupo Municipal VOX y parcialmente aceptada y matizada por el proponente, obteniéndose el siguiente resultado:
- 24 votos a favor emitidos por los 15 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: Dña. María Francisca Carazo Villalonga, D. Jorge Saavedra Requena, Dña. Ana Isabel Agudo Martínez, D. Enrique Manuel Catalina Carmona, D. Vito Rafael Episcopo Solís, Dña. María Rosario Pallares Rodríguez, D. Jorge Iglesias Puerta, Dña. Amparo Arrabal Martín, Dña. Ana Belén Sánchez Requena, D. Francisco José Almohalla Noguerol, Dña. Encarnación González Fernández, Dña. Carolina Amate Villanueva, D. Fernando Parra Moreno, Dña. Elisa Campoy Soler y D. Raúl Fernando Fernández Asensio; y los 9 Concejales/Concejalas presentes del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. Jacobo Calvo Ramos, Dña. María Raquel Ruz Peis, D. Eduardo José Castillo Jiménez, Dña. María Eva Fernández Romero, D. Francisco Herrera Triguero, Dña. Nuria Gutiérrez Medina y D. Juan José Ibáñez Martínez.
- 2 abstenciones emitidas por las Concejalas del Grupo Municipal VOX, Sras.: Dña. Beatriz Sánchez Agustino y Dña. Mónica del Carmen Rodríguez Gallego.
En consecuencia, el Ayuntamiento Pleno acuerda por mayoría (24 votos a favor y 2 abstenciones) aprobar la Moción del Grupo Municipal Popular para declarar en contra del interés público y social, en el término municipal de Granada, las plantas de generación eléctrica mediante fuentes renovables no destinadas a autoconsumo con la incorporación de la enmienda parcialmente aceptada durante el debate, quedando la parte dispositiva de la moción con la siguiente redacción literal:
Única.- Declarar en contra del interés público y social, en todo el término municipal de Granada, los proyectos de actuación que tengan por objeto la instalación de plantas fotovoltaicas en suelo preservado por la ordenación territorial o urbanística, salvo aquellos de reducida entidad e impacto destinados al autoconsumo y aquellas comunidades energéticas en las que, previo estudio de su ubicación, así se determine.”