Documento de Variables de Propuesta
Se presenta a Pleno Moción del Grupo Municipal Popular relativa a la aplicación inmediata del régimen fiscal previsto en la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que pasa a exponer su Sra. Concejala Delegada de Política Social, Familia, Discapacidad y Mayores, Dña. Amparo Arrabal Martín, y que cuenta con el siguiente tenor literal:
“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 2 de abril de 2025, supuso un hito legislativo largamente demandado por el tercer sector de acción social. En concreto, su disposición final decimoséptima, reguladora del “Régimen fiscal de las donaciones de alimentos”, mandata taxativamente lo siguiente:
«El Gobierno establecerá, en el menor tiempo posible, el mecanismo para la aplicación inmediata del tipo del 0 por ciento a todas las entregas de bienes, en especies o dinerarias, realizadas en concepto de donativos para la adquisición de alimentos o artículos de primera necesidad a las entidades sin fines lucrativos definidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 91.Cuatro de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Este régimen se aplicará exclusivamente a los alimentos y bienes que serán utilizados para donaciones, y se excluyen los productos adquiridos para volver al circuito comercial».
Ha transcurrido ya más de un año desde la entrada en vigor de dicha norma y, de manera incomprensible, este régimen fiscal bonificado sigue sin aplicarse por parte del Ministerio de Hacienda. Esta parálisis administrativa del Gobierno central penaliza de forma directa la capacidad de compra de las entidades benéficas y humanitarias que operan en nuestra ciudad, obligando a los Bancos de Alimentos y asociaciones del tercer sector a seguir abonando el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de los productos básicos de alimentación e higiene que sufragan los ciudadanos con su solidaridad.
La urgencia social de esta medida es incuestionable. La magnitud del perjuicio económico que este bloqueo de la ley genera sobre la acción solidaria queda reflejado de manera nítida si analizamos las cifras consolidadas de la última Gran Recogida 2026 y la Recogida de Primavera 2025:
· A nivel nacional: las aportaciones dinerarias y las entregas en especie alcanzaron los 11.146.707 euros y los 5.477.015 kilos de alimentos. Con la valoración oficial de la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) de 1,44 €/kg y aplicando un IVA medio estimado del 7,5%, el gasto fiscal soportado por las entidades asciende a 1.327.926 euros. Un dinero detraído de la solidaridad que se podría haber traducido en toneladas adicionales de alimentos para familias vulnerables.
A nivel andaluz: la aportación conjunta se elevó a 1.831.081 euros y 638.057 kilos de alimentos. De este esfuerzo colectivo de los andaluces, un total de 191.852 euros se destinaron íntegramente al pago del IVA debido a la inacción del Ministerio de Hacienda.
En el caso de la ciudad de Granada, el tejido social y el Banco de Alimentos local requieren optimizar hasta el último céntimo de sus recursos para atender la creciente demanda de auxilio alimentario en nuestros distritos. Resulta inadmisible y éticamente insostenible dilatar por más tiempo la aplicación de una exención fiscal reconocida por ley, dotada de presupuesto y respaldada por un absoluto consenso social.
Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal del Partido Popular propone al Pleno de la Corporación la adopción de las siguientes:
PRIMERO.- El Excelentísimo Ayuntamiento Pleno de Granada insta al Gobierno de España a habilitar de forma improrrogable el mecanismo normativo e institucional necesario para la aplicación inmediata del tipo del 0% de IVA a las donaciones de alimentos, tanto en especie como dinerarias, destinadas a entidades sin fines lucrativos (conforme a la Ley 49/2002), garantizando que esta exención sea plenamente operativa de cara a la próxima campaña de la Gran Recogida de la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL).
SEGUNDO. - El Excelentísimo Ayuntamiento Pleno de Granada insta al Gobierno de España a diseñar y ejecutar, de manera subsidiaria, un plan de choque de compensación económica dotado con los recursos necesarios para resarcir a los Bancos de Alimentos por el retraso acumulado desde la aprobación de la ley, cubriendo de forma transitoria una cuantía equivalente al IVA soportado por estas entidades desde abril de 2025 hasta la entrada en vigor efectiva del tipo 0%.
TERCERO. - El Excelentísimo Ayuntamiento Pleno de Granada solicita al Gobierno de España que rinda cuentas ante las administraciones locales y los agentes sociales, aclarando y eliminando de forma definitiva los supuestos obstáculos técnicos o normativos que han provocado la parálisis en el desarrollo reglamentario de la disposición final decimoséptima de la Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario.
CUARTO. - El Excelentísimo Ayuntamiento Pleno de Granada acuerda dar traslado formal de los presentes acuerdos a la Presidencia del Gobierno de España, al Ministerio de Hacienda, a la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL), al Banco de Alimentos de Granada y a la Asociación Nacional de Alimentos Solidarios (ANDAS).”
Durante el debate se producen las siguientes intervenciones:
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Finalizado el debate se procede a la votación de la Moción, obteniéndose el siguiente resultado:
-15 votos a favor, emitidos por los 14 Concejales/Concejalas presentes del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: Dña. María Francisca Carazo Villalonga, D. Jorge Saavedra Requena, Dña. Ana Isabel Agudo Martínez, D. Enrique Manuel Catalina Carmona, D. Vito Rafael Episcopo Solís, D. Jorge Iglesias Puerta, Dña. Amparo Arrabal Martín, Dña. Ana Belén Sánchez Requena, D. Francisco José Almohalla Noguerol, Dña. Encarnación González Fernández, Dña. Carolina Amate Villanueva, D. Fernando Parra Moreno, Dña. Elisa Campoy Soler y D. Raúl Fernando Fernández Asensio; y 1 Concejala del Grupo Municipal VOX, Sra. Dña. Mónica del Carmen Rodríguez Gallego.
-9 abstenciones, emitidas por los Concejales/Concejalas presentes del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. Jacobo Calvo Ramos, Dña. María Raquel Ruz Peis, D. Eduardo José Castillo Jiménez, Dña. María Eva Fernández Romero, D. Francisco Herrera Triguero, Dña. Nuria Gutiérrez Medina, D. Juan José Ibáñez Martínez y Dña. María Francisca Arnedo Campozo.
En consecuencia, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda por mayoría (15 votos a favor y 9 abstenciones), aprobar la Moción presentada por el Grupo Municipal Popular relativa a la aplicación inmediata del régimen fiscal previsto en la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, cuyo texto ha sido reproducido de forma íntegra al comienzo del presente acuerdo.