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| Ley 31/1995, De 8 De Noviembre, De Prevención De Riesgos LaboralesEl artículo 40.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Fecha: 08/11/1995 Tipo: Leyes Area: Bienestar Social,Recursos Humanos,Turismo,Prevención de Riesgos Laborales Estado: Vigente
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 | Ley 53/1984, De 26 De Diciembre, De Incompatibilidades Del Personal Al Servicio De Las Administraciones PúblicasRegulación de las Incompatibilidades de la dedicación del personal al servicio de las Administraciones Públicas a un solo puesto de trabajo, sin más excepciones que las que demande el propio Servicio Público, respetando el ejercicio de las actividades privadas que no puedan impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia. Fecha: 04/01/1985 Tipo: Leyes Area: Recursos Humanos Estado: Vigente
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| Ley 30/1984, De 2 De Agosto, De Medidas Para La Reforma De La Función PúblicaEl Gobierno cree que el horizonte de todo cambio en la legislación funcionarial ha de venir establecido por las bases del Régimen Estatutario de los Funcionarios Públicos, que, en desarrollo del artículo 149.1.18 de la Constitución, es preciso dictar. Tales bases, referidas al conjunto de los funcionarios de todas las Administraciones Públicas, constituirán el nuevo marco de la Función Pública derivado de nuestra Constitución. El Gobierno se propone sin tardanza abordar su elaboración y envío a las Cámaras. Fecha: 02/08/1984 Tipo: Leyes Area: Recursos Humanos Estado: Vigente
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 | Ley 70/1978, De 26 De Diciembre, De Reconocimiento De Servicios Previos En La Administración PúblicaFecha: 10/01/1979 Tipo: Leyes Area: Recursos Humanos Estado: Vigente
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 | Recursos Humanos:Orden |
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 | Recursos Humanos:Real Decreto |
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  | Recursos Humanos:Real Decreto-Ley |
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 | Recursos Humanos:Real Decreto Legislativo |
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  | Recursos Humanos:Resolución |
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 | Salud:Decreto-Ley |
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 | Salud:Leyes |
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 | Salud:Orden |
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 | Salud:Real Decreto-Ley |
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 | Secretaría General:Decretos |
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 | Secretaría General:Orden |
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  | Secretaría General:Ordenanzas |
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 | Secretaría General:Real Decreto |
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  | Secretaría General:Resolución |
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| Resolución De 24 De Febrero De 2006, De La Oficina Del Censo Electoral, Sobre La Repercusión De Las Bajas De Oficio Por Inscripción Indebida En Los Padrones Municipales Y Procedimiento De Control De Las Altas En El Censo Electoral.Las delegaciones provinciales de la OCE repercutirán en el Censo Electoral las bajas de oficio por inclusión indebida tramitadas por los ayuntamientos conforme a la normativa de Régimen Local [Resolución de 9 de abril de 1997 (BOE n.º 87, del día 11), en la norma II.1, c.2)], aún cuando no se haya producido el alta en otro municipio. La OCE notificará a los electores afectados que se han hecho efectivas las bajas de sus inscripciones en el Censo Electoral, informándoles de su obligación de inscribirse en el padrón del municipio y en el domicilio en el que residan habitualmente, y para poder realizar la correspondiente inscripción de oficio en el Censo Electoral en ese domicilio. Fecha: 08/03/2006 Tipo: Resolución Area: Secretaría General
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  | Servicios Generales:Leyes |
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 | Servicios Generales:Leyes orgánicas |
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  | Servicios Generales:Orden |
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 | Servicios Generales:Real Decreto |
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  | Servicios Generales:Real Decreto-Ley |
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