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 |  |  | Estatutos De La Fundación Granadina De TutelaCon fecha 29 de julio de 2001 y mediante acuerdo núm. 568, fue aprobado por el Ayuntamiento Pleno el texto de los Estatutos de la Fundación Granadina de Tutela. El 7 de agosto de 2001 se publicó anuncio en e B.O.P. abriendo un plazo de treinta días para presentación de reclamaciones y sugerencias, sin que durante el mismo se haya presentado ninguna. Qué en base a lo anterior y a tenor de la legislación vigente queda aprobado definitivamente el texto de los Estatutos de la Fundación Granadina de Tutela Area: Secretaría General. Ambito: Local. Tipo: Estatutos. Fecha: 21/09/2001Tamaño:19 kb
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| | | Estatutos Del Consorcio Centro De Formación En Artesanía, Restauración Y Rehabilitación Del Patrimonio Histórico, Artístico Y Cultural Albayzinel Excmo. Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2001, entre otros acuerdos, adoptó el que con el núm. 801, literalmente dice:Creación del Centro Albayzín y aprobación de estatutos(B.O.P. NÚM. 250, MARTES, 30 DE OCTUBRE DE 2001) Area: Secretaría General. Ambito: Local. Tipo: Estatutos. Fecha: 28/09/2001Tamaño:14 kb
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| | | Real Decreto 1066/2001, De 28 De Septiembre, Por El Que Se Aprueba El Reglamento Que Establece Condiciones De Protección Del Dominio Público Radioeléctrico, Restricciones A Las Emisiones Radioeléctricas Y Medidas De Protección Sanitaria Frente A Emisiones RadioeléctricasEl Reglamento que se aprueba por este Real Decreto tiene, entre otros objetivos, adoptar medidas de protección sanitaria de la población. Para ello, se establecen unos límites de exposición del público en general a campos electromagnéticos procedentes de emisiones radioeléctricas, acordes con las recomendaciones europeas. Para garantizar esta protección se establecen unas restricciones básicas y unos niveles de referencia que deberán cumplir las instalaciones afectadas por este Real Decreto. Al mismo tiempo, se de respuesta a la preocupación expresada por algunas asociaciones, ciudadanos, corporaciones locales y Comunidades Autónomas. Area: Medio Ambiente. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 28/09/2001Tamaño:3 kb
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 |  |  | Ley 7/2001, De 12 De Julio, Del VoluntariadoLa Ley del Voluntariado de Andalucía parte del reconocimiento de que el carácter autónomo y dinámico del movimiento voluntario constituye un valor a proteger y fomentar. De esta forma, la Ley no pretende establecer más requisitos legales que los necesarios para garantizar los derechos y deberes que se apuntan, con carácter general, en las diversas recomendaciones internacionales sobre la materia. Esta Ley se articula en diferentes títulos en los que se recogen el conjunto de disposiciones generales sobre los destinatarios de la acción voluntaria organizada, sobre personas voluntarias y entidades que desarrollan la acción voluntaria, sobre el Registro General de tales entidades, sobre las Administraciones Públicas y sobre la participación. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Leyes. Fecha: 24/07/2001 Colectivo: Población generalTamaño:25 kb
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 |  |  | Ordenanza Reguladora De Las Ayudas A La Rehabilitación De EdificiosQue el día 7 de abril de 2001 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 80 anuncio por el que se sometían a información pública las modificaciones operadas en la Ordenanza reguladora de las Ayudas a la Rehabilitación de Edificios, sin que durante el indicado plazo se hayan presentado alegaciones o sugerencias. En consecuencia, a tenor de lo establecido en el articulo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local se eleva automáticamente a definitivo el acuerdo de aprobación inicial del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 23 de febrero de 2001 y conforme a lo establecido en el artículo 70.2 de la indicada norma se procede a la publicación íntegra (BOP 152, 5/7/01)del articulado de la Ordenanza que se ha modificado Area: Urbanismo Obras y Licencias. Ambito: Local. Tipo: Ordenanzas. Fecha: 05/07/2001Tamaño:28 kb
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| | | Reglamento De Selección De Personal Y Bolsa De Trabajo.BOP NÚM. 157, MIÉRCOLES, 11 DE JULIO DE 2001
ANUNCIO: Aprobación definitiva del Reglamento de Selección de Personal y Bolsa de Trabajo.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día veinticinco de mayo de dos mil uno, adoptó el acuerdo número 488 por el que se aprueba definitivamente el Reglamento de Selección de Personal y Bolsa de Trabajo, por lo que según lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local se procede a su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, y cuyo texto es el siguiente: Area: Recursos Humanos. Ambito: Local. Tipo: Reglamentos. Fecha: 11/07/2001Tamaño:16 kb
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 |  |  | Reglamento Municipal De Concesión De Ayudas A Asociaciones Y Demás Personas Jurídico Privadas Sin Animo De Lucro Para El Fomento De Actividades De Interés Social Y Para El Mantenimiento De Equipamientos SocialesQue con fecha 27 de abril de 2.001 y mediante acuerdo núm. 372, fue aprobado por el Pleno municipal el Reglamento Municipal de concesión de ayudas a Asociaciones y demás personas jurídico privadas sin animo de lucro para el fomento de actividades de interés social y para el mantenimiento de equipamientos sociales, el cual fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 113, de 19 de mayo de 2.001, y contra el que no se presentaron reclamaciones en plazo legalmente establecido.
Que, de conformidad con el art. 49 apdº c) de la Ley 7/85 de 2 de Abril, modificada por Ley 11/1.999, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional por lo que el texto inicialmente aprobado se eleva a definitivo. (BOP núm. 163 de 18/7/01) Area: Bienestar Social. Ambito: Local. Tipo: Reglamentos. Fecha: 18/07/2001 Colectivo: Población generalTamaño:11 kb
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 |  |  | Ley 9/2001, De 12 De Julio, Por La Que Se Establece El Sentido Del Silencio Administrativo Y Los Plazos De Determinados Procedimientos Como Garantías Procedimentales Para Los CiudadanosSin perjuicio de lo dispuesto en cualquier otra norma con rango de ley, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa de los procedimientos administrativos que se detallan en el Anexo I de la presente Ley será el establecido para cada uno de ellos en el mismo. Area: Servicios Generales. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 12/07/2001Tamaño:2 kb
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| | | Real Decreto 864/2001, De 20 De Julio, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Ejecución De La Ley Orgánica 4/2000, De 11 De Enero, Sobre Derechos Y Libertades De Los Extranjeros En España Y Su Integración Social Reformada Por Ley Orgánica 8/2000, De 22 De DiciembreEl presente Real Decreto y el Reglamento que por éste se aprueba entrarán en vigor el día 1 de agosto de 2001. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 20/07/2001 Colectivo: InmigrantesTamaño:155 kb
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 |  |  | Resolución De 14 De Junio De 2001, De La Secretaría General De Medio Ambiente, Por La Que Se Dispone La Publicación Del Acuerdo De Consejo De Ministros, De 1 De Junio De 2001, Por El Que Se Aprueba El Plan Nacional De Lodos De Depuradoras De Aguas Residuales 2001-2006.
El Consejo De Ministros, En Su Reunión De 1 De Junio De 2001, Adoptó, Entre Otros, Un Acuerdo Por El Que Se Aprueba El Plan Nacional De Lodos De Depuradoras De Aguas Residuales 2001-2006. a gestión de Iodos de las depuradoras de aguas residuales-EDAR (LD), código CER 190805, tiene con respecto a otros tipos de residuos la peculiaridad de que ciertos usos y posibilidades de reciclaje están regulados por normas específicas, algunas de carácter agronómico al existir la posibilidad de utilizarlos como abonos y enmiendas orgánicas en los suelos. En este sentido cabe mencionar la Directiva 86/278/CEE, relativa a la protección del medio ambiente y en particular de los suelos en la utilización de los Iodos con fines agrícolas. Esta Directiva regula las condiciones en que podrán ser aplicados los LD a los suelos agrícolas, condiciones tendentes a la protección del posible efecto nocivo sobre las aguas, el suelo, la vegetación, los animales y el propio hombre. Area: Medio Ambiente. Ambito: Nacional. Tipo: Resolución. Fecha: 12/07/2001. Grupo: LimpiezaTamaño:127 kb
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| | | Decreto 127/2001, De 5 De Junio, Sobre Medidas De Seguridad En Los Parques InfantilesPara que el juego cumpla su auténtica función es necesario que se desarrolle en unas condiciones adecuadas de seguridad y salubridad que, en el supuesto de zonas e instalaciones recreativas de uso público, deben ser garantizadas por las Administraciones Públicas. En este sentido, en el año 1998, el Defensor del Pueblo presentó a las Cortes Generales un Informe sobre la “Seguridad y prevención de accidentes en áreas de juegos infantiles”, en el que destacaba la laguna normativa existente en materia de medidas de seguridad de los parques infantiles, y recomendaba su integración normativa.
A este fin se dirige el presente Decreto, estableciendo normas que, con la premisa de potenciar el juego en parques infantiles de uso público como contribución a la socializacion de los niños y niñas, protejan a la vez su salud e integridad física. Area: Medio Ambiente. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 05/06/2001. Grupo: AmbientalTamaño:6 kb
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| | | Orden De 1 De Junio De 2001 Sobre Libros Y Modelos De Los Registros Civiles Informatizados. aplicación que para la informatización de los Registros Civiles de España ha sido diseñada y elaborada por el Ministerio de Justicia, bajo la supervisión de la Dirección General de los Registros y del Notariado, y que será identificada con la denominación de INFOREG (versión 1.0), cuyas características técnicas se especifican en el anexo de esta Orden. Area: Internet y Administración Electrónica. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 01/06/2001Tamaño:12 kb
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 |  |  | Reglamento General De La Ley De Contratos De Las Administraciones PúblicaEl presente Reglamento tiene por objeto el desarrollo y ejecución del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio. Area: Contratación. Ambito: Nacional. Tipo: Reglamentos. Fecha: 16/06/2001Tamaño:1240 kb
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 | 05-(Mayo) |
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| | | Real Decreto 543/2001, De 18 De Mayo, Sobre Acceso Al Empleo Público De La Administración General Del Estado Y Sus Organismos Públicos De Nacionales De Otros Estados A Los Que Es De Aplicación El Derecho A La Libre Circulación De Trabajadoresel presente Real Decreto recoge el principio de acceso al empleo público de los nacionales de otros Estados en condiciones de igualdad con los españoles, estableciendo el ámbito objetivo y subjetivo de aplicación de dicho principio, y aprueba la relación de Cuerpos y Escalas a los que no podrán acceder los nacionales de otros Estados y que figuran en el anexo, ordenados de acuerdo con su adscripción a los respectivos Departamentos ministeriales u Organismos públicos. Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 18/05/2001Tamaño:8 kb
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 |  |  | Decreto 76/2001, De 13 De Marzo. Concesión Y Uso De La Tarjeta Sesentaycinco El presente Decreto tiene por objeto establecer el regimen de concesión, uso y prestaciones de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco como documento personal e intransferible que acredita el derecho de su titular para acceder a las prestaciones y servicios previstos en la Ley 6/1999, de 7 de julio, en materia de atención y protección de personas mayores que reglamentariamente se determinen. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 05/04/2001 Colectivo: MayoresTamaño:1 kb
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 | Nacional |
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 |  |  | Real Decreto 443/2001, De 27 De Abril, Sobre Condiciones De Seguridad En El Transporte Escolar Y De MenoresLas condiciones de seguridad previstas en este Real Decreto se aplicarán:
a.A los transportes públicos regulares de uso especial de escolares por carretera, cuando al menos la tercera parte, o más, de los alumnos transportados tuviera una edad inferior a dieciséis años en el momento en que comenzó el correspondiente curso escolar.
b.A aquellas expediciones de transportes públicos regulares de viajeros de uso general por carretera en que la mitad, o más, de las plazas del vehículo hayan sido previamente reservadas para viajeros menores de dieciséis años.
c.A los transportes públicos discrecionales de viajeros en autobús, cuando tres cuartas partes, o más, de los viajeros sean menores de dieciséis años.
d.A los transportes privados complementarios de viajeros por carretera, cuando la tercera parte, o más, de los viajeros sean menores de dieciséis años.
ENTRADA EN VIGOR:el día 1 de septiembre de 2001. Area: Movilidad Tráfico y Transportes. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 27/04/2001Tamaño:2 kb
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