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| Ley 37/1992, De 28 De Diciembre, Del Impuesto Sobre El Valor AñadidoLa creación del mercado interior en el ámbito comunitario implica la supresión de las fronteras fiscales y exige una regulación nueva y específica, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, de las operaciones intracomunitarias, así como una mínima armonización de los tipos impositivos del impuesto y una adecuada cooperación administrativa entre los Estados miembros. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 29/12/1992 Colectivo: Población general Estado: Vigente . Grupo: GeneralTamaño:1 kb
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 | Ley 38/1992, De 28 De Diciembre, De Impuestos EspecialesLos impuestos especiales son tributos de naturaleza indirecta que recaen sobre consumos específicos y gravan, en fase única, la fabricación, importación y, en su caso, introducción, en el ámbito territorial interno de determinados bienes, así como la matriculación de determinados medios de transporte y la puesta a consumo de carbón, de acuerdo con las normas de esta Ley. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 29/12/1992 Colectivo: Población general Estado: Vigente . Grupo: GeneralTamaño:1 kb
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 | 1992:11-(Noviembre) |
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 | 1992:07-(Julio) |
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 | 1992:02-(Febrero) |
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 | 1991:06-(Junio) |
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 | 1990:09-(Septiembre) |
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| Reglamento De Honores Y DistincionesLa Muy Noble, Muy Leal, Nombrada, Grande, Celebérrima y Heroica Ciudad de Granada, por acuerdo de su Ayuntamiento Pleno y en USO de las facultades concedidas por la Constitución Española de veintinueve de Diciembre de mil novecientos setenta y ocho y la Ley de Régimen Local 7185 de dos de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículos 189 a 191 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de Noviembre, y aprueba que se observen y se guarden las distinciones y honores que como reconocimiento público y ciudadano merezcan en forma excepcional, a quiénes por sus actuaciones o su trabajo en relación con la Ciudad de Granada se hayan hecho acreedores. Se determina el régimen por el que se deberá regir su concesión y se reconocen sus correspondientes honores y prerrogativas. Area: Relaciones Institucionales. Ambito: Local. Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/06/1990 Estado: Vigente Tamaño:10 kb
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 | 1989:07-(Julio) |
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 | 1989:02-(Febrero) |
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 | 1988:11-(Noviembre) |
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 | 1988:01-(Enero) |
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 | 1987:08-(Agosto) |
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 | 1987:04-(Abril) |
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 | 1986:11-(Noviembre) |
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 | 1986:04-(Abril) |
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