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| Ley Orgánica 4/2007, De 12 De Abril, Por La Que Se Modifica La Ley Orgánica 6/2001, De 21 De Diciembre, De Universidades la reforma pretende ser un paso adelante en la organización del sistema universitario hacia una estructura más abierta y flexible, que sitúe a las universidades españolas en una mejor posición para la cooperación interna y la competencia internacional, a través de la creación, transmisión, desarrollo y crítica del conocimiento científico y tecnológico y de la transferencia de sus beneficios a la sociedad, con el fin de que consigan ser atractivas en un mundo globalizado. Una adecuada generación y gestión del conocimiento por parte de las universidades permitirá contribuir a la consecución de un mayor grado de bienestar de los españoles. Area: Educación. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes orgánicas. Fecha: 24/12/2001 Estado: Vigente Norma derogada, salvo sus disposiciones finales segunda y cuarta, con efectos de 12 de abril de 2023, por la disposición derogatoria única.1.b) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.Tamaño:2 kb
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 | Ley 19/2001, De 19 De Diciembre, De Reforma Del Texto Articulado De La Ley Sobre Tráfico, Circulación De Vehículos A Motor Y Seguridad Vial Aprobado Por Real Decreto Legislativo 339/1990, De 2 De Marzola modificación introducida responde a la necesidad de ampliar las facultades de los agentes de tráfico en cuanto a la inmovilización del vehículo para comprobar determinadas infracciones o ante la gravedad de las mismas...publicada en BOE N. 304, DE 20 DE DICIEMBRE DE 2001 Area: Movilidad Tráfico y Transportes. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 19/12/2001 Estado: Vigente Tamaño:31 kb
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 | 2001:11-(Noviembre) |
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 | 2001:09-(Septiembre) |
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 | 2001:06-(Junio) |
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| Real Decreto 543/2001, De 18 De Mayo, Sobre Acceso Al Empleo Público De La Administración General Del Estado Y Sus Organismos Públicos De Nacionales De Otros Estados A Los Que Es De Aplicación El Derecho A La Libre Circulación De Trabajadoresel presente Real Decreto recoge el principio de acceso al empleo público de los nacionales de otros Estados en condiciones de igualdad con los españoles, estableciendo el ámbito objetivo y subjetivo de aplicación de dicho principio, y aprueba la relación de Cuerpos y Escalas a los que no podrán acceder los nacionales de otros Estados y que figuran en el anexo, ordenados de acuerdo con su adscripción a los respectivos Departamentos ministeriales u Organismos públicos. Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 18/05/2001 Estado: Vigente Tamaño:8 kb
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 | 2001:03-(Marzo) |
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 | 2001:01-(Enero) |
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 | 2000:11-(Noviembre) |
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 | 2000:07-(Julio) |
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 | 2000:04-(Abril) |
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 | 2000:01-(Enero) |
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 | 1999:11-(Noviembre) |
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 | 1999:07-(Julio) |
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 | 1999:04-(Abril) |
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Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad