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| Ley 27/2003, De 31 De Julio, Reguladora De La Orden De Protección De Las Víctimas De La Violencia DomésticaLa violencia ejercida en el entorno familiar y, en particular, la violencia de género constituye un grave problema de nuestra sociedad que exige una respuesta global y coordinada por parte de todos los poderes públicos. La situación que originan estas formas de violencia trasciende el ámbito meramente doméstico para convertirse en una lacra que afecta e involucra a toda la ciudadanía. Resulta imprescindible por ello arbitrar nuevos y más eficaces instrumentos jurídicos, bien articulados técnicamente, que atajen desde el inicio cualquier conducta que en el futuro pueda degenerar en hechos aún más graves. Es necesaria, en suma, una acción integral y coordinada que aúne tanto las medidas cautelares penales sobre el agresor, esto es, aquellas orientadas a impedir la realización de nuevos actos violentos, como las medidas protectoras de índole civil y social que eviten el desamparo de las víctimas de la violencia doméstica y den respuesta a su situación de especial vulnerabilidad. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 01/08/2003 Colectivo: Menores y familia, Mujer, Población general Estado: Vigente Tamaño:9 kb
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 | 2001:12-(Diciembre) |
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 | 2001:07-(Julio) |
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 | Ley 9/2001, De 12 De Julio, Por La Que Se Establece El Sentido Del Silencio Administrativo Y Los Plazos De Determinados Procedimientos Como Garantías Procedimentales Para Los CiudadanosSin perjuicio de lo dispuesto en cualquier otra norma con rango de ley, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa de los procedimientos administrativos que se detallan en el Anexo I de la presente Ley será el establecido para cada uno de ellos en el mismo. Area: Servicios Generales. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 12/07/2001 Estado: Vigente Tamaño:2 kb
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| Resolución De 14 De Junio De 2001, De La Secretaría General De Medio Ambiente, Por La Que Se Dispone La Publicación Del Acuerdo De Consejo De Ministros, De 1 De Junio De 2001, Por El Que Se Aprueba El Plan Nacional De Lodos De Depuradoras De Aguas Residuales 2001-2006.
El Consejo De Ministros, En Su Reunión De 1 De Junio De 2001, Adoptó, Entre Otros, Un Acuerdo Por El Que Se Aprueba El Plan Nacional De Lodos De Depuradoras De Aguas Residuales 2001-2006. a gestión de Iodos de las depuradoras de aguas residuales-EDAR (LD), código CER 190805, tiene con respecto a otros tipos de residuos la peculiaridad de que ciertos usos y posibilidades de reciclaje están regulados por normas específicas, algunas de carácter agronómico al existir la posibilidad de utilizarlos como abonos y enmiendas orgánicas en los suelos. En este sentido cabe mencionar la Directiva 86/278/CEE, relativa a la protección del medio ambiente y en particular de los suelos en la utilización de los Iodos con fines agrícolas. Esta Directiva regula las condiciones en que podrán ser aplicados los LD a los suelos agrícolas, condiciones tendentes a la protección del posible efecto nocivo sobre las aguas, el suelo, la vegetación, los animales y el propio hombre. Area: Medio Ambiente. Ambito: Nacional. Tipo: Resolución. Fecha: 12/07/2001. Grupo: LimpiezaTamaño:127 kb
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 | 2001:05-(Mayo) |
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Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad