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| Ley 5/2005, De 8 De Abril, Por La Que Se Modifica La Ley 1/1986, De 2 De Enero, Electoral De Andalucíaa modificación que ahora se propugna de su artículo 4, que completa los supuestos de inelegibilidad, materia que en cuanto afecta al acto electoral en su raíz no puede ser objeto de interpretación extensiva. Es la Ley Electoral quien, respetando la esencia del derecho de sufragio pasivo garantizado por el artículo 23.2 de la Constitución Española, debe configurar la elegibilidad, facilitándose así la labor de las Juntas Electorales competentes en la delimitación de las causas de inelegibilidad establecidas con relación a quienes ejercen cargos o funciones públicas.
De otra parte, con la profunda modificación que se lleva a cabo del artículo 6 de la Ley Electoral se desea ante todo afirmar el principio de que la actividad política, servicio público imprescindible en un sistema democrático, ha de ser ante todo transparente y ejercida con lealtad a los intereses generales de la sociedad, preservándola en su gestión de eventuales interferencias de intereses particulares. Area: Junta de Andalucía. Ambito: Andaluz. Tipo: Leyes. Fecha: 17/05/2005 Estado: Vigente Tamaño:10 kb
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 | Ley 6/2005, De 8 De Abril, Reguladora De La Actividad Publicitaria De Las Administraciones Públicas De AndalucíaLa presente Ley tiene por objeto establecer los principios generales por los que debe regirse la actividad publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía, que se lleven a cabo a través de contratos de publicidad, difusión publicitaria, creación publicitaria y patrocinio previstos en el título III de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad. Area: Junta de Andalucía. Ambito: Andaluz. Tipo: Leyes. Fecha: 17/05/2005 Estado: Vigente Tamaño:8 kb
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| Decreto 109/2005, De 26 De Abril, Por El Que Se Regulan Los Requisitos De Los Contratos De Seguro Obligatorio De Responsabilidad Civil En Materia De Espectáculos Públicos Y Actividades RecreativasSe aprueban los requisitos mínimos que deben contener los contratos de seguros de responsabilidad civil que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.c) de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, han de suscribir todas las empresas organizadoras de espectáculos públicos o de actividades recreativas. Area: Medio Ambiente. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 13/05/2005 Estado: Vigente . Grupo: AmbientalTamaño:8 kb
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 | 2005:03-(Marzo) |
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 | 2005:01-(Enero) |
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 | 2004:11-(Noviembre) |
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 | 2004:09-(Septiembre) |
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 | 2004:07-(Julio) |
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 | 2004:04-(Abril) |
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 | 2004:02-(Febrero) |
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 | 2003:12-(Diciembre) |
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 | 2003:10-(Octubre) |
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 | 2003:08-(Agosto) |
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 | 2003:06-(Junio) |
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 | 2003:04-(Abril) |
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 | Decreto 93/2003, De 8 De Abril, De Homogeneización De Medios Técnicos De Los Cuerpos De La Policía Localhomogeneización de medios técnicos de los Cuerpos de la Policía Local. Area: Policía Local. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 28/04/2003 Estado: Vigente Tamaño:67 kb
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| Decreto 94/2003, De 8 De Abril, Por El Que Se Modifican Puntualmente Los Anexos Del Decreto 292/1995, De 12 De Diciembre, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Evaluación De Impacto Ambiental De La Comunidad Autónoma De Andalucía Y Del Decreto 153/1996, De 30 De Abril, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Informe AmbientalAquellas actuaciones comprendidas en el apartado 1 del anexo segundo de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, que se desarrollen en zonas especialmente sensibles, designadas en aplicación de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales de protección, o de las Directivas 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres y 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre o en humedales incluidos en la lista del Convenio de Ramsar. Area: Medio Ambiente. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 28/04/2003 Estado: Vigente . Grupo: AmbientalTamaño:7 kb
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 | Ley 8/2003, De 24 De Abril, De Sanidad AnimalLa sanidad animal se considera un factor clave para el desarrollo de la ganadería, y es de vital transcendencia tanto para la economía nacional como para la salud pública, así como para el mantenimiento y conservación de la diversidad de especies animales. Para la salud pública, por la posible transmisión de enfermedades de los animales al hombre, y por los efectos nocivos que para éste puede provocar la utilización de determinados productos con el fin de aumentar la productividad animal. Para la economía nacional, no sólo por las pérdidas directas que la enfermedad produce en las explotaciones afectadas, sino también por las pérdidas indirectas que originan las restricciones que se pueden producir en los mercados Interior y exteriores para los animales afectados y sus productos, determinando la utilización de importantes recursos del Estado y, en casos extremos, pudiendo llegar a adquirir proporciones cuyas consecuencias bien pudieran ser calificadas de catastróficas. Area: Salud. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 25/04/2003 Estado: Vigente Tamaño:76 kb
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