| Fecha | | |
| Resolución De 28 De Febrero De 2007, De La Secretaría De Estado De Inmigración Y Emigración, Por La Que Se Dispone La Publicación Del Acuerdo De Consejo De Ministros, De 16 De Febrero De 2007, Por El Que Se Aprueban Las Instrucciones Por Las Que Se Determina El Procedimiento Para Autorizar La Entrada, Residencia Y Trabajo En España, De Extranjeros En Cuya Actividad Profesional Concurran Razones De Interés Económico, Social O Laboral, O Relativas A La Realización De Trabajos De Investigación Y Desarrollo, O Docentes, Que Requieran Alta Cualificación, O De Actuaciones Artísticas De Especial Interés Cultural.Podrán acogerse a las presentes Instrucciones, aquellas personas físicas o jurídicas en calidad de empleadores, establecidas en España, y que requieran la incorporación en territorio español de trabajadores extranjeros no comunitarios, empleados para el desarrollo de una relación laboral que se encuentre en uno de los siguientes supuestos:
a) Personal directivo o altamente cualificado, de empresas o empleadores que desarrollen actividades que supongan realización de inversiones o creación de puestos de trabajo en España, lo que deberá quedar acreditado según lo establecido en la Instrucción Segunda.2.c.1) de las presentes.
b) Los técnicos y científicos extranjeros altamente cualificados, contratados por el Estado, las Comunidades Autónomas, entes locales, u organismos que tengan por objeto la promoción y desarrollo de la investigación promovidos o participados mayoritariamente por las anteriores, y los profesores extranjeros contratados por una universidad pública española, y que están entre los supuestos recogidos en los artículos 41.1.a) y b) de la Ley Orgánica 4/2000 y 68.a) y b) de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.
c) Técnicos o científicos, altamente cualificados, cuya venida tenga como fin la realización de trabajos de investigación o la incorporación a actividades de desarrollo en universidades privadas y centros de I+D de reconocido prestigio o en unidades de investigación y desarrollo de entidades empresariales establecidas en España.
d) Artistas de reconocido prestigio internacional, así como el personal necesario para llevar a cabo su actuación, que vengan a España a realizar actuaciones de interés cultural, que no estén encuadradas en el supuesto de exceptuación de autorización de trabajo recogido en los artículos 41.1.g) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y 68.g) de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.
e) Cualquier otro supuesto asimilado a los anteriores, y en el que concurran razones excepcionales y debidamente acreditadas de interés económico, social o laboral, previa autorización de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Resolución. Fecha: 16/03/2007 Colectivo: InmigrantesTamaño:15 kb
|  |
 | Real Decreto 275/2007, De 23 De Febrero, Por El Que Se Crea El Observatorio Estatal De La Convivencia EscolarEl Observatorio es un órgano colegiado interministerial al que corresponde asesorar, basado en el principio de cooperación territorial y colaboración institucional, sobre situaciones referidas al aprendizaje de la convivencia escolar, elaborar informes y estudios, hacer un diagnóstico en materia de convivencia escolar, y proponer medidas que ayuden a elaborar las distintas políticas estatales, fomentando las actuaciones que faciliten la mejora del clima escolar y la convivencia en los centros educativos. Area: Bienestar Social,Educación. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 15/03/2007 Colectivo: Menores y familia Estado: Vigente Tamaño:9 kb
|  |
| Orden Eha/468/2007, De 22 De Febrero, Por La Que Se Establecen Las Condiciones Generales Y El Procedimiento Para La Presentación Telemática De La Liquidación De Los Presupuestos De Las Entidades Locales Y De La Información Adicional Requerida Para La Aplicación Efectiva Del Principio De Transparencia En El Ámbito De La Estabilidad Presupuestaria.Esta Orden tiene por objeto la regulación de la presentación telemática de la liquidación de los presupuestos y de la información adicional que las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación subjetivo del artículo 2.1 d) de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria, han de suministrar al Ministerio de Economía y Hacienda. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 06/03/2007 Estado: Vigente Tamaño:6 kb
|  |
 | Orden De 15 De Febrero De 2007, Por La Que Se Regula Y Convoca El 7.º Premio Andaluz Al Voluntariado. La presente Orden regula y convoca el 7.º Premio Andaluz al Voluntariado en las siguientes modalidades:
- Voluntario/voluntaria.
- Proyecto de voluntariado.
- Entidad de voluntariado.
- Proyecto de difusión, profesional o medio de comunicación.
- Proyecto empresarial o ayuda al voluntariado.
- Corporación Local. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 05/03/2007 Colectivo: Población general Estado: Vigente Tamaño:4 kb
|  |
 | 2007:02-(Febrero) |
| |
|
|  |
 | 2006:12-(Diciembre) |
| |
|
|  |
 | 2006:09-(Septiembre) |
| |
|
|  |
 | 2006:07-(Julio) |
| |
|
|  |
 | 2006:05-(Mayo) |
| |
|
|  |
 | 2006:03-(Marzo) |
| |
|
|  |
 | 2006:01-(Enero) |
| |
|
|  |
 | 2005:11-(Noviembre) |
| |
 | Directiva 2005/64/Ce Del Parlamento Europeo Y Del Consejo, De 26 De Octubre De 2005 , Relativa A La Homologación De Tipo De Los Vehículos De Motor En Lo Que Concierne A Su Aptitud Para La Reutilización, El Reciclado Y La Valorización Y Por La Que Se Modifica La Directiva 70/156/Cee Del ConsejoArea: Medio Ambiente. Ambito: Europeo. Tipo: Directiva. Fecha: 25/11/2005 Estado: Vigente . Grupo: GeneralTamaño:1 kb
|  |
| Real Decreto 1335/2005, De 11 De Noviembre, Por El Que Se Regulan Las Prestaciones Familiares De La Seguridad SocialEste Real Decreto recoge en una sola norma el desarrollo reglamentario de las prestaciones familiares de la Seguridad Social. En esta nueva ordenación se configuran como prestaciones de naturaleza no contributiva todas las prestaciones familiares de la Seguridad Social, excepto la consideración como período de cotización efectiva del primer año de excedencia, con reserva de puesto de trabajo, que los trabajadores disfruten por razón del cuidado de cada hijo nacido o adoptado, o de un menor en los supuestos de acogimiento permanente o preadoptivo. Además, se amplía esta prestación a los supuestos de excedencia para cuidado de otros familiares. Asimismo, se prevé la extensión de las prestaciones familiares a tanto alzado a los supuestos de adopción. Por otro lado, se han introducido diversos beneficios en materia de Seguridad Social para las familias numerosas, tales como el incremento del límite de renta para tener derecho a las asignaciones económicas por hijo o menor acogido a cargo y la ampliación del período de reserva del puesto de trabajo y su consiguiente consideración como período de cotización efectiva en supuestos de excedencia por cuidado de menores. Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 22/11/2005 Colectivo: Otros Estado: Vigente Tamaño:23 kb
|  |
 | Real Decreto 1335/2005, De 11 De Noviembre, Por El Que Se Regulan Las Prestaciones Familiares De La Seguridad SocialEste real decreto tiene por objeto el desarrollo reglamentario del capítulo IX del título II del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, relativo a las prestaciones familiares. Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 22/11/2005 Estado: Vigente Tamaño:23 kb
|  |
| Ley 13/2005, De 11 De Noviembre, De Medidas Para La Vivienda Protegida Y El SueloLa presente Ley define el régimen jurídico de determinadas actuaciones públicas en materia de vivienda protegida y suelo con la finalidad de facilitar el acceso de las vecinas y los vecinos de Andalucía a una vivienda digna y adecuada, de acuerdo con el artículo 47 de la Constitución, estableciendo medidas específicas para la producción de suelo con destino a vivienda protegida y otros fines de interés social, y para el control y prevención del fraude en materia de vivienda protegida y suelo. Area: Junta de Andalucía. Ambito: Andaluz. Tipo: Leyes. Fecha: 21/11/2005 Estado: Vigente Tamaño:52 kb
|  |
 | Orden De 9 De Noviembre De 2005, Por La Que Se Regula La Cooperación Entre La Consejería Y Las Entidades Colaboradoras En El Acogimiento Residencial En Centros De Protección De MenoresArea: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 14/11/2005 Estado: Vigente . Grupo: GeneralTamaño:1 kb
|  |
| Decreto 218/2005, De 11 De Octubre, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Información Al Consumidor En La Compraventa Y Arrendamiento De Viviendas En AndalucíaConstituye el objeto del presente Reglamento la regulación de la información que debe facilitarse a los consumidores en la compraventa y arrendamiento de viviendas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Area: Consumo. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 07/11/2005 Estado: Vigente . Grupo: Sancionador ConsumoTamaño:123 kb
|  |
 | Acuerdo De 11 De Octubre De 2005, Del Consejo De Gobierno, Por El Que Se Aprueba El Plan Mejor Escuelala decidida voluntad de la Junta de Andalucía por elaborar un Plan de estas características obedece a la necesidad de ampliar y mejorar nuestra Red de centros docentes, con objeto de dar respuesta a las nuevas necesidades de escolarización, modernizar las infraestructuras educativas, introduciendo elementos que respondan a las nuevas demandas sociales, tales como redes de telecomunicación e instalaciones que permitan una mejor eficiencia energética, entre otros, y adaptar las infraestructuras educativas a la nueva normativa vigente, tanto desde el punto de vista técnico como educativo, con especial atención a la mejora de las condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad y a la eliminación de las barreras arquitectónicas. Area: Educación. Ambito: Andaluz. Tipo: Acuerdo. Fecha: 02/11/2005 Estado: Vigente Tamaño:456 kb
|  |
 | 2005:10-(Octubre) |
| |
|
|  |
 | 2005:08-(Agosto) |
| |
|
|  |