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| Resolución De 28 De Febrero De 2007, De La Secretaría De Estado De Inmigración Y Emigración, Por La Que Se Dispone La Publicación Del Acuerdo De Consejo De Ministros, De 16 De Febrero De 2007, Por El Que Se Aprueban Las Instrucciones Por Las Que Se Determina El Procedimiento Para Autorizar La Entrada, Residencia Y Trabajo En España, De Extranjeros En Cuya Actividad Profesional Concurran Razones De Interés Económico, Social O Laboral, O Relativas A La Realización De Trabajos De Investigación Y Desarrollo, O Docentes, Que Requieran Alta Cualificación, O De Actuaciones Artísticas De Especial Interés Cultural.Podrán acogerse a las presentes Instrucciones, aquellas personas físicas o jurídicas en calidad de empleadores, establecidas en España, y que requieran la incorporación en territorio español de trabajadores extranjeros no comunitarios, empleados para el desarrollo de una relación laboral que se encuentre en uno de los siguientes supuestos:
a) Personal directivo o altamente cualificado, de empresas o empleadores que desarrollen actividades que supongan realización de inversiones o creación de puestos de trabajo en España, lo que deberá quedar acreditado según lo establecido en la Instrucción Segunda.2.c.1) de las presentes.
b) Los técnicos y científicos extranjeros altamente cualificados, contratados por el Estado, las Comunidades Autónomas, entes locales, u organismos que tengan por objeto la promoción y desarrollo de la investigación promovidos o participados mayoritariamente por las anteriores, y los profesores extranjeros contratados por una universidad pública española, y que están entre los supuestos recogidos en los artículos 41.1.a) y b) de la Ley Orgánica 4/2000 y 68.a) y b) de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.
c) Técnicos o científicos, altamente cualificados, cuya venida tenga como fin la realización de trabajos de investigación o la incorporación a actividades de desarrollo en universidades privadas y centros de I+D de reconocido prestigio o en unidades de investigación y desarrollo de entidades empresariales establecidas en España.
d) Artistas de reconocido prestigio internacional, así como el personal necesario para llevar a cabo su actuación, que vengan a España a realizar actuaciones de interés cultural, que no estén encuadradas en el supuesto de exceptuación de autorización de trabajo recogido en los artículos 41.1.g) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y 68.g) de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.
e) Cualquier otro supuesto asimilado a los anteriores, y en el que concurran razones excepcionales y debidamente acreditadas de interés económico, social o laboral, previa autorización de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Resolución. Fecha: 16/03/2007 Colectivo: InmigrantesTamaño:15 kb
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 | Real Decreto 275/2007, De 23 De Febrero, Por El Que Se Crea El Observatorio Estatal De La Convivencia EscolarEl Observatorio es un órgano colegiado interministerial al que corresponde asesorar, basado en el principio de cooperación territorial y colaboración institucional, sobre situaciones referidas al aprendizaje de la convivencia escolar, elaborar informes y estudios, hacer un diagnóstico en materia de convivencia escolar, y proponer medidas que ayuden a elaborar las distintas políticas estatales, fomentando las actuaciones que faciliten la mejora del clima escolar y la convivencia en los centros educativos. Area: Bienestar Social,Educación. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 15/03/2007 Colectivo: Menores y familia Estado: Vigente Tamaño:9 kb
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| Orden Eha/468/2007, De 22 De Febrero, Por La Que Se Establecen Las Condiciones Generales Y El Procedimiento Para La Presentación Telemática De La Liquidación De Los Presupuestos De Las Entidades Locales Y De La Información Adicional Requerida Para La Aplicación Efectiva Del Principio De Transparencia En El Ámbito De La Estabilidad Presupuestaria.Esta Orden tiene por objeto la regulación de la presentación telemática de la liquidación de los presupuestos y de la información adicional que las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación subjetivo del artículo 2.1 d) de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria, han de suministrar al Ministerio de Economía y Hacienda. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 06/03/2007 Estado: Vigente Tamaño:6 kb
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 | Orden De 15 De Febrero De 2007, Por La Que Se Regula Y Convoca El 7.º Premio Andaluz Al Voluntariado. La presente Orden regula y convoca el 7.º Premio Andaluz al Voluntariado en las siguientes modalidades:
- Voluntario/voluntaria.
- Proyecto de voluntariado.
- Entidad de voluntariado.
- Proyecto de difusión, profesional o medio de comunicación.
- Proyecto empresarial o ayuda al voluntariado.
- Corporación Local. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 05/03/2007 Colectivo: Población general Estado: Vigente Tamaño:4 kb
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 | 2007:02-(Febrero) |
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 | 2006:12-(Diciembre) |
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 | 2006:09-(Septiembre) |
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 | 2006:07-(Julio) |
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| Orden De 14 De Junio De 2006, Por La Que Se Desarrolla El Decreto 92/2005, De 29 De Marzo, Por El Que Se Regulan La Identificación Y Los Registros De Determinados Animales De Compañía En La Comunidad Autónoma De AndalucíaArea: Medio Ambiente. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 30/06/2006 Estado: Vigente Tamaño:64 kb
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 | Acuerdo De 20 De Junio De 2006, Del Consejo De Gobierno, Por El Que Se Fija La Cuantía De Determinados Precios Públicos En Materia De Centros De Atención Socioeducativa Para Niños Y Niñas Menores De Tres Años (Guarderías Infantiles) cuantía de determinados precios públicos en materia de centros de atención socioeducativa Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Acuerdo. Fecha: 23/06/2006 Colectivo: Menores y familia Estado: Vigente Tamaño:1 kb
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| Orden Pre/1822/2006, De 9 De Junio, Por La Que Se Establecen Criterios Generales Para La Adaptación De Tiempos Adicionales En Los Procesos Selectivos Para El Acceso Al Empleo Público De Personas Con Discapacidad.Este texto, incorpora en las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o períodos de prácticas, la adopción, para las personas con discapacidad que lo soliciten, de diversas medidas de adaptación y ajustes razonables de medios y tiempos atendiendo a las dificultades específicas que la persona pueda tener para la realización de las pruebas. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 13/06/2006 Colectivo: Personas con discapacidad Estado: Vigente Tamaño:5 kb
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 | Orden De 18 De Mayo De 2006, Por La Que Se Aprueba La Carta De Servicios Del Servicio Andaluz De Teleasistencia.El Servicio Andaluz de Teleasistencia es un sistema de atención personalizada basado en las nuevas tecnologías de la comunicación, que permite a sus usuarios mantener a través de la línea telefónica el contacto verbal, durante 24 horas al día todos los días del año y con sólo apretar un botón, con un Centro receptor atendido por personal específicamente cualificado para ello. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 12/06/2006 Colectivo: Mayores, Personas con discapacidadTamaño:1 kb
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| Orden Itc/1763/2006, De 3 De Mayo, Por La Que Se Regula La Declaración De Fiestas De Interés Turístico Nacional E Internacional.La declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional y de Interés Turístico Internacional se otorgará a aquellas fiestas o acontecimientos que supongan manifestaciones de valores culturales y de tradición popular, con especial consideración a sus características etnológicas y que tengan una especial importancia como atractivo turístico. Area: Turismo. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 07/06/2006 Estado: Vigente Tamaño:6 kb
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 | Real Decreto 679/2006, De 2 De Junio, Por El Que Se Regula La Gestión De Los Aceites Industriales Usados Este real decreto tiene por objeto establecer medidas para prevenir la incidencia ambiental de los aceites industriales, así como para reducir la generación de aceites usados tras su utilización o, al menos, facilitar su valorización, preferentemente mediante regeneración u otras formas de reciclado, de acuerdo con el orden de prioridades establecido en el artículo 7. Area: Medio Ambiente. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 03/06/2006 Estado: Vigente Tamaño:83 kb
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 | 2006:05-(Mayo) |
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 | 2006:03-(Marzo) |
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 | 2006:01-(Enero) |
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 | 2005:11-(Noviembre) |
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 | 2005:09-(Septiembre) |
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 | 2005:07-(Julio) |
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