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| Orden De 21 De Diciembre De 2007, Por La Que Se Aprueba El Modelo De Reglamento De Régimen Interior De Los Centros Residenciales De Personas Mayores En Situación De Dependencia Que Formen Parte Del Sistema De Autonomía Y Atención A La Dependencia En Andalucía.La presente Orden tiene por objeto aprobar el modelo tipo de Reglamento de Régimen Interior de todos los centros residenciales de personas mayores en situación de dependencia, públicos y privados acreditados, excepto los centros de titularidad de la Junta de Andalucía, los cuales se regulan por Orden de 21 de junio de 2006. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 15/01/2008 Colectivo: Mayores Estado: Vigente Tamaño:24 kb
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 | Orden De 28 De Diciembre De 2007, Por La Que Se Regula La Tramitación Telemática De Las Solicitudes En Los Procedimientos Administrativos De Subvenciones Y Ayudas De La ConsejeríaLa presente Orden tiene por objeto regular la tramitación telemática de las solicitudes en los procedimientos administrativos de concesión de subvenciones y ayudas de la Consejería de la Presidencia, previstos en el Anexo. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 15/01/2008 Colectivo: Población general Estado: Vigente Tamaño:5 kb
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| Real Decreto 1729/2007, De 21 De Diciembre, Por El Que Se Regula La Elaboración Del Informe Periódico, Relativo A La Efectividad Del Principio De Igualdad Entre Mujeres Y HombresMediante el presente real decreto se regula la periodicidad, el contenido y el procedimiento de elaboración del informe periódico, que el Gobierno adoptará, sobre la efectividad del conjunto de sus actuaciones relativas al principio de igualdad entre mujeres y hombres. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 12/01/2008 Colectivo: Mujer Estado: Vigente Tamaño:3 kb
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 | Real Decreto 6/2008, De 11 De Enero, Sobre Determinación Del Nivel Mínimo De Protección Garantizado A Los Beneficiarios Del Sistema Para La Autonomía Y Atención A La Dependencia En El Ejercicio 2008La aportación de la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2008 queda establecida para cada beneficiario en situación Grado II de Dependencia Severa nivel 2, en las cantidades que constan en el Anexo a este real decreto. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 12/01/2008 Colectivo: Mayores, Personas con discapacidad Estado: Vigente Tamaño:3 kb
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| Real Decreto 7/2008, De 11 De Enero, Sobre Las Prestaciones Económicas De La Ley 39/2006, De 14 De Diciembre, De Promoción De La Autonomía Personal Y Atención A Las Personas En Situación De Dependencia Para El Ejercicio 2008.El presente real decreto tiene por objeto establecer las cuantías máximas de las prestaciones económicas por Grado y Nivel previstas en el Capítulo II del Título I de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, para el ejercicio 2008, segundo año de vigencia de la ley. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 12/01/2008 Colectivo: Personas con discapacidad Estado: Vigente Tamaño:16 kb
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 | Resolución De 26 De Diciembre De 2007, De La Secretaría De Estado De Inmigración Y Emigración, Por La Que Se Dispone La Publicación Del Acuerdo De Consejo De Ministros, De 21 De Diciembre De 2007, Por El Que Se Regula El Contingente De Trabajadores Extranjeros De Régimen No Comunitario En España Para El Año 2008.Acuerdo por el que se regula el contingente de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario en España para el año 2008 Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Resolución. Fecha: 12/01/2008 Colectivo: InmigrantesTamaño:2929 kb
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| Orden De 11 De Diciembre De 2007, Por La Que Se Establece Para El Año 2008 La Población Con Derecho A La Prestación Asistencial Que Regula El Decreto 281/2001, De 26 De Diciembre, Y Se Fijan La Tarifas Aplicables A La Contratación De Los Servicios.Durante el año 2008 tendrán derecho a la Asistencia Dental Básica y a los Tratamientos Especiales establecidos en el Decreto 281/2001, de 26 de diciembre, los niños y niñas nacidos en los años 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001 y 2002. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 10/01/2008 Colectivo: Menores y familia Estado: Parcialmente Derogada El artículo 2 queda derogado según la Orden de 22 de febrero de 2013Tamaño:3 kb
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 | Plan De Empleabilidad Para Las Personas Con Discapacidad En Andalucía 2007-2013.se hace imprescindible la elaboración de un Plan de Empleabilidad para las personas con discapacidad en Andalucía, para el periodo 2007- 2013 con el objeto de abordar el empleo de las personas con discapacidad desde un punto de vista integral, con la consiguiente coordinación de actuaciones de los organismos implicados. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Plan. Fecha: 10/01/2008 Colectivo: Personas con discapacidadTamaño:6060 kb
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| Reglamento Del Parlamento De Andalucía El Pleno del Parlamento, en sesión celebrada los días 21 y 22 de noviembre de 2007, ha acordado aprobar, por el procedimiento de lectura única, la Reforma del Reglamento del Parlamento de Andalucía, con el siguiente texto Area: Junta de Andalucía. Ambito: Andaluz. Tipo: Reglamentos. Fecha: 07/01/2008 Estado: Vigente Tamaño:88 kb
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 | Orden De 13 De Diciembre De 2007, Por La Que Se Crea Y Regula El Registro De Reclamaciones De Entidades Colaboradoras De Adopción Internacional En Andalucía.El Registro de reclamaciones de entidades colaboradoras de adopción internacional, tiene como objeto la inscripción de las reclamaciones presentadas por las personas que acuden a dichas entidades colaboradoras acreditadas en el ámbito territorial de Andalucía, y de aquellas entidades acreditadas por otra Comunidad Autónoma cuando hayan sido autorizadas específicamente para la medición en la tramitación de expedientes concretos de adopción internacional en Andalucía. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 04/01/2008 Colectivo: Menores y familia Estado: Vigente Tamaño:129 kb
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 | 2007:12-(Diciembre) |
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 | 2007:10-(Octubre) |
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 | 2007:08-(Agosto) |
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 | 2007:06-(Junio) |
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 | 2007:04-(Abril) |
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| Real Decreto 439/2007, De 30 De Marzo, Por El Que Se Aprueba El Reglamento Del Impuesto Sobre La Renta De Las Personas Físicas Y Se Modifica El Reglamento De Planes Y Fondos De Pensiones, Aprobado Por Real Decreto 304/2004, De 20 De FebreroLa Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, ha abordado una reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con la que se pretende fundamentalmente disminuir la carga tributaria que soportan las rentas del trabajo, recuperar la igualdad en el tratamiento fiscal de las circunstancias personales y familiares, establecer un trato fiscal neutral entre las distintas colocaciones del ahorro financiero y reordenar los incentivos fiscales destinados a la previsión social para atender tanto a las situaciones de envejecimiento como, por primera vez, a las situaciones de dependencia. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 31/03/2007 Estado: Vigente Tamaño:2 kb
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 | Resolución De 13 De Marzo De 2007, De La Secretaría General Técnica, Por La Que Se Publica El Protocolo Anual Adicional Al Convenio De Colaboración Entre El Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales Y La Comunidad Autónoma De Andalucía Por El Que Se Determinan Las Aportaciones Económicas De Las Partes Y Se Incorporan Los Proyectos Seleccionados Para La Realización De Programas Del Plan De Acción Para Las Personas Mayores.La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía incorporan al Convenio de Colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997,los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante el anexo del presente Protocolo. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Resolución. Fecha: 30/03/2007 Colectivo: MayoresTamaño:9 kb
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| Real Decreto 366/2007, De 16 De Marzo, Por El Que Se Establecen Las Condiciones De Accesibilidad Y No Discriminación De Las Personas Con Discapacidad En Sus Relaciones Con La Administración General Del EstadoEl presente real decreto regula las condiciones de accesibilidad y no discriminación que, respecto de las personas con discapacidad, deben presentar las Oficinas de Atención al Ciudadano, impresos y cualquier otro medio que la Administración General del Estado dedica específicamente y en el ámbito de sus competencias a las relaciones con los ciudadanos. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 24/03/2007 Colectivo: Personas con discapacidad Estado: Vigente . Grupo: Licencias AperturaTamaño:14 kb
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 | Ley Orgánica 3/2007, De 22 De Marzo, Para La Igualdad Efectiva De Mujeres Y HombresLas mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria. Area: Igualdad entre Mujeres y Hombres,Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes orgánicas. Fecha: 23/03/2007 Colectivo: Población general Estado: Vigente Tamaño:97 kb
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| Orden De 26 De Febrero De 2007, Por La Que Se Convoca El «Ii Premio Andaluz A Las Buenas Prácticas En La Atención A Las Personas Con Discapacidad».Constituye el objeto de esta Orden la regulación y convocatoria del II Premio Andaluz a las Buenas Prácticas en la atención a personas con discapacidad. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 23/03/2007 Colectivo: Personas con discapacidad Estado: Vigente Tamaño:104 kb
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 | Orden De 27 De Febrero De 2007, Por La Que Se Regula La Asistencia Jurídica Al Personal Docente Dependiente De La Consejería De Todos Los Niveles Educativos, A Excepción Del Universitario, Y Se Establece El Procedimiento Para El Acceso A La Misma.La presente Orden tiene por objeto la regulación de un sistema de cobertura que garantice la protección y asistencia jurídica del profesorado de los centros públicos en relación con los hechos que se deriven de su ejercicio profesional y se establece el procedimiento para el acceso a dicha cobertura. Area: Bienestar Social,Educación. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 21/03/2007 Colectivo: Otros Estado: Vigente Tamaño:128 kb
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| Ley Orgánica 2/2007, De 19 De Marzo, De Reforma Del Estatuto De Autonomía Para Andalucía Andalucía, como nacionalidad histórica y en el ejercicio del derecho de autogobierno que reconoce la Constitución, se constituye en Comunidad Autónoma en el marco de la unidad de la nación española y conforme al artículo 2 de la Constitución. Area: Junta de Andalucía. Ambito: Andaluz. Tipo: Leyes orgánicas. Fecha: 20/03/2007 Estado: Vigente Tamaño:105 kb
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 | Real Decreto 172/2007, De 9 De Febrero, Por El Que Se Modifica La Demarcación De Los Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Mueblesmodifica la demarcación de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 17/03/2007 Estado: Vigente Tamaño:1 kb
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| Resolución De 28 De Febrero De 2007, De La Secretaría De Estado De Inmigración Y Emigración, Por La Que Se Dispone La Publicación Del Acuerdo De Consejo De Ministros, De 16 De Febrero De 2007, Por El Que Se Aprueban Las Instrucciones Por Las Que Se Determina El Procedimiento Para Autorizar La Entrada, Residencia Y Trabajo En España, De Extranjeros En Cuya Actividad Profesional Concurran Razones De Interés Económico, Social O Laboral, O Relativas A La Realización De Trabajos De Investigación Y Desarrollo, O Docentes, Que Requieran Alta Cualificación, O De Actuaciones Artísticas De Especial Interés Cultural.Podrán acogerse a las presentes Instrucciones, aquellas personas físicas o jurídicas en calidad de empleadores, establecidas en España, y que requieran la incorporación en territorio español de trabajadores extranjeros no comunitarios, empleados para el desarrollo de una relación laboral que se encuentre en uno de los siguientes supuestos:
a) Personal directivo o altamente cualificado, de empresas o empleadores que desarrollen actividades que supongan realización de inversiones o creación de puestos de trabajo en España, lo que deberá quedar acreditado según lo establecido en la Instrucción Segunda.2.c.1) de las presentes.
b) Los técnicos y científicos extranjeros altamente cualificados, contratados por el Estado, las Comunidades Autónomas, entes locales, u organismos que tengan por objeto la promoción y desarrollo de la investigación promovidos o participados mayoritariamente por las anteriores, y los profesores extranjeros contratados por una universidad pública española, y que están entre los supuestos recogidos en los artículos 41.1.a) y b) de la Ley Orgánica 4/2000 y 68.a) y b) de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.
c) Técnicos o científicos, altamente cualificados, cuya venida tenga como fin la realización de trabajos de investigación o la incorporación a actividades de desarrollo en universidades privadas y centros de I+D de reconocido prestigio o en unidades de investigación y desarrollo de entidades empresariales establecidas en España.
d) Artistas de reconocido prestigio internacional, así como el personal necesario para llevar a cabo su actuación, que vengan a España a realizar actuaciones de interés cultural, que no estén encuadradas en el supuesto de exceptuación de autorización de trabajo recogido en los artículos 41.1.g) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y 68.g) de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.
e) Cualquier otro supuesto asimilado a los anteriores, y en el que concurran razones excepcionales y debidamente acreditadas de interés económico, social o laboral, previa autorización de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Resolución. Fecha: 16/03/2007 Colectivo: InmigrantesTamaño:15 kb
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 | Real Decreto 275/2007, De 23 De Febrero, Por El Que Se Crea El Observatorio Estatal De La Convivencia EscolarEl Observatorio es un órgano colegiado interministerial al que corresponde asesorar, basado en el principio de cooperación territorial y colaboración institucional, sobre situaciones referidas al aprendizaje de la convivencia escolar, elaborar informes y estudios, hacer un diagnóstico en materia de convivencia escolar, y proponer medidas que ayuden a elaborar las distintas políticas estatales, fomentando las actuaciones que faciliten la mejora del clima escolar y la convivencia en los centros educativos. Area: Bienestar Social,Educación. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 15/03/2007 Colectivo: Menores y familia Estado: Vigente Tamaño:9 kb
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