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| Resolución De 18 De Mayo De 2012, De La Dirección General De Transportes, Por La Que Se Ratifican Las Nuevas Tarifas De Aplicación De La Estación De Autobuses De Granada.Ratificar las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Granada, que a continuación se detallan, aprobadas por la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Granada, en sesión celebrada el día 3 de febrero de 2012, y posteriormente rectificadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Granada en sesión celebrada el día 20 de abril de 2012, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas, y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen. Area: Movilidad Tráfico y Transportes. Ambito: Local. Tipo: Resolución. Fecha: 05/09/2012. Grupo: GeneralTamaño:45 kb
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 | Resolución De 30 De Agosto De 2012, Del Servicio Público De Empleo Estatal, Por La Que Se Determina La Forma Y Plazos De Presentación De Solicitudes Y De Tramitación Para La Concesión De Ayudas Económicas De Acompañamiento Establecidas En El Real Decreto-Ley 23/2012, De 24 De Agosto, Por El Que Se Prorroga El Programa De Recualificación Profesional De Las Personas Que Agoten Su Protección Por Desempleo. Esta resolución tiene por objeto determinar la forma y plazos de presentación de las solicitudes, así como la tramitación y pago de las ayudas establecidas en el artículo único del Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Resolución. Fecha: 01/09/2012Tamaño:383 kb
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 | 2012:08-(Agosto) |
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 | 2012:06-(Junio) |
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 | 2012:04-(Abril) |
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 | 2012:02-(Febrero) |
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 | 2011:12-(Diciembre) |
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 | 2011:10-(Octubre) |
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 | 2011:06-(Junio) |
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 | 2011:04-(Abril) |
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 | 2011:02-(Febrero) |
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 | 2010:12-(Diciembre) |
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 | 2010:10-(Octubre) |
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 | 2010:08-(Agosto) |
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 | Orden De 20 De Agosto De 2010, Por La Que Se Regula La Organización Y El Funcionamiento De Las Escuelas Infantiles De Segundo Ciclo, De Los Colegios De Educación Primaria, De Los Colegios De Educación Infantil Y Primaria Y De Los Centros Públicos Específicos De Educación Especial, Así Como El Horario De Los Centros, Del Alumnado Y Del Profesorado.La presente Orden tiene por objeto regular determinados aspectos de la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado. Area: Educación. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 30/08/2010 Estado: Vigente Tamaño:16 kb
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| Orden Eha/2264/2010, De 20 De Julio, Por La Que Se Dictan Normas E Instrucciones Técnicas Para La Formación Del Censo Electoral De Residentes En España Que Sean Nacionales De Países Con Acuerdos Para Las Elecciones Municipales. Podrán solicitar la inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales aquellas personas que, sin haber adquirido la nacionalidad española, sean ciudadanos de países con los que España haya establecido un Acuerdo reconociendo el derecho a votar en las elecciones municipales a los nacionales miembros de los referidos Estados en España y a los españoles en dichos Estados. Area: Censo electoral. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 27/08/2010 Estado: Vigente Tamaño:1 kb
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 | Real Decreto-Ley 12/2010, De 20 De Agosto, Por El Que Se Prorroga El Programa Temporal De Protección Por Desempleo E Inserción, Regulado En La Ley 14/2009, De 11 De Noviembre
Se prorroga por seis meses, entre el día 16 de agosto de 2010 y el día 15 de febrero de 2011, ambos inclusive, la aplicación de lo establecido en la Ley 14/2009, de 11 de noviembre, por la que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción, a los trabajadores en situación de desempleo que cumplan las condiciones y requisitos establecidos en dicha Ley, siempre que, en la fecha de la solicitud de incorporación al programa, sean personas menores de 30 años o mayores de 45 años o, con una edad comprendida entre los 30 y 45 años, siempre que, en este último caso, tengan responsabilidades familiares, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 215 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto-Ley. Fecha: 23/08/2010 Estado: Vigente Tamaño:5 kb
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