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| Orden De 21 De Junio De 2012, Por La Que Se Regula La Organización Y El Funcionamiento Del Instituto De Enseñanzas A Distancia De Andalucía, El Horario Del Profesorado Y La Admisión Y Matriculación Del Alumnado.La presente Orden tiene por objeto regular determinados aspectos de la organización y el funcionamiento del Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía, así como el horario del profesorado y la admisión y matriculación del alumnado. Area: Educación. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 06/07/2012 Estado: Vigente . Grupo: GeneralTamaño:463 kb
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 | Orden Hap/1465/2012, De 28 De Junio, Por La Que Se Desarrolla El Procedimiento Y Condiciones De Retención De La Participación En Los Tributos Del Estado De Las Entidades Locales Que No Concierten Las Operaciones De Endeudamiento, Y Se Establece La Remisión De Información A Las Comunidades Autónomas A Estos Efectos, De Acuerdo Con Lo Previsto En El Real Decreto-Ley 4/2012, De 24 De Febrero, Por El Que Se Determinan Obligaciones De Información Y Procedimientos Necesarios Para Establecer Un Mecanismo De Financiación Para El Pago A Los Proveedores De Las Entidades Locales Y El Real Decreto-Ley 7/2012, De 9 De Marzo, Por El Que Se Crea El Fondo Para La Financiación De Los Pagos A Proveedores.El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas determinará el importe de la deuda pendiente de la entidad local que no haya concertado la operación de endeudamiento prevista en el Real Decreto-Ley 4/2012, se lo comunicará y ejecutará las retenciones sobre la participación en los tributos del Estado de la entidad local, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y el procedimiento siguiente:
1. La Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local aplicará cada mes la retención correspondiente sobre la participación en los tributos del Estado de la entidad local.
2. Aplicada la retención mencionada en el apartado anterior, la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local transferirá mensualmente los importes retenidos al Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, a través de su agente de pagos que es el Instituto de Crédito Oficial.
3. Mensualmente el Instituto de Crédito Oficial y la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local intercambiarán los datos necesarios para mantener actualizada la información sobre la deuda pendiente de cada entidad local con el Fondo de Financiación de los pagos a proveedores hasta su total cancelación. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 05/07/2012 Estado: Vigente . Grupo: GeneralTamaño:6 kb
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| Real Decreto 1000/2012, De 29 De Junio, Por El Que Se Establecen Los Umbrales De Renta Y Patrimonio Familiar Y Las Cuantías De Las Becas Y Ayudas Al Estudio, Para El Curso 2012-2013 Y Se Modifica Parcialmente El Real Decreto 1721/2007, De 21 De Diciembre, Por El Que Se Establece El Régimen De Las Becas Y Ayudas Al Estudio PersonalizadasEste real decreto tiene por objeto determinar los siguientes parámetros cuantitativos por los que se regirán las convocatorias de becas y ayudas al estudio correspondientes al curso académico 2012-2013 financiadas con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:
a) La cuantía de los componentes de las diferentes modalidades de las becas y ayudas al estudio regulados en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
b) Los umbrales de renta y patrimonio familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a la percepción de las becas y ayudas al estudio. Area: Educación. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 05/07/2012Tamaño:29 kb
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 | Decreto 310/2012, De 19 De Junio, Por El Que Se Determina El Calendario De Fiestas Laborales De La Comunidad Autónoma De Andalucía Para El Año 2013Consecuentemente, el Calendario de Fiestas Laborales para el año 2013 de la Comunidad Autónoma de Andalucía es el que como Anexo se incorpora al presente Decreto. Area: Leyes de Interés. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 02/07/2012. Grupo: GeneralTamaño:3 kb
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 | 2012:06-(Junio) |
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 | 2012:04-(Abril) |
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 | 2012:02-(Febrero) |
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 | 2011:12-(Diciembre) |
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 | 2011:10-(Octubre) |
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 | 2011:08-(Agosto) |
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 | 2011:06-(Junio) |
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 | 2011:04-(Abril) |
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 | 2011:02-(Febrero) |
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 | 2010:12-(Diciembre) |
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 | 2010:10-(Octubre) |
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 | 2010:08-(Agosto) |
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 | Orden De 20 De Agosto De 2010, Por La Que Se Regula La Organización Y El Funcionamiento De Las Escuelas Infantiles De Segundo Ciclo, De Los Colegios De Educación Primaria, De Los Colegios De Educación Infantil Y Primaria Y De Los Centros Públicos Específicos De Educación Especial, Así Como El Horario De Los Centros, Del Alumnado Y Del Profesorado.La presente Orden tiene por objeto regular determinados aspectos de la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado. Area: Educación. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 30/08/2010 Estado: Vigente Tamaño:16 kb
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| Orden Eha/2264/2010, De 20 De Julio, Por La Que Se Dictan Normas E Instrucciones Técnicas Para La Formación Del Censo Electoral De Residentes En España Que Sean Nacionales De Países Con Acuerdos Para Las Elecciones Municipales. Podrán solicitar la inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales aquellas personas que, sin haber adquirido la nacionalidad española, sean ciudadanos de países con los que España haya establecido un Acuerdo reconociendo el derecho a votar en las elecciones municipales a los nacionales miembros de los referidos Estados en España y a los españoles en dichos Estados. Area: Censo electoral. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 27/08/2010 Estado: Vigente Tamaño:1 kb
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 | Real Decreto-Ley 12/2010, De 20 De Agosto, Por El Que Se Prorroga El Programa Temporal De Protección Por Desempleo E Inserción, Regulado En La Ley 14/2009, De 11 De Noviembre
Se prorroga por seis meses, entre el día 16 de agosto de 2010 y el día 15 de febrero de 2011, ambos inclusive, la aplicación de lo establecido en la Ley 14/2009, de 11 de noviembre, por la que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción, a los trabajadores en situación de desempleo que cumplan las condiciones y requisitos establecidos en dicha Ley, siempre que, en la fecha de la solicitud de incorporación al programa, sean personas menores de 30 años o mayores de 45 años o, con una edad comprendida entre los 30 y 45 años, siempre que, en este último caso, tengan responsabilidades familiares, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 215 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto-Ley. Fecha: 23/08/2010 Estado: Vigente Tamaño:5 kb
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