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| Decreto 537/2012, De 28 De Diciembre, Por El Que Se Modifica El Reglamento De Asistencia Jurídica Gratuita En El Ámbito De La Comunidad Autónoma De Andalucía, Aprobado Por Decreto 67/2008, De 26 De Febrero Modificación del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 67/2008, de 26 de febrero. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 31/12/2012 Estado: Vigente Tamaño:12 kb
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| Ley 5/2012, De 26 De Diciembre, Del Presupuesto De La Comunidad Autónoma De Andalucía Para El Año 2013Area: Economía. Ambito: Andaluz. Tipo: Leyes. Fecha: 31/12/2012 Estado: Vigente Tamaño:18529 kb
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| Real Decreto-Ley 29/2012, De 28 De Diciembre, De Mejora De Gestión Y Protección Social En El Sistema Especial Para Empleados De Hogar Y Otras Medidas De Carácter Económico Y SocialArea: Bienestar Social,Igualdad entre Mujeres y Hombres. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto-Ley. Fecha: 31/12/2012 Estado: Vigente Tamaño:40 kb
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| Real Decreto 1716/2012, De 28 De Diciembre, De Desarrollo De Las Disposiciones Establecidas, En Materia De Prestaciones, Por La Ley 27/2011, De 1 De Agosto, Sobre Actualización, Adecuación Y Modernización Del Sistema De La Seguridad SocialArea: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 31/12/2012 Estado: Vigente Tamaño:15 kb
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| Real Decreto 1717/2012, De 28 De Diciembre, Por El Que Se Fija El Salario Mínimo Interprofesional Para 2013El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,51 euros/día o 645,30 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquél.
Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.
Para la aplicación en cómputo anual del salario mínimo se tendrán en cuenta las reglas sobre compensación que se establecen en los artículos siguientes. Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 31/12/2012 Estado: Vigente Tamaño:5 kb
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Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad