| Area | | |
| Reglamento (Ce) No 854/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas Para La Organización De Controles Oficiales De Los Productos De Origen Animal Destinados Al Consumo Humano (Reglamentos)Se requieren normas específicas para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal con objeto de tener en cuenta aspectos específicos asociados a esos productos. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:AlimentaciónTamaño:291 kb ,Reglamento (Ce) No 854/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas Para La Organización De Controles Oficiales De Los Productos De Origen Animal Destinados Al Consumo Humano (Reglamentos)Se requieren normas específicas para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal con objeto de tener en cuenta aspectos específicos asociados a esos productos. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:Sancionador SaludTamaño:291 kb
|  |
 | Reglamento (Ce) Nº 852/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004, Relativo A La Higiene De Los Productos Alimenticios (Reglamentos)Uno de los objetivos fundamentales de la legislación alimentaria consiste en lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las personas, según establece el Reglamento (CE) no 178/2002 (4). Dicho Reglamento establece asimismo otros principios y definiciones comunes
para la legislación alimentaria comunitaria y nacional, incluyendo el objetivo de lograr la libre circulación de los alimentos en la Comunidad. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:AlimentaciónTamaño:1 kb ,Reglamento (Ce) Nº 852/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004, Relativo A La Higiene De Los Productos Alimenticios (Reglamentos)Uno de los objetivos fundamentales de la legislación alimentaria consiste en lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las personas, según establece el Reglamento (CE) no 178/2002 (4). Dicho Reglamento establece asimismo otros principios y definiciones comunes
para la legislación alimentaria comunitaria y nacional, incluyendo el objetivo de lograr la libre circulación de los alimentos en la Comunidad. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:Sancionador SaludTamaño:1 kb
|  |
| Reglamento (Ce) Nº 853/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas De Higiene De Los Alimentos De Origen Animal (Reglamentos)Determinados productos alimenticios pueden presentar peligros para la salud humana, y ello hace necesario el establecer normas higiénicas específicas. Así ocurre en particular con los alimentos de origen animal, con respecto a los cuales se han observado con frecuencia riesgos microbiológicos y químicos. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:AlimentaciónTamaño:1 kb ,Reglamento (Ce) Nº 853/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas De Higiene De Los Alimentos De Origen Animal (Reglamentos)Determinados productos alimenticios pueden presentar peligros para la salud humana, y ello hace necesario el establecer normas higiénicas específicas. Así ocurre en particular con los alimentos de origen animal, con respecto a los cuales se han observado con frecuencia riesgos microbiológicos y químicos. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:Sancionador SaludTamaño:1 kb
|  |
 | Orden Fom/898/2004, De 30 De Marzo, Por La Que Se Actualizan Las Normas De Aplicación A Cada Área De Acreditación De Laboratorios De Ensayo De Control De Calidad De La Edif I C A C I Ó N Que F I G U R A N En L A Orden Fom/2060/2002, De 2 De Agosto, Y Se Prorroga El Plazo De Entrada En Vigor De La Misma A Los Efectos Del Registro General De Laboratorios Acreditados. (Orden)La Comisión Técnica para la Calidad de la Edificación, ha elaborado un proyecto de actualización de las normas de aplicación a cada área de acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación. Tipo: Orden. Ambito: Nacional. Fecha: 07/04/2004. Grupo:Sancionador ConsumoTamaño:5 kb
|  |
| Orden Sco/857/2004, De 17 De Marzo, Por La Que Se Modifica El Anexo Del Real Decreto 1917/1997, De 19 De Diciembre, Por El Que Se Establecen Las Normas De Identidad Y Pureza De Los Aditivos Alimentarios Distintos De Colorantes Y Edulcorantes Utilizados En Los Productos Alimenticios. (Orden)Se modifica el anexo del Real Decreto 1917/1997, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de Identidad y Pureza de los aditivos alimentarios distintos de colorantes y edulcorantes, utilizados en los productos alimenticios, se sustituyen los criterios de identidad y pureza del aditivo: E-251 Nitrato sódico sólido, y se establecen los criterios de pureza para la presentación del Nitrato sódico líquido. Tipo: Orden. Ambito: Nacional. Fecha: 02/04/2004. Grupo:AlimentaciónTamaño:317 kb
|  |
 | Real Decreto 480/2004, De 26 De Marzo, Por El Que Se Modifica El Real Decreto 490/1998, De 27 De Marzo, Por El Que Se Aprueba La Reglamentación Técnico-Sanitaria Específica De Los Alimentos Elaborados A Base De Cereales Y Alimentos Infantiles Para Lactantes Y Niños De Corta Edad (Real Decreto)para proteger mejor la salud de los lactantes y niños de corta edad, se han establecido requisitos adicionales que se pueden hacer cumplir mediante los métodos analíticos más avanzados, independientemente del origen del producto, aun cuando no se hayan utilizado para los alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 02/04/2004. Grupo:Sancionador ConsumoTamaño:5 kb
|  |
| Real Decreto 500/2004, De 1 De Abril, Por El Que Se Modifica El Real Decreto 72/1998, De 23 De Enero, Por El Que Se Aprueba La Reglamentación Técnico-Sanitaria Específica De Los Preparados Para Lactantes Y Preparados De Continuación (Real Decreto)para proteger mejor la salud de los lactantes y niños de corta edad, se han establecido requisitos adicionales que se pueden hacer cumplir mediante los métodos analíticos más avanzados, independientemente del origen del producto, aun cuando no se hayan utilizado para la elaboración de los preparados para lactantes y preparados de continuación. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 02/04/2004Tamaño:5 kb
|  |
 | Real Decreto 121/2004, De 23 De Enero, Sobre La Identificación De Los Productos De La Pesca, De La Acuicultura Y Del Marisqueo Vivos, Frescos, Refrigerados O Cocidos (Real Decreto)Este Real Decreto tiene por objeto establecer la normativa básica referente a la clasificación y etiquetado de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura, vivos, frescos, refrigerados o cocidos, teniendo en cuenta las categorías de calibre y de frescura a que se refiere el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 2406/96 del Consejo, de 26 de noviembre de 1996, por el que se establecen normas comunes de comercialización para determinados productos pesqueros, y el Reglamento (CE) nº 2065/2001 del Consejo, de 22 de octubre de 2001, relativo a la información del consumidor en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 05/02/2004. Grupo:Sancionador ConsumoTamaño:9 kb
|  |
| Real Decreto 1801/2003, De 26 De Diciembre, Sobre Seguridad General De Los Productos (Real Decreto) El objetivo de este Real Decreto es garantizar que los productos que se pongan en el mercado sean seguros. Las disposiciones de este Real Decreto se aplicarán a todo producto destinado al consumidor, incluidos los ofrecidos o puestos a disposición de los consumidores en el marco de una prestación de servicios para que éstos los consuman, manejen o utilicen directamente o que, en condiciones razonablemente previsibles, pueda ser utilizado por el consumidor aunque no le esté destinado, que se le suministre o se ponga a su disposición, a título oneroso o gratuito, en el marco de una actividad comercial, ya sea nuevo, usado o reacondicionado. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 10/01/2004. Grupo:Sancionador ConsumoTamaño:32 kb
|  |
 | Real Decreto 1376/2003, De 7 De Noviembre, Por El Que Se Establecen Las Condiciones Sanitarias De Producción, Almacenamiento Y Comercialización De Las Carnes Frescas Y Sus Derivados En Los Establecimientos De Comercio Al Por Menor (Real Decreto)Este Real Decreto establece las condiciones sanitarias aplicables a la preparación, elaboración, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados, en los establecimientos de comercio al por menor de estos productos, para suministrarlos directamente al consumidor final, o excepcionalmente, y siempre que se trate de una actividad restringida, marginal y localizada, a establecimientos de comidas preparadas, con o sin reparto a domicilio, incluyendo las secciones y dependencias de los establecimientos polivalentes no especializados en los que se realicen las actividades definidas en este Real Decreto.
Así mismo este Real Decreto se aplicará a las instalaciones no permanentes que puedan autorizarse para la comercialización de los productos aquí contemplados, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de un establecimiento comercial permanente, o en la normativa correspondiente de las comunidades autónomas. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 14/11/2003. Grupo:AlimentaciónTamaño:26 kb ,Real Decreto 1376/2003, De 7 De Noviembre, Por El Que Se Establecen Las Condiciones Sanitarias De Producción, Almacenamiento Y Comercialización De Las Carnes Frescas Y Sus Derivados En Los Establecimientos De Comercio Al Por Menor (Real Decreto)Este Real Decreto establece las condiciones sanitarias aplicables a la preparación, elaboración, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados, en los establecimientos de comercio al por menor de estos productos, para suministrarlos directamente al consumidor final, o excepcionalmente, y siempre que se trate de una actividad restringida, marginal y localizada, a establecimientos de comidas preparadas, con o sin reparto a domicilio, incluyendo las secciones y dependencias de los establecimientos polivalentes no especializados en los que se realicen las actividades definidas en este Real Decreto.
Así mismo este Real Decreto se aplicará a las instalaciones no permanentes que puedan autorizarse para la comercialización de los productos aquí contemplados, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de un establecimiento comercial permanente, o en la normativa correspondiente de las comunidades autónomas. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 14/11/2003. Grupo:Licencias AperturaTamaño:26 kb ,Real Decreto 1376/2003, De 7 De Noviembre, Por El Que Se Establecen Las Condiciones Sanitarias De Producción, Almacenamiento Y Comercialización De Las Carnes Frescas Y Sus Derivados En Los Establecimientos De Comercio Al Por Menor (Real Decreto)Este Real Decreto establece las condiciones sanitarias aplicables a la preparación, elaboración, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados, en los establecimientos de comercio al por menor de estos productos, para suministrarlos directamente al consumidor final, o excepcionalmente, y siempre que se trate de una actividad restringida, marginal y localizada, a establecimientos de comidas preparadas, con o sin reparto a domicilio, incluyendo las secciones y dependencias de los establecimientos polivalentes no especializados en los que se realicen las actividades definidas en este Real Decreto.
Así mismo este Real Decreto se aplicará a las instalaciones no permanentes que puedan autorizarse para la comercialización de los productos aquí contemplados, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de un establecimiento comercial permanente, o en la normativa correspondiente de las comunidades autónomas. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 14/11/2003. Grupo:Sancionador SaludTamaño:26 kb
|  |
| Real Decreto 1275/2003, De 10 De Octubre, Relativo A Los Complementos Alimenticios (Real Decreto)Este real decreto establece los requisitos de composición y etiquetado aplicables a los complementos alimenticios que se comercializan en calidad de productos alimenticios y presentados como tales. Estos productos se entregarán al consumidor final únicamente preenvasados. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 14/10/2003Tamaño:38 kb
|  |
 | Real Decreto 1049/2003, De 1 De Agosto, Por El Que Se Aprueba La Norma De Calidad Relativa A La Miel (Real Decreto)Esta norma de calidad tiene por objeto definir lo que se entiende por miel y fijar las condiciones y características que debe cumplir dicho producto para su presentación, comercialización y consumo en el mercado interior. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 05/08/2003Tamaño:8 kb
|  |
| Real Decreto 1055/2003, De 1 De Agosto, Por El Que Se Aprueba La Reglamentación Técnico-Sanitaria Sobre Los Productos De Cacao Y Chocolate Destinados A La Alimentación Humana (Real Decreto)mediante este Real Decreto se pretende definir y fijar las condiciones y características que deben cumplir para su presentación, comercialización y consumo los mencionados productos y supone, respecto de la legislación anterior, la modificación de determinadas definiciones de aquéllos, teniendo en cuenta la evolución tecnológica que les afecta. Además, se lleva a cabo la necesaria adaptación de estos productos a la legislación comunitaria general aplicable a todos los productos alimenticios, especialmente en las materias de etiquetado, higiene, materiales en contacto con los alimentos, edulcorantes y otros aditivos autorizados, agentes aromáticos, disolventes de extracción y métodos de análisis. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 05/08/2003Tamaño:11 kb
|  |
 | Real Decreto 865/2003, De 4 De Julio, Por El Que Se Establecen Los Criterios Higiénico-Sanitarios Para La Prevención Y Control De La Legionelosis (Real Decreto)criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.La legionelosis es una enfermedad bacteriana de origen ambiental que suele presentar dos formas clínicas diferenciadas: la infección pulmonar o Enfermedad del Legionario, que se caracteriza por neumonía con fiebre alta, y la forma no neumónica, conocida como Fiebre de Pontiac, que se manifiesta como un síndrome febril agudo y de pronóstico leve.
La infección por Legionella puede ser adquirida en dos ámbitos, el comunitario y el hospitalario. En ambos casos la enfermedad puede estar asociada a varios tipos de instalaciones, equipos y edificios. Puede presentarse en forma de brotes y casos aislados o esporádicos... Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 18/07/2003. Grupo:AmbientalTamaño:194 kb ,Real Decreto 865/2003, De 4 De Julio, Por El Que Se Establecen Los Criterios Higiénico-Sanitarios Para La Prevención Y Control De La Legionelosis (Real Decreto)criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.La legionelosis es una enfermedad bacteriana de origen ambiental que suele presentar dos formas clínicas diferenciadas: la infección pulmonar o Enfermedad del Legionario, que se caracteriza por neumonía con fiebre alta, y la forma no neumónica, conocida como Fiebre de Pontiac, que se manifiesta como un síndrome febril agudo y de pronóstico leve.
La infección por Legionella puede ser adquirida en dos ámbitos, el comunitario y el hospitalario. En ambos casos la enfermedad puede estar asociada a varios tipos de instalaciones, equipos y edificios. Puede presentarse en forma de brotes y casos aislados o esporádicos... Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 18/07/2003. Grupo:Sancionador SaludTamaño:194 kb
|  |
| Ley 16/2003, De 28 De Mayo, De Cohesión Y Calidad Del Sistema Nacional De Salud (Leyes)El objeto de esta Ley es establecer el marco legal para las acciones de coordinación y cooperación de las Administraciones públicas sanitarias, en el ejercicio de sus respectivas competencias, de modo que se garantice la equidad, la calidad y la participación social en el Sistema Nacional de Salud, así como la colaboración activa de éste en la reducción de las desigualdades en salud. Tipo: Leyes. Ambito: Nacional. Fecha: 29/05/2003Tamaño:74 kb
|  |
 | Ley 8/2003, De 24 De Abril, De Sanidad Animal (Leyes)La sanidad animal se considera un factor clave para el desarrollo de la ganadería, y es de vital transcendencia tanto para la economía nacional como para la salud pública, así como para el mantenimiento y conservación de la diversidad de especies animales. Para la salud pública, por la posible transmisión de enfermedades de los animales al hombre, y por los efectos nocivos que para éste puede provocar la utilización de determinados productos con el fin de aumentar la productividad animal. Para la economía nacional, no sólo por las pérdidas directas que la enfermedad produce en las explotaciones afectadas, sino también por las pérdidas indirectas que originan las restricciones que se pueden producir en los mercados Interior y exteriores para los animales afectados y sus productos, determinando la utilización de importantes recursos del Estado y, en casos extremos, pudiendo llegar a adquirir proporciones cuyas consecuencias bien pudieran ser calificadas de catastróficas. Tipo: Leyes. Ambito: Nacional. Fecha: 25/04/2003Tamaño:76 kb
|  |
| Real Decreto 140/2003, De 7 De Febrero, Por El Que Se Establecen Los Criterios Sanitarios De La Calidad Del Agua De Consumo Humano (Real Decreto)El presente Real Decreto tiene por objeto establecer los criterios sanitarios que deben cumplir las aguas de consumo humano y las instalaciones que permiten su suministro desde la captación hasta el grifo del consumidor y el control de éstas, garantizando su salubridad, calidad y limpieza, con el fin de proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 21/02/2003. Grupo:AlimentaciónTamaño:103 kb
|  |
 | Ley 41/2002, De 14 De Noviembre, Básica Reguladora De La Autonomía Del Paciente Y De Derechos Y Obligaciones En Materia De Información Y Documentación Clínica (Leyes)Tipo: Leyes. Ambito: Nacional. Fecha: 15/11/2002Tamaño:1 kb
|  |
| Real Decreto 287/2002, De 22 De Marzo, Por El Que Se Desarrolla La Ley 50/1999, De 23 De Diciembre, Sobre El Régimen Jurídico De La Tenencia De Animales Potencialmente Peligrosos (Real Decreto)el presente Real Decreto establece el catálogo de los animales de la especie canina que pueden ser incluidos dentro de la categoría de animales potencialmente peligrosos(BOE 74, 27/03/02) Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 22/03/2002. Grupo:AmbientalTamaño:10 kb ,Real Decreto 287/2002, De 22 De Marzo, Por El Que Se Desarrolla La Ley 50/1999, De 23 De Diciembre, Sobre El Régimen Jurídico De La Tenencia De Animales Potencialmente Peligrosos (Real Decreto)el presente Real Decreto establece el catálogo de los animales de la especie canina que pueden ser incluidos dentro de la categoría de animales potencialmente peligrosos(BOE 74, 27/03/02) Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 22/03/2002. Grupo:Sancionador SaludTamaño:10 kb
|  |
 | Decreto 281/2001, De 26 De Diciembre, Por El Que Se Regula La Prestación Asistencial Dental A La Población De 6 A 15 Años De La Comunidad Autónoma De Andalucía (Decretos)Tipo: Decretos. Ambito: Andaluz. Fecha: 31/12/2001. Grupo:GeneralTamaño:1 kb
|  |
| Real Decreto 3484/2000, De 29 De Diciembre, Por El Que Se Establecen Las Normas De Higiene Para La Elaboración, Distribución Y Comercio De Comidas Preparadas (Real Decreto) la presente disposición se ajusta a lo establecido en el Real Decreto 2207/1995, recoge determinadas normas del Real Decreto 512/1977, de la Orden de 21 de febrero de 1977 y del Real Decreto 2817/1983, e incorpora los aspectos citados de los documentos del Codex Alimentarius, así como aquellos requisitos dirigidos a reducir y eliminar prácticas de manipulación, que esten consideradas como factores contribuyentes en la aparición de brotes de infecciones e intoxicaciones alimentarias, según se constata en los datos epidemiológicos nacionales. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 29/12/2000. Grupo:AlimentaciónTamaño:67 kb ,Real Decreto 3484/2000, De 29 De Diciembre, Por El Que Se Establecen Las Normas De Higiene Para La Elaboración, Distribución Y Comercio De Comidas Preparadas (Real Decreto) la presente disposición se ajusta a lo establecido en el Real Decreto 2207/1995, recoge determinadas normas del Real Decreto 512/1977, de la Orden de 21 de febrero de 1977 y del Real Decreto 2817/1983, e incorpora los aspectos citados de los documentos del Codex Alimentarius, así como aquellos requisitos dirigidos a reducir y eliminar prácticas de manipulación, que esten consideradas como factores contribuyentes en la aparición de brotes de infecciones e intoxicaciones alimentarias, según se constata en los datos epidemiológicos nacionales. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 29/12/2000. Grupo:Licencias AperturaTamaño:67 kb ,Real Decreto 3484/2000, De 29 De Diciembre, Por El Que Se Establecen Las Normas De Higiene Para La Elaboración, Distribución Y Comercio De Comidas Preparadas (Real Decreto) la presente disposición se ajusta a lo establecido en el Real Decreto 2207/1995, recoge determinadas normas del Real Decreto 512/1977, de la Orden de 21 de febrero de 1977 y del Real Decreto 2817/1983, e incorpora los aspectos citados de los documentos del Codex Alimentarius, así como aquellos requisitos dirigidos a reducir y eliminar prácticas de manipulación, que esten consideradas como factores contribuyentes en la aparición de brotes de infecciones e intoxicaciones alimentarias, según se constata en los datos epidemiológicos nacionales. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 29/12/2000. Grupo:Sancionador SaludTamaño:67 kb
|  |
 | Resolución De 4 De Agosto De 2021, De La Delegación Territorial De Salud Y Familias En Granada, Por La Que Se Adoptan Los Niveles De Alerta Sanitaria Y La Aplicación De Las Medidas Que Corresponden, Por Razón De Salud Pública Para La Contención De La Covid-19, Finalizado El Estado De Alarma En La Provincia De Granada (Resolución)Tipo: Resolución. Ambito: Andaluz. Fecha: 04/08/2000Tamaño:1 kb
|  |
| Ordenanza General De Los Mercados Municipales Minoristas De La Ciudad De Granada (Ordenanzas)La reglamentación siguiente se refiere al régimen de organización y funcionamiento interno de los Mercados Municipales Minoristas de la ciudad de Granada, que constituirán un centro de abastecimiento público del tipo mercantil de venta menor, con establecimientos agrupados en un mismo recinto.
Será aplicable a los Mercados Municipales ya instalados o que el Ayuntamiento pueda instalar o autorizar, mediante la oportuna concesión a Empresas privadas o a particulares, en las concentraciones urbanas que lo aconsejen por las exigencias de su radicación periférica. Tipo: Ordenanzas. Ambito: Local. Fecha: 23/02/2000. Grupo:FuncionamientoTamaño:31 kb
|  |
 | Real Decreto 202/2000, De 11 De Febrero, Por El Que Se Establecen Las Normas Relativas A Los Manipuladores De Alimentos (Real Decreto)El presente Real Decreto se ajusta a los dispuesto en el Real Decreto 2207/1995 y mantiene ciertos aspectos del Real Decreto 2505/1983; establece la obligación de los empresarios del sector alimentario de formar a los manipuladores de alimentos en cuestiones de higiene alimentaria y, a su vez, reserva a las autoridades competentes la potestad de formar en materia de higiene alimentaria a determinados grupos de manipuladores de alimentos. Además, este Real Decreto, se reafirma en la poca o escasa utilidad de los exámenes médicos previos como medio para prevenir enfermedades de transmisión alimentaria. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 11/02/2000. Grupo:AlimentaciónTamaño:9 kb ,Real Decreto 202/2000, De 11 De Febrero, Por El Que Se Establecen Las Normas Relativas A Los Manipuladores De Alimentos (Real Decreto)El presente Real Decreto se ajusta a los dispuesto en el Real Decreto 2207/1995 y mantiene ciertos aspectos del Real Decreto 2505/1983; establece la obligación de los empresarios del sector alimentario de formar a los manipuladores de alimentos en cuestiones de higiene alimentaria y, a su vez, reserva a las autoridades competentes la potestad de formar en materia de higiene alimentaria a determinados grupos de manipuladores de alimentos. Además, este Real Decreto, se reafirma en la poca o escasa utilidad de los exámenes médicos previos como medio para prevenir enfermedades de transmisión alimentaria. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 11/02/2000. Grupo:Sancionador SaludTamaño:9 kb
|  |
| Real Decreto 1977/1999, De 23 De Diciembre, Por El Que Se Establecen Los Principios Relativos A La Organización De Los Controles Veterinarios Sobre Los Productos Procedentes De Países Terceros (Real Decreto)Los principios comunes en materia de organización de los controles veterinarios sobre los productos procedentes de países terceros armonizan las medidas necesarias para garantizar la protección de la salud de las personas y de los animales, evitando la propagación de enfermedades en la Comunidad Europea y contribuyen, asimismo, a garantizar la seguridad del abastecimiento y la estabilización de los mercados. La creación del mercado Interior ha hecho más necesario el establecimiento de dichos principios comunes, dado que los controles realizados en las fronteras interiores de la Comunidad han sido suprimidos. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 23/12/1999Tamaño:40 kb
|  |
 | Orden De 9 De Junio De 1999, Por La Que Se Regula El Procedimiento De Libre Elección Y Se Establecen Las Normas De Asignación De Médico General Y Pediatra En La Comunidad Autónoma De Andalucía (Orden)Tipo: Orden. Ambito: Andaluz. Fecha: 17/06/1999. Grupo:GeneralTamaño:1 kb
|  |
| Decreto 60/1999, De 9 De Marzo, Por El Que Se Regula La Libre Elección De Médico General Y Pediatra En La Comunidad Autónoma De Andalucía (Decretos)Tipo: Decretos. Ambito: Andaluz. Fecha: 13/04/1999. Grupo:GeneralTamaño:1 kb
|  |
 | Ley 2/1998, De 15 De Junio, De Salud De Andalucía (Leyes)La presente Ley tiene por objeto:
1. La regulación general de las actuaciones, que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud, previsto en la Constitución Española.
2. La definición, el respeto y el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los ciudadanos respecto de los servicios sanitarios en Andalucía.
3. La ordenación general de las actividades sanitarias de las entidades públicas y privadas en Andalucía. Tipo: Leyes. Ambito: Andaluz. Fecha: 15/06/1998. Grupo:Inspección Técnica Salud y ConsumoTamaño:44 kb ,Ley 2/1998, De 15 De Junio, De Salud De Andalucía (Leyes)La presente Ley tiene por objeto:
1. La regulación general de las actuaciones, que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud, previsto en la Constitución Española.
2. La definición, el respeto y el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los ciudadanos respecto de los servicios sanitarios en Andalucía.
3. La ordenación general de las actividades sanitarias de las entidades públicas y privadas en Andalucía. Tipo: Leyes. Ambito: Andaluz. Fecha: 15/06/1998. Grupo:Sancionador SaludTamaño:44 kb
|  |
| Real Decreto 618/1998, De 17 De Abril, Por El Que Se Aprueba La Reglamentación Técnico-Sanitaria Para La Elaboración, Circulación Y Comercio De Helados Y Mezclas Envasadas Para Congelar (Real Decreto)Por este Real Decreto se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria aplicable a la elaboración, distribución y comercio de helados y mezclas envasadas para congelar.Este Real Decreto tiene carácter de norma básica, a excepción del artículo 9.2, del artículo 15.4, del artículo 17.2 y del anexo III, y se dicta al amparo del artículo 149.1.10 y 16 de la Constitución, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 40.2 y 40.4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril General de Sanidad. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 17/04/1998. Grupo:AlimentaciónTamaño:31 kb ,Real Decreto 618/1998, De 17 De Abril, Por El Que Se Aprueba La Reglamentación Técnico-Sanitaria Para La Elaboración, Circulación Y Comercio De Helados Y Mezclas Envasadas Para Congelar (Real Decreto)Por este Real Decreto se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria aplicable a la elaboración, distribución y comercio de helados y mezclas envasadas para congelar.Este Real Decreto tiene carácter de norma básica, a excepción del artículo 9.2, del artículo 15.4, del artículo 17.2 y del anexo III, y se dicta al amparo del artículo 149.1.10 y 16 de la Constitución, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 40.2 y 40.4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril General de Sanidad. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 17/04/1998. Grupo:Licencias AperturaTamaño:31 kb ,Real Decreto 618/1998, De 17 De Abril, Por El Que Se Aprueba La Reglamentación Técnico-Sanitaria Para La Elaboración, Circulación Y Comercio De Helados Y Mezclas Envasadas Para Congelar (Real Decreto)Por este Real Decreto se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria aplicable a la elaboración, distribución y comercio de helados y mezclas envasadas para congelar.Este Real Decreto tiene carácter de norma básica, a excepción del artículo 9.2, del artículo 15.4, del artículo 17.2 y del anexo III, y se dicta al amparo del artículo 149.1.10 y 16 de la Constitución, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 40.2 y 40.4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril General de Sanidad. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 17/04/1998. Grupo:Sancionador SaludTamaño:31 kb
|  |
 | Real Decreto 145/1997, De 31 De Enero, Por El Que Se Aprueba La Lista Positiva De Aditivos Distintos De Colorantes Y Edulcorantes Para Su Uso En La Elaboración De Productos Alimenticios, Así Como Sus Condiciones De Utilización (Real Decreto)El presente Real Decreto tiene por objeto aprobar la lista positiva de los aditivos distintos de los colorantes y edulcorantes autorizados para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 31/01/1997. Grupo:AlimentaciónTamaño:18 kb
|  |