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| Real Decreto1420/2006, De 1 De Diciembre, Sobre Prevención De La Parasitosis Por Anisakis En Productos De La Pesca Suministrados Por Establecimientos Que Sirven Comida A Los Consumidores Finales O A Colectividades (Real Decreto)Los titulares de los establecimientos que sirven comida a los consumidores finales o a colectividades (bares, restaurantes, cafeterías, hoteles, hospitales, colegios, residencias, comedores de empresas, empresas de catering y similares) están obligados a garantizar que los productos de la pesca para consumir en crudo o prácticamente en crudo han sido previamente congelados a una temperatura igual o inferior a -20 ºC en la totalidad del producto, durante un período de al menos 24 horas; este tratamiento se aplicará al producto en bruto o al producto acabado.
También les será aplicable la misma obligación de garantía cuando se trate de productos de la pesca que han sido sometidos a un proceso de ahumado en frío en el que la temperatura central del producto no ha sobrepasado los 60 ºC y pertenezcan a las especies siguientes: arenque, caballa, espadín y salmón (salvaje) del Atlántico o del Pacífico.
Igualmente estarán obligados a garantizar la congelación en las mismas condiciones si se trata de productos de la pesca en escabeche o salados, cuando este proceso no baste para destruir las larvas de los nematodos. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria establecerá y difundirá los criterios técnicos necesarios para determinar en estos casos si es necesaria o no la congelación. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 19/12/2006. Grupo:Inspección Técnica Salud y ConsumoTamaño:7 kb
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 | Decreto 150/2006, De 25 De Julio, Por El Que Se Desarrolla La Ley 28/2005, De 26 De Diciembre, De Medidas Sanitarias Frente Al Tabaquismo Y Reguladora De La Venta, El Suministro, El Consumo Y La Publicidad De Los Productos Del Tabaco En Materia De Señalización Y Zonas Habilitadas Para Fumar (Decretos)El presente Decreto tiene por objeto el desarrollo, en materia de señalización y zonas habilitadas para fumar, de los preceptos establecidos en la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final primera de la mencionada Ley. Tipo: Decretos. Ambito: Andaluz. Fecha: 01/08/2006Tamaño:7 kb
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| Real Decreto 640/2006, De 26 De Mayo, Por El Que Se Regulan Determinadas Condiciones De Aplicación De Las Disposiciones Comunitarias En Materia De Higiene, De La Producción Y Comercialización De Los Productos Alimenticios (Real Decreto)Este real decreto tiene por objeto el establecimiento de determinadas medidas que contribuyan a la correcta aplicación en España de los Reglamentos (CE) n.º 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, n.º 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal, y n.º 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano. Asimismo, establece normas de aplicación para algunos aspectos que no se contemplan en los citados reglamentos. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 27/05/2006. Grupo:Sancionador SaludTamaño:13 kb
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 | Ley 28/2005, De 26 De Diciembre, De Medidas Sanitarias Frente Al Tabaquismo Y Reguladora De La Venta, El Suministro, El Consumo Y La Publicidad De Los Productos Del Tabaco (Leyes)Esta Ley tiene por objeto establecer, con carácter básico, las limitaciones, siempre que se trate de operaciones al por menor, en la venta, suministro y consumo de los productos del tabaco, así como regular la publicidad, la promoción y el patrocinio de dichos productos, para proteger la salud de la población. Tipo: Leyes. Ambito: Nacional. Fecha: 27/12/2005Tamaño:35 kb
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| Orden Sco/1591/2005, De 30 De Mayo, Sobre El Sistema De Información Nacional De Agua De Consumo. (Orden)La presente disposición tiene como objeto desarrollar el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, en lo relativo al sistema de información nacional de agua de consumo SINAC, describiendo sus características generales y las particularidades de la aplicación informática a través de Internet que le da soporte, con el fin de conocer y prevenir los posibles riesgos para la salud de la población provocados por la contaminación del agua. Tipo: Orden. Ambito: Nacional. Fecha: 02/06/2005. Grupo:Inspección Técnica Salud y ConsumoTamaño:10 kb
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 | Real Decreto 61/2005, De 21 De Enero, Por El Que Se Fijan Los Métodos De Toma De Muestras Y De Análisis Para El Control Oficial Del Contenido Máximo De Estaño En Los Alimentos Enlatados (Real Decreto)Los métodos de análisis previstos en la Directiva 2004/16/CE se refieren al estaño total y son adecuados para los límites máximos de estaño inorgánico regulados en el Reglamento (CE) nº 242/2004 referido anteriormente, dado que la posible presencia de formas orgánicas de estaño en los alimentos no se considera estimable en relación con los contenidos máximos fijados para el estaño inorgánico. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 22/01/2005Tamaño:13 kb
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| Orden Pre/3673/2004, De 11 De Noviembre, Por La Que Se Modifican Los Anexos Ii De Los Reales Decretos 280/1994, De 18 De Febrero Y 569/1990, De 27 De Abril, Por Los Que Se Establecen Los Límites Máximos De Residuos De Plaguicidas Y Su Control En Determinados Productos De Origen Vegetal Y Animal. (Orden)Atendiendo a la necesidad de incorporar al Ordenamiento jurídico interno las Directivas 2004/59/CE y 2004/61/CE, se modifica, por un lado, el Anexo II del Real Decreto 280/1994, conforme a lo establecido en su Disposición Final Primera, una vez elevada, por la Comisión Conjunta de Residuos de Productos Fitosanitarios a los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo, la oportuna propuesta de modificación. Asimismo, se modifica el Anexo II, del Real Decreto 569/1990, de conformidad con su Disposición Final Primera en la redacción dada por el Real Decreto 2460/1996, de 2 de diciembre. Tipo: Orden. Ambito: Nacional. Fecha: 13/11/2004Tamaño:1842 kb
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 | Real Decreto 2178/2004, De 12 De Noviembre, Por El Que Se Prohíbe Utilizar Determinadas Sustancias De Efecto Hormonal Y Tireostático Y Sustancias Beta-Agonistas De Uso En La Cría De Ganado (Real Decreto)Teniendo en cuenta que en la cría de animales se utilizan ilegalmente sustancias de efecto anabolizante, como las sustancias beta-agonistas, estilbenos y tireostáticos, para estimular el crecimiento y la productividad de los animales, se aprobó la Directiva 96/22/CE del Consejo, de 29 de abril de 1996, por la que se prohíbe utilizar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático y sustancias beta-agonistas en la cría de ganado y por la que se derogan las Directivas 81/602/CEE, 88/146/CEE y 88/299/CEE, que fue incorporada mediante el Real Decreto 1373/1997, de 29 de agosto, por el que se prohíbe utilizar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático y sustancias beta-agonistas de uso en la cría de ganad Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 13/11/2004Tamaño:14 kb
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| Real Decreto 2180/2004, De 12 De Noviembre, Por El Que Se Modifica La Norma De Etiquetado Sobre Propiedades Nutritivas De Los Productos Alimenticios, Aprobada Por El Real Decreto 930/1992, De 17 De Julio (Real Decreto)Mediante este real decreto se procede a incorporar a nuestro ordenamiento jurídico interno la Directiva 2003/120/CE de la Comisión, de 5 de diciembre de 2003, por la que se modifica la Directiva 90/496/CEE tado 1 del artículo 2, se aplicarán a los animales de explotación con respecto a los cuales pueda certificarse que les fue administrado 17-Beta-Estradiol o sus derivados de tipo éster con fines terapéuticos o zootécnicos antes del 14 de octubre de 2004 las mismas disposiciones establecidas para las sustancias autorizadas de conformidad con el apartado 1 del artículo 3 por lo que se refiere al uso terapéutico, y en el artículo 4 por lo que se refiere al uso zootécnico. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 13/11/2004Tamaño:4 kb
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 | Orden Sco/3566/2004, De 7 De Octubre, Por La Que Se Establece El Documento Oficial De Control Sanitario De Mercancías Destinadas A Uso Y Consumo Humano. (Orden)El Reglamento (CE) N.o 136/2004 de la Comisión, de 22 de enero de 2004 por el que se establecen los procedimientos de control veterinario en los puestos de inspección fronterizos de la Comunidad de los productos importados de terceros países, deroga la Decisión 93/13/CE y establece un nuevo documento de control: El Documento Veterinario Común de Entrada, que se aplica únicamente a los productos definidos en el artículo 2, apartado j) del Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los principios relativos a la organización de los controles veterinarios sobre los productos procedentes de países terceros. Tipo: Orden. Ambito: Nacional. Fecha: 04/11/2004Tamaño:129 kb
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| Orden Pre/3360/2004, De 14 De Octubre, Por La Que Se Regula La Información Complementaria Del Etiquetado De Los Productos Alimenticios Congelados Que Se Presenten Sin Envasar Y Se Establece El Método De Análisis Para La Determinación De La Masa De Glaseado. (Orden)La Norma General de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, establece en el artículo 15 las indicaciones que han de formar parte del etiquetado de los productos sin envasar, haciendo en el apartado f) una referencia a que la denominación se acompañará de aquellos requisitos establecidos en el artículo 5, que se dispongan para esta modalidad de venta en las disposiciones específicas correspondientes. Tipo: Orden. Ambito: Nacional. Fecha: 19/10/2004Tamaño:7 kb
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 | Real Decreto 1976/2004, De 1 De Octubre, Por El Que Se Establecen Las Normas Zoosanitarias Aplicables A La Producción, Transformación, Distribución E Introducción De Los Productos De Origen Animal Destinados Al Consumo Humano (Real Decreto)Este real decreto tiene por objeto establecer las normas zoosanitarias, de carácter general, por las que se regulan todas las fases de la producción, transformación y distribución, de aplicación en todo el territorio nacional, de los productos de origen animal y de los productos obtenidos a partir de ellos, destinados al consumo humano, así como para su introducción desde terceros países. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 15/10/2004. Grupo:Inspección Técnica Salud y ConsumoTamaño:86 kb
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| Real Decreto 1940/2004, De 27 De Septiembre, Sobre La Vigilancia De Las Zoonosis Y Los Agentes Zoonóticos (Real Decreto)Este Real Decreto tiene como finalidad asegurar la adecuada vigilancia de las zoonosis, los agentes zoonóticos y la resistencia a los antimicrobianos asociada, así como la debida investigación epidemiológica de los brotes de zoonosis, de forma que pueda recogerse la información necesaria para evaluar las fuentes y tendencias pertinentes. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 01/10/2004. Grupo:Inspección Técnica Salud y ConsumoTamaño:15 kb ,Real Decreto 1940/2004, De 27 De Septiembre, Sobre La Vigilancia De Las Zoonosis Y Los Agentes Zoonóticos (Real Decreto)Este Real Decreto tiene como finalidad asegurar la adecuada vigilancia de las zoonosis, los agentes zoonóticos y la resistencia a los antimicrobianos asociada, así como la debida investigación epidemiológica de los brotes de zoonosis, de forma que pueda recogerse la información necesaria para evaluar las fuentes y tendencias pertinentes. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 01/10/2004. Grupo:Sancionador SaludTamaño:15 kb
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 | Reglamento (Ce) No 854/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas Para La Organización De Controles Oficiales De Los Productos De Origen Animal Destinados Al Consumo Humano (Reglamentos)Se requieren normas específicas para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal con objeto de tener en cuenta aspectos específicos asociados a esos productos. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:AlimentaciónTamaño:291 kb ,Reglamento (Ce) No 854/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas Para La Organización De Controles Oficiales De Los Productos De Origen Animal Destinados Al Consumo Humano (Reglamentos)Se requieren normas específicas para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal con objeto de tener en cuenta aspectos específicos asociados a esos productos. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:Sancionador SaludTamaño:291 kb
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| Reglamento (Ce) Nº 852/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004, Relativo A La Higiene De Los Productos Alimenticios (Reglamentos)Uno de los objetivos fundamentales de la legislación alimentaria consiste en lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las personas, según establece el Reglamento (CE) no 178/2002 (4). Dicho Reglamento establece asimismo otros principios y definiciones comunes
para la legislación alimentaria comunitaria y nacional, incluyendo el objetivo de lograr la libre circulación de los alimentos en la Comunidad. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:AlimentaciónTamaño:1 kb ,Reglamento (Ce) Nº 852/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004, Relativo A La Higiene De Los Productos Alimenticios (Reglamentos)Uno de los objetivos fundamentales de la legislación alimentaria consiste en lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las personas, según establece el Reglamento (CE) no 178/2002 (4). Dicho Reglamento establece asimismo otros principios y definiciones comunes
para la legislación alimentaria comunitaria y nacional, incluyendo el objetivo de lograr la libre circulación de los alimentos en la Comunidad. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:Sancionador SaludTamaño:1 kb
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 | Reglamento (Ce) Nº 853/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas De Higiene De Los Alimentos De Origen Animal (Reglamentos)Determinados productos alimenticios pueden presentar peligros para la salud humana, y ello hace necesario el establecer normas higiénicas específicas. Así ocurre en particular con los alimentos de origen animal, con respecto a los cuales se han observado con frecuencia riesgos microbiológicos y químicos. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:AlimentaciónTamaño:1 kb ,Reglamento (Ce) Nº 853/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas De Higiene De Los Alimentos De Origen Animal (Reglamentos)Determinados productos alimenticios pueden presentar peligros para la salud humana, y ello hace necesario el establecer normas higiénicas específicas. Así ocurre en particular con los alimentos de origen animal, con respecto a los cuales se han observado con frecuencia riesgos microbiológicos y químicos. Tipo: Reglamentos. Ambito: Europeo. Fecha: 29/04/2004. Grupo:Sancionador SaludTamaño:1 kb
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| Orden Fom/898/2004, De 30 De Marzo, Por La Que Se Actualizan Las Normas De Aplicación A Cada Área De Acreditación De Laboratorios De Ensayo De Control De Calidad De La Edif I C A C I Ó N Que F I G U R A N En L A Orden Fom/2060/2002, De 2 De Agosto, Y Se Prorroga El Plazo De Entrada En Vigor De La Misma A Los Efectos Del Registro General De Laboratorios Acreditados. (Orden)La Comisión Técnica para la Calidad de la Edificación, ha elaborado un proyecto de actualización de las normas de aplicación a cada área de acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación. Tipo: Orden. Ambito: Nacional. Fecha: 07/04/2004. Grupo:Sancionador ConsumoTamaño:5 kb
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 | Orden Sco/857/2004, De 17 De Marzo, Por La Que Se Modifica El Anexo Del Real Decreto 1917/1997, De 19 De Diciembre, Por El Que Se Establecen Las Normas De Identidad Y Pureza De Los Aditivos Alimentarios Distintos De Colorantes Y Edulcorantes Utilizados En Los Productos Alimenticios. (Orden)Se modifica el anexo del Real Decreto 1917/1997, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de Identidad y Pureza de los aditivos alimentarios distintos de colorantes y edulcorantes, utilizados en los productos alimenticios, se sustituyen los criterios de identidad y pureza del aditivo: E-251 Nitrato sódico sólido, y se establecen los criterios de pureza para la presentación del Nitrato sódico líquido. Tipo: Orden. Ambito: Nacional. Fecha: 02/04/2004. Grupo:AlimentaciónTamaño:317 kb
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| Real Decreto 480/2004, De 26 De Marzo, Por El Que Se Modifica El Real Decreto 490/1998, De 27 De Marzo, Por El Que Se Aprueba La Reglamentación Técnico-Sanitaria Específica De Los Alimentos Elaborados A Base De Cereales Y Alimentos Infantiles Para Lactantes Y Niños De Corta Edad (Real Decreto)para proteger mejor la salud de los lactantes y niños de corta edad, se han establecido requisitos adicionales que se pueden hacer cumplir mediante los métodos analíticos más avanzados, independientemente del origen del producto, aun cuando no se hayan utilizado para los alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 02/04/2004. Grupo:Sancionador ConsumoTamaño:5 kb
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 | Real Decreto 500/2004, De 1 De Abril, Por El Que Se Modifica El Real Decreto 72/1998, De 23 De Enero, Por El Que Se Aprueba La Reglamentación Técnico-Sanitaria Específica De Los Preparados Para Lactantes Y Preparados De Continuación (Real Decreto)para proteger mejor la salud de los lactantes y niños de corta edad, se han establecido requisitos adicionales que se pueden hacer cumplir mediante los métodos analíticos más avanzados, independientemente del origen del producto, aun cuando no se hayan utilizado para la elaboración de los preparados para lactantes y preparados de continuación. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 02/04/2004Tamaño:5 kb
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| Real Decreto 121/2004, De 23 De Enero, Sobre La Identificación De Los Productos De La Pesca, De La Acuicultura Y Del Marisqueo Vivos, Frescos, Refrigerados O Cocidos (Real Decreto)Este Real Decreto tiene por objeto establecer la normativa básica referente a la clasificación y etiquetado de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura, vivos, frescos, refrigerados o cocidos, teniendo en cuenta las categorías de calibre y de frescura a que se refiere el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 2406/96 del Consejo, de 26 de noviembre de 1996, por el que se establecen normas comunes de comercialización para determinados productos pesqueros, y el Reglamento (CE) nº 2065/2001 del Consejo, de 22 de octubre de 2001, relativo a la información del consumidor en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 05/02/2004. Grupo:Sancionador ConsumoTamaño:9 kb
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 | Real Decreto 1801/2003, De 26 De Diciembre, Sobre Seguridad General De Los Productos (Real Decreto) El objetivo de este Real Decreto es garantizar que los productos que se pongan en el mercado sean seguros. Las disposiciones de este Real Decreto se aplicarán a todo producto destinado al consumidor, incluidos los ofrecidos o puestos a disposición de los consumidores en el marco de una prestación de servicios para que éstos los consuman, manejen o utilicen directamente o que, en condiciones razonablemente previsibles, pueda ser utilizado por el consumidor aunque no le esté destinado, que se le suministre o se ponga a su disposición, a título oneroso o gratuito, en el marco de una actividad comercial, ya sea nuevo, usado o reacondicionado. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 10/01/2004. Grupo:Sancionador ConsumoTamaño:32 kb
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| Real Decreto 1376/2003, De 7 De Noviembre, Por El Que Se Establecen Las Condiciones Sanitarias De Producción, Almacenamiento Y Comercialización De Las Carnes Frescas Y Sus Derivados En Los Establecimientos De Comercio Al Por Menor (Real Decreto)Este Real Decreto establece las condiciones sanitarias aplicables a la preparación, elaboración, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados, en los establecimientos de comercio al por menor de estos productos, para suministrarlos directamente al consumidor final, o excepcionalmente, y siempre que se trate de una actividad restringida, marginal y localizada, a establecimientos de comidas preparadas, con o sin reparto a domicilio, incluyendo las secciones y dependencias de los establecimientos polivalentes no especializados en los que se realicen las actividades definidas en este Real Decreto.
Así mismo este Real Decreto se aplicará a las instalaciones no permanentes que puedan autorizarse para la comercialización de los productos aquí contemplados, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de un establecimiento comercial permanente, o en la normativa correspondiente de las comunidades autónomas. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 14/11/2003. Grupo:AlimentaciónTamaño:26 kb ,Real Decreto 1376/2003, De 7 De Noviembre, Por El Que Se Establecen Las Condiciones Sanitarias De Producción, Almacenamiento Y Comercialización De Las Carnes Frescas Y Sus Derivados En Los Establecimientos De Comercio Al Por Menor (Real Decreto)Este Real Decreto establece las condiciones sanitarias aplicables a la preparación, elaboración, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados, en los establecimientos de comercio al por menor de estos productos, para suministrarlos directamente al consumidor final, o excepcionalmente, y siempre que se trate de una actividad restringida, marginal y localizada, a establecimientos de comidas preparadas, con o sin reparto a domicilio, incluyendo las secciones y dependencias de los establecimientos polivalentes no especializados en los que se realicen las actividades definidas en este Real Decreto.
Así mismo este Real Decreto se aplicará a las instalaciones no permanentes que puedan autorizarse para la comercialización de los productos aquí contemplados, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de un establecimiento comercial permanente, o en la normativa correspondiente de las comunidades autónomas. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 14/11/2003. Grupo:Licencias AperturaTamaño:26 kb ,Real Decreto 1376/2003, De 7 De Noviembre, Por El Que Se Establecen Las Condiciones Sanitarias De Producción, Almacenamiento Y Comercialización De Las Carnes Frescas Y Sus Derivados En Los Establecimientos De Comercio Al Por Menor (Real Decreto)Este Real Decreto establece las condiciones sanitarias aplicables a la preparación, elaboración, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados, en los establecimientos de comercio al por menor de estos productos, para suministrarlos directamente al consumidor final, o excepcionalmente, y siempre que se trate de una actividad restringida, marginal y localizada, a establecimientos de comidas preparadas, con o sin reparto a domicilio, incluyendo las secciones y dependencias de los establecimientos polivalentes no especializados en los que se realicen las actividades definidas en este Real Decreto.
Así mismo este Real Decreto se aplicará a las instalaciones no permanentes que puedan autorizarse para la comercialización de los productos aquí contemplados, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de un establecimiento comercial permanente, o en la normativa correspondiente de las comunidades autónomas. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 14/11/2003. Grupo:Sancionador SaludTamaño:26 kb
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 | Real Decreto 1275/2003, De 10 De Octubre, Relativo A Los Complementos Alimenticios (Real Decreto)Este real decreto establece los requisitos de composición y etiquetado aplicables a los complementos alimenticios que se comercializan en calidad de productos alimenticios y presentados como tales. Estos productos se entregarán al consumidor final únicamente preenvasados. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 14/10/2003Tamaño:38 kb
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| Real Decreto 1049/2003, De 1 De Agosto, Por El Que Se Aprueba La Norma De Calidad Relativa A La Miel (Real Decreto)Esta norma de calidad tiene por objeto definir lo que se entiende por miel y fijar las condiciones y características que debe cumplir dicho producto para su presentación, comercialización y consumo en el mercado interior. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 05/08/2003Tamaño:8 kb
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 | Real Decreto 1055/2003, De 1 De Agosto, Por El Que Se Aprueba La Reglamentación Técnico-Sanitaria Sobre Los Productos De Cacao Y Chocolate Destinados A La Alimentación Humana (Real Decreto)mediante este Real Decreto se pretende definir y fijar las condiciones y características que deben cumplir para su presentación, comercialización y consumo los mencionados productos y supone, respecto de la legislación anterior, la modificación de determinadas definiciones de aquéllos, teniendo en cuenta la evolución tecnológica que les afecta. Además, se lleva a cabo la necesaria adaptación de estos productos a la legislación comunitaria general aplicable a todos los productos alimenticios, especialmente en las materias de etiquetado, higiene, materiales en contacto con los alimentos, edulcorantes y otros aditivos autorizados, agentes aromáticos, disolventes de extracción y métodos de análisis. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 05/08/2003Tamaño:11 kb
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| Real Decreto 865/2003, De 4 De Julio, Por El Que Se Establecen Los Criterios Higiénico-Sanitarios Para La Prevención Y Control De La Legionelosis (Real Decreto)criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.La legionelosis es una enfermedad bacteriana de origen ambiental que suele presentar dos formas clínicas diferenciadas: la infección pulmonar o Enfermedad del Legionario, que se caracteriza por neumonía con fiebre alta, y la forma no neumónica, conocida como Fiebre de Pontiac, que se manifiesta como un síndrome febril agudo y de pronóstico leve.
La infección por Legionella puede ser adquirida en dos ámbitos, el comunitario y el hospitalario. En ambos casos la enfermedad puede estar asociada a varios tipos de instalaciones, equipos y edificios. Puede presentarse en forma de brotes y casos aislados o esporádicos... Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 18/07/2003. Grupo:AmbientalTamaño:194 kb ,Real Decreto 865/2003, De 4 De Julio, Por El Que Se Establecen Los Criterios Higiénico-Sanitarios Para La Prevención Y Control De La Legionelosis (Real Decreto)criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.La legionelosis es una enfermedad bacteriana de origen ambiental que suele presentar dos formas clínicas diferenciadas: la infección pulmonar o Enfermedad del Legionario, que se caracteriza por neumonía con fiebre alta, y la forma no neumónica, conocida como Fiebre de Pontiac, que se manifiesta como un síndrome febril agudo y de pronóstico leve.
La infección por Legionella puede ser adquirida en dos ámbitos, el comunitario y el hospitalario. En ambos casos la enfermedad puede estar asociada a varios tipos de instalaciones, equipos y edificios. Puede presentarse en forma de brotes y casos aislados o esporádicos... Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 18/07/2003. Grupo:Sancionador SaludTamaño:194 kb
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 | Ley 16/2003, De 28 De Mayo, De Cohesión Y Calidad Del Sistema Nacional De Salud (Leyes)El objeto de esta Ley es establecer el marco legal para las acciones de coordinación y cooperación de las Administraciones públicas sanitarias, en el ejercicio de sus respectivas competencias, de modo que se garantice la equidad, la calidad y la participación social en el Sistema Nacional de Salud, así como la colaboración activa de éste en la reducción de las desigualdades en salud. Tipo: Leyes. Ambito: Nacional. Fecha: 29/05/2003Tamaño:74 kb
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| Ley 8/2003, De 24 De Abril, De Sanidad Animal (Leyes)La sanidad animal se considera un factor clave para el desarrollo de la ganadería, y es de vital transcendencia tanto para la economía nacional como para la salud pública, así como para el mantenimiento y conservación de la diversidad de especies animales. Para la salud pública, por la posible transmisión de enfermedades de los animales al hombre, y por los efectos nocivos que para éste puede provocar la utilización de determinados productos con el fin de aumentar la productividad animal. Para la economía nacional, no sólo por las pérdidas directas que la enfermedad produce en las explotaciones afectadas, sino también por las pérdidas indirectas que originan las restricciones que se pueden producir en los mercados Interior y exteriores para los animales afectados y sus productos, determinando la utilización de importantes recursos del Estado y, en casos extremos, pudiendo llegar a adquirir proporciones cuyas consecuencias bien pudieran ser calificadas de catastróficas. Tipo: Leyes. Ambito: Nacional. Fecha: 25/04/2003Tamaño:76 kb
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 | Real Decreto 140/2003, De 7 De Febrero, Por El Que Se Establecen Los Criterios Sanitarios De La Calidad Del Agua De Consumo Humano (Real Decreto)El presente Real Decreto tiene por objeto establecer los criterios sanitarios que deben cumplir las aguas de consumo humano y las instalaciones que permiten su suministro desde la captación hasta el grifo del consumidor y el control de éstas, garantizando su salubridad, calidad y limpieza, con el fin de proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 21/02/2003. Grupo:AlimentaciónTamaño:103 kb
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