BOP nº 116, Granada, lunes 21 de junio de 2021
ÁREA DE MOVILIDAD
Recibo manual del servicio auto-taxis del Área de Prestación Conjunta de Granada
EDICTO
Por el presente se hace saber que con fecha 31 de mayo de 2021, el Tte. de Alcalde Delegado de Seguridad Ciudadana, Movilidad, Proyectos Estratégicos y Oficina Metropolitana, ha dictado el siguiente Decreto por el que se regula el recibo manual del servicio de auto-taxis del Área de Prestación Conjunta de Granada.
DECRETO: Con fecha 9/04/2021, la Asociación Gremial Provincial de Trabajadores de Auto-taxis de Granada, presentó propuesta del nuevo recibo manual del servicio de auto-taxi del Área de Prestación Conjunta de Granada. Dicha propuesta se ha remitido a la Asociación Radio Taxi Genil dando trámite de audiencia por plazo de 10 días.
Con fecha 28/04/2021, la Asociación Radio Taxi Genil presentó alegaciones donde solicitaba que al ser una factura simple no se debería poner el número de factura, ya que podría crear un problema de continuidad en la numeración con respecto a los tickets que expiden las impresoras conectadas al taxímetro. Asimismo solicitan que el campo “LICENCIA Nº” quede sin imprimir y lo rellene el taxista a mano.
La Ordenanza reguladora del Servicio de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo Auto-taxis en el Municipio de Granada (BOP nº 25 de 8 de febrero de 2021) determina en el art. 68 lo siguiente:
“Artículo 68. Expedición de recibos y justificantes del servicio.
1. El personal de conducción está obligado a expedir recibo del importe del servicio mediante impresora conectada al taxímetro y a ponerlo a disposición de la persona usuaria. En caso de avería de la impresora se podrá entregar un recibo según el modelo oficial y con el contenido aprobado por el Ayuntamiento de Granada.
2. El contenido mínimo de cualquier recibo del servicio será en todo caso el siguiente: Número del recibo y NIF o CIF de la persona titular de la licencia, número de licencia (de forma impresa o troquelado y no manipulable en el caso de recibo manual), matrícula del vehículo, origen y destino del servicio, fecha del mismo, clase de tarifa aplicada, hora de inicio y fin del servicio, distancia recorrida, y cuantía total, indicando de forma separada y desglosada los distintos suplementos aplicados. Los datos de origen y destino deberán constar de forma impresa, excepto en los vehículos que a la entrada en vigor de esta ordenanza, sus dispositivos de gestión e impresión no lo permitan, en los cuales podrá ser manual. Se mantendrá esta excepción hasta que se produzca el cambio o sustitución de dichos dispositivos.”
Teniendo en cuenta lo establecido en el art. 68, es obligatorio que el recibo manual contenga el núm. del recibo y el número de licencia, éste último de forma impresa o troquelado y no manipulable. Por lo tanto, no se pueden estimar las alegaciones de la Asociación Radio Taxi Genil, ya que la propuesta que han realizado va en contra de lo dispuesto en la ordenanza en vigor.
Visto lo anterior, en uso de las facultades que confiere el art. 124.4.g) y 124.5. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con la resolución del Excmo. Sr. Alcalde, de fecha 1 de julio de 2019, publicada en el BOP núm. 128 de 9 de julio de 2019, por el que se delegan competencias en la Delegada del Área de Seguridad Ciudadana, Movilidad, Proyectos Estratégicos y Oficina Metropolitana, DISPONGO:
PRIMERO: Se establece el modelo oficial de recibo manual del Área de Prestación Conjunta que deberá entregarse a la persona usuaria del servicio de auto-taxi en caso de avería de la impresora, conforme al formato que se anexa.
SEGUNDO: En el hueco que queda en el margen superior derecho podrá ponerse el teléfono para solicitar taxi y la app correspondiente.
TERCERO: Notificar la presente resolución a las distintas asociaciones de taxistas, y publicar en el BOP para general conocimiento.
Granada, 1 de junio de 2021.-El Tte. de Alcalde Delegado de Seguridad Ciudadana, Movilidad, Proyectos Estratégicos y Oficina Metropolitana, fdo.: César Díaz Ruiz.
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