Retomar prestación de servicios sin las medidas de reducción establecidas por Decreto de 27-03-2020, a la empresa encargada de los trabajos de conservación de la señalización vertical, horizontal y de elementos de balizamiento API, MOVILIDAD S.A
DECRETO:
Por el Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana, Movilidad, Proyectos Estratégicos y Oficina Metropolitana, se ha elevado a esta Alcaldía la siguiente propuesta:
“Vistas las actuaciones seguidas en el Expte.8744/2020, de las que resulta:
1º.- Por Jefe del Servicio de Circulación y Señalización y el Director General de Movilidad, en fecha 15 de abril de 2020, se ha emitido el siguiente informe:
"De acuerdo con lo establecido en la disposición cuarta del Decreto de 15 de marzo de 2020 de Servicios Mínimos en el Ayuntamiento de Granada ante la crisis del COVID-19, sobre el establecimiento de servicios mínimos y en su caso la supresión o refuerzo en la prestación de los mismos, por parte de la Dirección del Área se estableció que, durante el periodo del Estado de Alarma, en lo relativo a los Equipos de trabajo de Mantenimiento de la Señalización Vertical, Horizontal y de Elementos de Balizamiento en la ciudad de Granada así como a los Equipos de Trabajo de Conservación, Mantenimiento e Instalaciones de Elementos de Regulación, Control y Gestión de Tráfico en la ciudad de Granada, estos fueran reducidos al mínimo necesario para el Mantenimiento Correctivo cuyos integrantes, siguiendo las indicaciones de la Delegación de Recursos Humanos, Organización, Servicios Generales y Régimen Interior, habrían de permanecer en las instalaciones de las empresas concesionarias salvo el tiempo necesario para realizar las reparaciones de la señalización que se les encomendasen.
Tras finalizar las dos semanas de Confinamiento establecidas por el Gobierno y habiéndose retomado, aún dentro del mantenerse el Estado de Alarma, la vuelta a la actividad laboral, entre otros, del sector de la Construcción y de la Industria todo ello con las limitaciones y condiciones de seguridad establecidas por la autoridad sanitaria.
Por parte de estos Servicios se entiende que, al igual que en el resto de las empresas concesionarias de servicios de este Ayuntamiento (pavimentos, jardines, alumbrado...), la empresa encargada de los trabajos de Conservación de la Señalización vertical, horizontal y de elementos de balizamiento (API MOVILIDAD, S.A) puede retomar la prestación de los servicios sin las medidas de reducción que fueron establecidas (Decreto de fecha 27/3/20).
En el caso de la empresa ACISA S.A.se retoma los servicios teniendo en cuenta que, como quiera que las pilonas están actualmente bajadas (debido a los escasísimos niveles de tráfico de estos días), el Servicio de operadores de pilonas no se prestará mientras dure el estado de alarma, o antes si los servicios técnicos del Área así lo determinan en función de las circunstancias del tráfico.
Para la eficacia de las medidas adoptadas y su adecuación a la evolución de la pandemia, se evaluará el nivel de servicio prestado con estricto cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas por las autoridades sanitarias, pudiéndose introducir nuevas variaciones en el servicio si así se estimase oportuno."
2º.- Ante esta situación, es por lo que se estima necesario ir retomando progresivamente la actividad, con las limitaciones y condiciones de seguridad que se establezcan por la autoridad sanitaria.
En base a cuanto antecede, propongo a la Alcaldía que dicte Decreto disponiendo lo siguiente:
Primero: Retomar la prestación de los servicios sin las medidas de reducción que fueron establecidas por Decreto de 27-03-2020, a la empresa encargada de los trabajos de conservación de la señalización vertical, horizontal y de elementos de balizamiento API MOVILIDAD S.A.
Segundo: En el caso de la empresa ACISA S.A.se retoma los servicios teniendo en cuenta que, como quiera que las pilonas están actualmente bajadas (debido a los escasísimos niveles de tráfico de estos días), el Servicio de operadores de pilonas no se prestará mientras dure el estado de alarma, o antes si los servicios técnicos del Área así lo determinan en función de las circunstancias del tráfico.
Tercero: Para la eficacia de las medidas adoptadas y su adecuación a la evolución de la pandemia, se evaluará el nivel de servicio prestado con estricto cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas por las autoridades sanitarias, pudiéndose introducir nuevas variaciones en el servicio si así se estimase oportuno
Cuarto: Comunicar la presente resolución a API MOVILIDAD S.A. y ACISA S.A, que deberán dar cumplimiento inmediato adoptando las medidas que resulten precisas al efecto.
Quinto: Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento para su conocimiento en la próxima sesión que celebre.
Sexto: Publicar la presente resolución en la sede electrónica del Ayuntamiento de Granada..”
A la vista de lo anterior y aceptando la propuesta, DISPONGO:
-Aprobar la propuesta transcrita en todos sus términos, debiendo cumplimentarse las actuaciones reseñadas en la misma.
Granada, firmado electrónicamente
EL ALCALDE
Fdº. Luis Miguel Salvador García
