Subvenciones, Becas y Ayudas
Igualdad
2025. Becas madres estudiantes 2025
BOP 185/2025 (del 29/09/2025)
Plazo de Presentación de solicitudes
Desde el 30 de septiembre al 14 de octubre de 2025, ambos inclusive Resumen
Las “Becas para Madres Estudiantes” tienen por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de apoyar a las madres estudiantes de la ciudad de Granada para compatibilizar el cuidado de sus hijos e hijas y la incorporación o continuidad de sus estudios.
BOP nº 185, Granada, lunes 29 de septiembre de 2025
Las becas se destinan a mujeres estudiantes con hijas/os que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser madre de una hija/o menor de 10 años a fecha de 31 de diciembre de 2025.
- Estar empadronada en Granada capital con una antelación previa de seis meses respecto a la fecha de finalización del plazo de solicitud.
Las interesadas en obtener esta beca deberán presentar la solicitud en el plazo de 15 días naturales,
desde el 30 de septiembre al 14 de octubre de 2025, ambos inclusive.
, conforme al modelo de solicitud normalizado debidamente cumplimentada y firmada por la solicitante y, en caso de ser menor de edad, por la persona representante.
Puede acceder y descargar al contenido completo de la convocatoria, extracto y acuerdo de la Junta de Gobierno local a través de los siguientes ficheros pdf.
Extracto de la convocatoria:

Bases y acuerdo de la Junta de Gobierno Local:
Ser madre de un hijo/a menor de 10 años a fecha de 31 de diciembre de 2025.
Estar empadronada en el municipio de Granada con una antelación previa de seis meses respecto a la fecha de finalización del plazo de solicitud.
Cursar estudios en cualquiera de las siguientes modalidades:
a) Formación reglada de bachillerato, formación profesional, estudios universitarios o escuela oficial de idiomas, siempre que sea impartida por centros públicos o privados con reconocimiento oficial, incluyendo la formación presencial, semipresencial, online o a distancia.
b) Formación no reglada reconocida y homologada por una administración pública. Esta deberá ser presencial, acreditando asistencia y aprovechamiento, con una duración de al menos 250 horas o equivalencia en créditos ECTS. Queda exceptuada respecto del cómputo de horas establecido, la formación para pruebas de obtención de titulaciones y de acceso a otros niveles del sistema educativo.
La solicitante deberá estar matriculada en fecha anterior a la apertura del plazo de solicitud de la Beca para Madres Estudiantes
Los requisitos señalados en el apartado 3.2 y 3.3 deberán mantenerse durante todo el periodo que abarque la formación o el curso académico de la convocatoria y estar acreditados de forma fehaciente en el momento de la solicitud.
Ser titular de una cuenta bancaria, cuyos datos y documentación acreditativa se aportarán una vez la solicitante obtenga la condición de beneficiaria.
La comisión de valoración estará compuesta por: Concejala Delegada de Educación, Empleo e Igualdad (Presidencia) o quien en esta delegue, Jefatura del Servicio de Igualdad, Representante del Consejo Municipal de la Mujer y 1 Agente para la Igualdad, que realizará las funciones de secretaría y verificará que las solicitudes cumplen los requisitos exigidos.
Esta Comisión de Valoración formulará propuesta motivada de resolución basándose en los siguientes criterios:
Las solicitudes serán valoradas sobre una puntuación máxima de 25 puntos, distribuidos conforme a los siguientes criterios:
Criterios familiares (Máximo 20 puntos)
1. Edad de la solicitante (hasta 5 puntos)
- De 18 a 24 años: 5 puntos
- De 25 a 29 años: 4 puntos
- De 30 a 34 años: 2 puntos
- De 35 años o más: 0 puntos
2. Nº de miembros menores de edad en la unidad familiar de convivencia (hasta 5 puntos)
- 1 miembro: 2 puntos
- 2 miembros: 4 puntos
- 3 miembros o más: 5 puntos
3. Existencia de miembros con discapacidad (igual o superior al 33%) en la unidad familiar de convivencia a cargo de la solicitante (2 puntos)
4. Contar la solicitante con el reconocimiento de persona cuidadora no profesional de persona/s en situación de dependencia (2 puntos).
5. Unidad familiar monoparental (convivencia sólo de la madre con sus hijos/as) (5 puntos)
6. Acreditación de la condición de víctima de violencia de género (1 punto)
Criterios económicos (Máximo 5 puntos)
Renta anual de la unidad familiar referida a 2024 (hasta 5 puntos)
- Renta anual no superior a 18.000 euros : 5 puntos
- Renta anual entre 18.001euros y 24.000: 2 puntos
- Renta anual entre 24.001 euros y 30.000 euros: 1 punto
En el supuesto de no existir, por algún miembro de la unidad familiar obligación de presentar Declaración de la Renta, se aportará Certificado expedido por la Agencia Tributaria, acreditativo de dicha circunstancia, en el que figuren los datos de los que disponga ésta, o bien Declaración Responsable donde se exprese esta circunstancia y el nivel de ingresos anuales, pudiendo complementarse por otros medios (certificado de empresa, por ejemplo).
Los criterios familiares y económicos serán de aplicación cuando el número de solicitudes de becas aprobadas a trámite supere el número establecido en base a la asignación presupuestaria en la convocatoria. En caso de empate, se dilucidará mediante la selección de las solicitantes que obtengan mayor puntuación, aplicando uno a uno, en el mismo orden y con carácter excluyente, los criterios recogidos en el apartado 1. De persistir el empate se atenderá a la menor renta familiar.
El no firmar la solicitud, no autorizar al Ayuntamiento a consultar y obtener los datos de ficheros de otras administraciones a efectos de la resolución de la solicitud, y/o no dar el consentimiento para que los datos personales sean incorporados en un fichero automatizado del Servicio de Igualdad, serán causa de exclusión de la solicitud.
Puede obtener el modelo de solicitud a través del siguiente enlace: Modelo de solicitud
- Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones BDNS (Identif.): 854699
Más información:
Centro Europeo de las Mujeres Mariana Pineda
Centro Municipal de Información a la Mujer

