1. Se convocan para los ejercicios 2020 y 2021, en régimen de concurrencia no competitiva, los incentivos para la rehabilitación energética en edificios existentes en Andalucía, acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
2. La presente convocatoria se rige, en todo aquello que no esté previsto en la misma, por lo dispuesto en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto.
3. La finalidad de los incentivos es contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de reforma de edificios existentes, con independencia de su uso y de la naturaleza jurídica de sus titulares, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final que establece el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, conforme a las condiciones establecidas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto y en la presente convocatoria
Actualizado: 29/10/2020