Para participar como persona candidata en las ofertas del Programa de Empleo y Formación, se deberá tener solicitado en la demanda de empleo el servicio 370_OTROS PROGRAMAS DE FORMACIÓN Y EMPLEO. FORMACIÓN DUAL, incluyendo la familia profesional de la especialidad solicitada, o familia profesional y área de conocimiento, según proceda.
Este servicio podrá registrarse tanto en las oficinas del Servicio Andaluz de Empleo como en las Unidades de la Red Andalucía Orienta.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de las bases reguladoras de la subvención, la selección del alumnado se realizará en las siguientes fases:
1º.- Fase de preselección:
El Ayuntamiento de Granada presentará una oferta de empleo ante el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), con un mínimo de treinta días de antelación a la fecha prevista de inicio del proyecto.
El SAE efectuará una preselección de personas candidatas en el municipio que cumplan los requisitos relacionados anteriormente, y proporcionará tres candidatos/as adecuados/as y disponibles, a razón de tres por cada puesto, garantizando que la participación de mujeres sea, al menos, del 50%, salvo que por las circunstancias que concurran en la gestión de la oferta no sea posible una participación en dicha proporción.
2º.- Fase de selección:
El Ayuntamiento de Granada realizará la selección del alumnado participante de los proyectos según el proceso que se indica.
Recibida la relación de aspirantes propuestos por el SAE, el Ayuntamiento de Granada, a través del Área de Empleo, designará al Tribunal encargado de la selección y procederá a la celebración de una sesión informativa con el objetivo de explicar el proceso selectivo y recogida de la correspondiente documentación para la realización del proceso selectivo.
El Tribunal Calificador comprobará, en primer lugar, que las personas candidatas propuestas cumplen los requisitos generales de colectivo, para formalizar un contrato de formación en alternancia y del nivel de cualificación correspondiente a cada uno de los proyectos.
A continuación, procederá a la Baremación de méritos y entrevista de las personas candidatas. Los criterios de selección aplicables a los procesos selectivos para ocupar los puestos se especifican a continuación:
FORMACIÓN COMPLEMENTARIA relacionada y acreditada con las competencias a desarrollar en el proyecto a realizar y formación transversal (competencias digitales, igualdad y PRL). Puntuación máxima 1,5 puntos; valorándose a 0,005 puntos por hora de formación acreditada.
EXPERIENCIA PROFESIONAL previa en ocupaciones relacionadas con la especialidad a desempeñar, debidamente acreditada con contratos e informe de vida laboral actualizado. Puntuación máxima 1,5 puntos, valorándose a 0,10 puntos por cada mes.
No haber participado en los últimos tres años como alumno/a contratado/a en un proyecto del Ayuntamiento de Granada financiado con cargo a las subvenciones públicas del programa de empleo y formación. Si se cumple esta condición la puntuación es de 2 puntos; en caso contrario la puntuación es de 0 puntos.
ENTREVISTA DE SELECCIÓN en la que se valorará:
Realización de itinerario personalizado de orientación laboral (máx. 1 punto).
Actividad relacionada con la búsqueda de empleo (máx. 1 punto).
Trayectoria profesional (máx. 1 punto).
Motivación para realizar el proyecto (máx. 2 puntos).
Actitudes y habilidades de comunicación (máx. 2 puntos).
Puntuación máxima 7 puntos.
La puntuación máxima total a obtener es de 12 puntos y en caso de empate se resolverá por orden alfabético de apellido, comenzando por la letra Ñ, de conformidad con la Resolución de 13 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la presente resolución y que se celebren durante el año 2026.
De conformidad con el artículo 10.1.b) de las bases reguladoras de la subvención, en la selección provisional de la entidad se deberá garantizar que la participación de las mujeres en el proyecto sea de al menos un 50%, salvo que por circunstancias que concurran en este proceso no sea posible una participación en la proporción indicada, debiendo quedar justificado este extremo en la memoria de actuación prevista en el artículo 36.3.a) de las bases.
La propuesta provisional de alumnado seleccionado deberá ser validado por la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada, como órgano de seguimiento competente, para proceder a la publicación del listado definitivo del alumnado seleccionado participante y alumnado seleccionado en situación de reserva.