Nota de prensa


Ordenanzas reguladoras IMFE


Fecha: 23/11/2007
Área/s: Turismo

Descripción:
EL CONSEJO RECTOR DEL IMFE APRUEBA LAS ORDENANZAS REGULADORAS DE TASAS POR UTILIZACIÓN DE SUS INSTALACIONES Y BIENES, Y LA DE PRECIOS PÚBLICOS DE CURSOS PROPIOS DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL

La formación dirigida a desempleados en general, y a colectivos en riesgo de exclusión social, seguirá gozando de las mismas condiciones de gratuidad existentes hasta ahora
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El Consejo rector del IMFE, en sesión mantenida esta mañana, ha aprobado sendas ordenanzas fiscales; una de las cuales regulará las tarifas por utilización de las instalaciones y bienes del IMFE por entidades ajenas al instituto; y una segunda, que contiene los precios públicos por asistir a cursos de especialización profesional impartidos por el IMFE dentro del Plan de Formación propia previsto.

La aprobación de dichas ordenanzas no afecta en modo alguno a los cursos de formación dirigidos a desempleados en general, ni a la formación destinada a los colectivos en riesgo de exclusión social, que continuarán gozando de las mismas condiciones de gratuidad existentes hasta ahora. Así lo ha explicado Marifrán Carazo, quien ha aclarado que el IMFE no tiene por qué limitar su oferta formativa a los cursos que sean aprobados por la Junta de Andalucía en el marco de los programas subvencionados. Así, con el objetivo de ofrecer especialización profesional innovadora, el organismo municipal iniciará el próximo año el citado Plan de formación propia.

Igualmente, en el caso de las ordenanzas por utilización de instalaciones del instituto, “quedan excluidas de su pago, aquellas entidades sin ánimo de lucro que tienen suscrito convenio de colaboración con el IMFE”. Con dicha ordenanza se pretende dar cobertura al cobro de las cuantías económicas correspondientes a la utilización de los bienes, es decir, salas, equipos, y dependencias del instituto, por organismos y entidades ajenos al IMFE.

La medida, según la delegada, resultará beneficiosa en tanto los recursos generados se reinvertirán en el mantenimiento y reposición de dichos equipamientos, que con el tiempo sufren el lógico deterioro derivado de su uso.


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