Nota de prensa


Notificacón Multas de Tráfico


Fecha: 09/04/2014
Área/s: Tráfico

Descripción:

TELESFORA RUIZ: “EL AYUNTAMIENTO NOTIFICA LAS MULTAS DE TRÁFICO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO”


La edil de Movilidad responde a las críticas vertidas por el grupo municipal de IU al respecto, y asegura que “el procedimiento de notificación agota todos los mecanismos existentes en favor del interesado”.





La concejal de Movilidad y Protección Ciudadana, Telesfora Ruiz, ha asegurado esta mañana que “desde hace dos años, el Ayuntamiento notifica las denuncias de tráfico de acuerdo a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo y las normas de desarrollo de la Ley de Tráfico, de tal modo que se agotan todos los mecanismos existentes en favor del interesado”. Con estas palabras, la delegada sale al paso de las acusaciones del grupo municipal de IU, para quien, este sistema de notificación resulta “una maniobra y un sistema perverso aprovechando un vacío legal”





“Cuando las denuncias de tráfico no pueden ser notificadas en el acto al infractor, ya sea por no encontrarse presente, porque la denuncia se ha realizado a través de medios de captación y reproducción de imágenes o por cualquier circunstancia derivada de la circulación, la notificación se efectúa en un momento posterior conforme al procedimiento establecido legalmente”.





En este sentido, Ruiz, ha querido recordar a Puentedura los distintos supuestos posibles y los procedimientos establecidos en cada caso para notificar, “procedimientos que el Ayuntamiento sigue en todos los casos, en cumplimiento de la legalidad vigente”.





Según la ley, la Administración sancionadora notificará las denuncias en la Dirección Electrónica Vial o, en su defecto, en el domicilio que figure en los Registros de la DGT.


En los supuestos en que las notificaciones que se remiten al domicilio que figura en el Registro de la DGT resulten desconocidas o incorrectas se remite nueva notificación al domicilio que figura en el Padrón de Habitantes.


Cuando el interesado no se halle presente en el momento de entregarle la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. No obstante, si nadie se hiciera cargo de la notificación, se anotará esta circunstancia en el expediente sancionador, junto con el día y la hora en que se intentó, y se practicará de nuevo dentro de los tres días siguientes. Si tampoco fuera posible la entrega, se dará por cumplido el trámite, procediéndose a la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).


Por último, en el supuesto en el que, estando el interesado en el domicilio, rechazase la notificación, se hará constar en el expediente sancionador, especificándose las circunstancias del intento de notificación, teniéndose por efectuado el trámite y continuándose el procedimiento.


Si el resultado de la notificación es que el interesado es desconocido en el domicilio al cual se dirigió la misma, la Administración procederá a la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).


Para la edil, “resulta del todo falso y lamentable acusar al Ayuntamiento de acudir a un sistema de notificación de multas por un afán recaudatorio y aprovechando un vacío legal, cuando precisamente, siguiendo lo que marca la ley al respecto, el procedimiento de notificación agota todos los mecanismos existentes en favor del interesado”


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