Por Areas
Servicios Generales
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Real Decreto 2271/2004, De 3 De Diciembre, Por El Que Se Regula El Acceso Al Empleo Público Y La Provisión De Puestos De Trabajo De Las Personas Con Discapacidad (Real Decreto)Las personas con cualquier tipo de discapacidad tendrán derecho a acceder al empleo público en las condiciones reguladas en este real decreto. A los efectos de esta norma, se entiende por persona con discapacidad la definida en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, es decir, aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 17/12/2004Tamaño:10 kb
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Ley 9/2001, De 12 De Julio, Por La Que Se Establece El Sentido Del Silencio Administrativo Y Los Plazos De Determinados Procedimientos Como Garantías Procedimentales Para Los Ciudadanos (Leyes)Sin perjuicio de lo dispuesto en cualquier otra norma con rango de ley, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa de los procedimientos administrativos que se detallan en el Anexo I de la presente Ley será el establecido para cada uno de ellos en el mismo. Tipo: Leyes. Ambito: Nacional. Fecha: 12/07/2001Tamaño:2 kb
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Estatutos Del Patronato Municipal De Comunicación Del Ayuntamiento De Granada (Estatutos)El Excmo. Ayuntamiento de Granada crea, al amparo del artículo 85.3.bl de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local y 85 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, el PATRONATO MUNICIPAL DE COMUNICACIÓN, encargado de la gestión directa del Servicio de Comunicación, Información Municipal y Publicaciones. Tipo: Estatutos. Ambito: Local. Fecha: 02/07/1998Tamaño:16 kb
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Ley Orgánica 10/1995, De 23 De Noviembre, Del Código Penal (Leyes orgánicas)Tipo: Leyes orgánicas. Ambito: Nacional. Fecha: 23/11/1995 Tamaño:1 kb
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Real Decreto Legislativo 781/1986, De 18 De Abril, Por El Que Se Aprueba El Texto Refundido De Las Disposiciones Legales Vigentes En Materia De Régimen Local (Real Decreto)Para el cumplimiento de sus fines, los Ayuntamientos, en representación de los Municipios, las Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo, en representación de las Provincias, y los Consejos y Cabildos, en representación de las Islas, tendrán plena capacidad jurídica para adquirir, poseer, reivindicar, permutar, gravar o enajenar toda clase de bienes, celebrar contratos, establecer y explotar obras y servicios públicos, obligarse, interponer los recursos establecidos y ejercitar las acciones previstas en las leyes. Tipo: Real Decreto. Ambito: Nacional. Fecha: 22/04/1986Tamaño:3 kb
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Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad