Resumen: El Gobierno cree que el horizonte de todo cambio en la legislación funcionarial ha de venir establecido por las bases del Régimen Estatutario de los Funcionarios Públicos, que, en desarrollo del artículo 149.1.18 de la Constitución, es preciso dictar. Tales bases, referidas al conjunto de los funcionarios de todas las Administraciones Públicas, constituirán el nuevo marco de la Función Pública derivado de nuestra Constitución. El Gobierno se propone sin tardanza abordar su elaboración y envío a las Cámaras.
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BOE num. 185 de 03 de Agosto de 1984
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública.
Puede consultarse el texto completo de dicha ley en el Boletín Oficial del Estado a través del siguiente enlace:
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública.