* Incluye la modificación del texto según el Acuerdo de la JGL del día 29 de abril del 2022 de Regulación carrera profesional horizontal personal discapacitado intelectual.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
SISTEMA DE CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL AYUNTAMIENTO DE GRANADA
APROBADO POR ACUERDO DE JGL DE 10 DE MAYO DE 2019, DESARROLLADO POR OTRO ACUERDO DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2019, Y MODIFICADO POR ACUERDO DE 16 DE ABRIL DE 2021 - EJECUCIÓN SENTENCIA TSJA NUM. 2925/2021 - 20/07/2021 - ACUERDO JGL 26 NOVIEMBRE 2021
1º. Se establece por cada seis años de antigüedad, un grado (grado uno), pudiéndose alcanzar un máximo de cinco.
2º. Los empleados públicos, personal funcionario o laboral que sea de nuevo ingreso en el Ayuntamiento de Granada, comenzarán en el grado cero.
3º. Se podrán acumular servicios prestados en el Ayuntamiento de Granada exclusivamente de forma temporal para alcanzar la antigüedad mínima necesaria para la adquisición de cada grado.
4º. Procedimiento de adquisición:
a) En el último trimestre de cada año se abrirá un periodo para presentación de solicitudes de reconocimiento de grado para el siguiente.
b) Solo podrán presentar dicha solicitud el personal municipal que en el año siguiente tenga previsto cumplir seis años desde el reconocimiento del grado anterior o bien tenga el asignado inicialmente el cero.
c) Requisitos de la solicitud y procedimiento de valoración:
1. Haber realizado y superado en su caso acciones formativas como alumno específicas sobre materias directamente relacionadas con las funciones encomendadas al puesto de trabajo, las principales tareas y responsabilidades que lo caracterizan, así como otras de carácter transversal y de promoción profesional, en los últimos seis años por un total de 200 horas.
El personal discapacitado intelectual deberá acreditar un total de 50 horas.
2. Las acciones formativas transversales no podrán superar el 50% de la totalidad de horas previstas.
Las materias a valorar en este apartado, siempre que no se incluyan dentro de los itinerarios específicos que se detallan en el siguiente punto, serán:
- Prevención de riesgos laborales
- Igualdad entre mujeres y hombres
- Lenguaje de signos
- Ofimática/Tecnologías de la información y de la comunicación
- Protección de datos
- Transparencia
- Idiomas
- Procedimiento administrativo/régimen local
- Habilidades sociales/directivas/calidad en los servicios públicos
3. Las acciones formativas específicas deberán estar relacionadas bien con las funciones del puesto que se desempeña dentro del área competencial en el que se encuentra adscrito, bien en el ámbito de la promoción/desarrollo profesional. En ambos casos la comisión de valoración tendrá un criterio amplio para su clasificación en uno de estos apartados, atendiendo a los siguientes itinerarios:
- Itinerario uno: Administración General.
- Itinerario dos, Protección y Seguridad Ciudadanas: Policía Local/ Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento. Protección ciudadana. Seguridad. Orden público. Salvamento. Protección Civil, etc.
- Itinerario tres, técnico: Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística, vivienda, obras públicas, ciclo integral del agua, mantenimiento de servicios públicos, alumbrado público, movilidad.
- Itinerario cuatro, medio ambiental, salud y consumo: Medio ambiente, salud pública, limpieza viaria, seguridad en actividades organizadas en espacios públicos y lugares de concurrencia pública, prevención y extinción de incendios, ordenación, planificación y gestión de la defensa y protección de personas usuarios y consumidoras, mercados.
- Itinerario cinco, ciencias sociales: Promoción del turismo, planificación y gestión de actividades culturales y promoción de la cultura, promoción del deporte y gestión de equipamientos deportivos de uso público. Participación Ciudadana, Educación, Servicios Sociales, Juventud, Empleo e Igualdad de Oportunidades. Relaciones Institucionales. Protocolo
- Itinerario seis, áreas generalistas: Informática, organización, calidad, servicios jurídicos, economía-hacienda pública, prevención de riesgos laborales/salud laboral
Se valorarán cursos, seminarios, congresos, jornadas o similar, impartidos por Administraciones Públicas, Universidades Públicas, Colegios Profesionales, Asociaciones Profesionales (en caso de que no exista Colegio Profesional), y los desarrollados en el marco de los Acuerdos de Formación para el Empleo o los debidamente homologados por Administraciones Públicas.
No se valorarán aquellos cuya superación sea necesaria para alcanzar la condición de funcionario de carrera.
La comisión técnica aprobará y publicará la relación de materias a considerar en cada itinerario específico.
A estos efectos se deberá presentar la misma en modelo normalizado en el que se indicarán de forma expresa las mismas ordenadas de mayor a menor número de horas.
4. Las titulaciones académicas oficiales superiores, tales como títulos de grado, licenciatura, master, posgrado o doctorado, se valorarán siguiendo los criterios establecidos en el apartado anterior.
Estas deberán haberse completado dentro del último periodo sexenal.
De estimarse su valoración la equiparación será la siguiente:
- Título de técnico superior 100 horas
- Título de grado 150 horas
- Título de Master/Posgrado Universitario (aprobado por el Ministerio de Educación y Ciencia), licenciatura o grados universitarios acreditados con este nivel, hasta 175 horas:
a) Master Universitario Oficial 150 horas cuando tenga un número de créditos no superior a 60 y de 175 horas cuando sea superior a estos, siempre que el número de horas/crédito sea 10.
b) Master Universitario Oficial 175 horas cuando el número de créditos se valore conforme al ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos).
c) El título de licenciado/grado (cuando sea equivalente a master o posgrado) universitario, 175 horas.
- Doctorado 200 horas.
Los cursos realizados en los programas del doctorado siempre que no se haya alcanzado el titulo académico correspondiente, se valorarán directamente conforme al número de créditos correspondientes, en su caso.
Las titulaciones académicas exigidas para acceder a la condición de empleado público no podrán ser objeto de valoración alguna.
5. Los resultados de la valoración se harán públicos por la comisión en el primer trimestre de cada año. Siguiéndose el procedimiento administrativo para la recepción de reclamaciones a los mismos, plazo y resolución.
6. Publicada la resolución definitiva, se dispondrá de un mes para presentar un trabajo que versará sobre la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos al puesto de trabajo desempeñado y área o dirección general en la que se encuentra.
El personal discapacitado intelectual deberá superar un cuestionario de 10 preguntas con dos respuestas alternativas relacionado con los conocimientos adquiridos.
La extensión del mismo será:
. Grupo E (AP). Mínimo tres páginas y un máximo de cinco.
. Grupo C y B. Mínimo cinco y máximo ocho.
. Grupo A. Mínimo ocho y máximo doce.
El formato deberá incluir portada, índice y bibliografía que no computará dentro de la extensión establecida.
Márgenes de impresión: superior e inferior 2,5 cm. Izquierdo y derecho 3,0.
Tipo de letra: times new roman 12
Interlineado: sencillo
Alienación: justificada
Numeración de páginas, inferior derecha
5. Se designará un asesor por cada itinerario formativo especializado en las materias correspondientes que formará parte de la comisión de valoración a los efectos de calificar los trabajos presentados. Siendo esta, apto/no apto.
De no superarse el trabajo, solo se podrá presentar uno nuevo cuando se abra el plazo de solicitudes de forma anual.
6. Comprobado por la comisión de valoración que se reúnen los requisitos para la adquisición del grado, se publicará relación de trabajadores y se dictará resolución administrativa a tal efecto, en el segundo trimestre de cada año.
7. El cómputo del plazo para pasar al siguiente grado comenzará el día correspondiente en que se haya cumplido y reconocido el anterior. Siendo este el año de referencia para el inicio de las acciones formativas a contabilizar para el siguiente a los efectos de lo previsto en el apartado 4º.c.
Los efectos económicos del reconocimiento del grado de la carrera correspondiente serán del mes siguiente al que se cumpla el plazo de seis años, si no coincidiera con el día primero.
El reconocimiento se producirá una vez comprobada por la comisión de valoración que se han cumplido las horas de acciones formativas establecidas y se haya obtenido la calificación de apto en el trabajo presentado.
No obstante, la superación del trabajo, aun siendo requisito imprescindible, podrá ser posterior a los citados efectos siempre que se desarrolle conforme a lo previsto en este apartado.
En el supuesto de que el trabajador o trabajadora no supere los requisitos para adquirir el siguiente grado de la carrera profesional en el año que le corresponda, la fecha de vencimiento del mismo será del día primero del año en el que se le reconozca por resolución administrativa.
En el caso de que lo obtenga en el año inmediato posterior, no se penalizará el inicio del cómputo de los seis años para la consecución del nivel siguiente.
5º. Se constituirá una comisión de valoración formada por tres miembros, dos por la dirección general de personal y uno por las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación.
6º. El concepto retributivo será grado carrera administrativa horizontal. Se abonará mensualmente conforme a los siguientes valores en doce pagas:
2019 | 2020 | 2021 | 2022 |
5,00 €/mes/grado | 7,00 €/mes/grado | 9,00 €/mes/grado | 12,00 €/mes/grado |
7º. Se constituirá una comisión de seguimiento de la carrera profesional horizontal en la que participarán representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación y personal técnico de la Dirección General de Personal, que será presidida por la Concejalía Delegada de Personal.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera. El personal municipal que alcance el grado cinco de la carrera profesional y su complemento de destino no sea el máximo de su grupo o subgrupo se le incrementará hasta alcanzarlo.
Segunda. El personal municipal que alcance el grado cuatro y cumpla 60 años, se le aplicará directamente el grado cinco a partir de dicha edad con todos sus efectos.
Tercera. La superación de los itinerarios formativos establecidos dentro del Plan de Formación Continua del Ayuntamiento de Granada, computarán tanto en el número de horas exigido para solicitar el siguiente grado en la carrera profesional horizontal como en el trabajo a presentar.
Cuando la suma de las horas de los diferentes itinerarios alcance el mínimo exigido en el apartado 4º.c.1, será suficiente para obtener la calificación de apto y así obtener el siguiente grado de la carrera.
A estos efectos se deberá determinar por la comisión de valoración, según las materias que se establezcan en cada itinerario, su equivalencia, ya sea como transversales o como específicos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera. En 2019 se abonará el grado en un solo pago en el mes de noviembre con la situación de los empleados municipales afectados a 30 de noviembre de 2019 según la fecha de antigüedad reconocida existente en la dirección general de personal a efectos de trienios.
Segunda. El personal municipal que entre los meses de diciembre/2019 a diciembre/2020 alcance un múltiplo de seis exacto, partiendo de la fecha de antigüedad reconocida, se integrarán en el grado siguiente de forma automática con efectos del mes en que el día primero del mismo tengan dicho múltiplo de seis.
Tercera. A partir de 2021 el personal que no alcance el múltiplo de seis exacto pero que les reste un periodo inferior podrán solicitar el reconocimiento de grado según el procedimiento general descrito, exigiendo las horas de formación siguientes de manera proporcional, tomando como referencia la fecha 30/11/2019
Periodo transitorio hasta 2025:
2021: 50 horas acciones formativas 2018 – 2020
2022: 90 horas acciones formativas 2019 – 2021
24 horas para el personal discapacitado intelectual
2023: 125 horas acciones formativas 2019 – 2022
33 horas para el personal discapacitado intelectual
2024: 160 horas acciones formativas 2019 – 2023
41 horas para el personal discapacitado intelectual
2025: 200 horas acciones formativas 2019 - 2024
50 horas para el personal discapacitado intelectual
Cuarta. Para 2021 será suficiente para pasar al siguiente grado la acreditación de la realización de acciones formativas con un mínimo de 50 horas según el cuadro anterior,, siempre que estén relacionadas con la capacitación profesional/personal del empleado municipal y sean impartidas por organismos públicos o estén homologados por estos, según los criterios del apartado 4º.c.
Quinta. En 2023 se abrirá un nuevo periodo de negociación para mejorar la carrera profesional horizontal, en el que se deberán tener en cuenta criterios como la mejora en la calidad de los servicios, el grado de competencias adquiridos y la brecha salarial.
La dotación para esta será al menos de un 25% superior a la del año anterior, incrementándose hasta el 30% cuando el crecimiento del PIB de España sea del 2% o superior y del 40% cuando sea del 2,5% o superior. Todo ello con referencia al año 2022.
INTERPRETACION SISTEMA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL COMISIÓN TÉCNICA DE SEGUIMIENTO
19 DE ENERO 2022
- APARTADO 4º.c.2 y 3
Las materias correspondientes a
“derecho administrativo general” se valoraran como específicas en el itinerario de administración general-uno.
Las acciones formativas relativas a
“habilidades sociales/directivas/calidad en los servicios públicos”, se valoraran como específicas en el itinerario seis- áreas generalistas.
Los itinerarios uno y seis son comunes al resto por tratarse de materias genéricas de administración pública y de tecnología de la información y comunicación, por lo que se valoraran siempre y en cualquier caso.
- APARTADO 4º.c.4
Incluir respecto de los idiomas cursados en centros oficiales la siguiente valoración:
Por cada certificado de nivel en una lengua extranjera de las Escuelas Oficiales de idiomas o equivalentes siempre que tengan la calificación oficial del sistema actual a partir del nivel B, a razón de:
B ………. 100 horas
C ………. 120 horas
Solo se valorará un certificado por idioma y nivel.
ANEXO MATERIAS FORMATIVAS
ITINERARIOS CARRERA PROFESIONAL
ITINERARIOS | DENOMINACIÓN | MATERIAS |
Uno | Administración General | Derecho administrativo
Derecho de la Unión Europea
Procedimiento administrativo
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
Régimen Local
Administración Electrónica
Protección de Datos Personales
Transparencia
Contratación Pública
Función Pública
Calidad
Habilidades sociales
Habilidades directivas
Aplicaciones informáticas específicas
Otras que se consideren relacionadas |
Dos | Protección y Seguridad Ciudadana | Normativa específica en la materia
Victimología
Criminología
Cooperación Policial
Sistema penitenciario español
Policía judicial
Organización de la jurisdicción ordinaria
Violencia de género
Derecho Penal
Adiestramiento canino
Voluntariado
Logística aplicada a protección civil
Conducción de seguridad y vehículos de emergencias
Procedimientos de evacuación
Tráfico y seguridad vial
Actuaciones ante Emergencias
Planes de Emergencia
Primeros auxilios
Extinción de incendios
Técnicas e Intervención operativa en salvamento y rescate
Aplicaciones informáticas específicas
Otras que se consideren relacionadas |
ITINERARIOS | DENOMINACIÓN | MATERIAS |
Tres | Técnico | Normativa específica en la materia
Bienes
Vivienda
Licencias
Disciplina urbanística
Ruina
Planeamiento y suelo
Gestión del uso eficiente del agua
Ciclo del agua
Montajes y mantenimiento de instalaciones
Mantenimiento de limpieza en instalaciones
Pavimentos
Climatización
Electricidad
Fontanería
Riesgos químicos y biológicos
Movilidad urbana
Movilidad sostenible
Tráfico y transporte
Educación vial
Aplicaciones informáticas específicas
Otras que se consideren relacionadas |
Cuatro | Medio Ambiental, Salud Y Consumo | Normativa específica en la materia
Prevención y control ambiental
Calidad Ambiental
Residuos
Disciplina ambiental
Educación ambiental
Contaminación
Ruidos, vibraciones y aislamiento acústico
Gestión sostenible del agua
Limpieza viaria
Limpieza de pintadas
Reciclaje
Energías renovables y eficiencia energética
Eventos deportivos y espectáculos públicos
La seguridad en eventos deportivos
Promoción del Comercio
Comercio ambulante
Comercio electrónico
Defensa del consumidor
Tratamiento de Quejas y Reclamaciones
Arbitraje
Mediación
Inspección de consumo
Control de alimentos y bebidas
Sanidad animal
Inspección de mercados
Aplicaciones informáticas específicas
Otras que se consideren relacionadas |
ITINERARIOS | DENOMINACIÓN | MATERIAS |
Cinco | Ciencias Sociales | Normativa específica en la materia
Procesos de participación ciudadana
Gobierno abierto
Información, promoción y desarrollo turístico
Idiomas
Gestión de actividades culturales y recreativas
Bibliotecas y archivos
Dinamización cultural y animación a la lectura
Animación físico-deportiva y recreativa
Actividades físico deportivas
Equipamientos deportivos
Protocolo
Educación
Formacion al personal formador
Didáctica de la educación
Intervención social
Intervención con familias y menores
Exclusión social
Mediación comunitaria
Dependencia
Inmigración y extranjería
Igualdad
Mayores
Discapacidad
Juventud e Infancia
Violencia de Género
Orientación laboral
Intermediación
Inserción laboral
Formación
Lenguaje musical
Instrumentos musicales
Interpretación y dirección musical
Pedagogía Musical
Aplicaciones informáticas específicas
Otras que se consideren relacionadas |
ITINERARIOS | DENOMINACIÓN | MATERIAS |
Seis | Áreas Generalistas | Normativa específica
Seguridad
Higiene Industrial
Psicosociología aplicada
Gestión de Calidad
Procesos
Presupuestos
Haciendas Locales
Subvenciones
Control interno
Control externo
Derecho
Compliance Público
Contratación Pública
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
Telemática
Computación
Administración de tecnologías de la información
Tecnología de la computación
Cibernética
Ofimática avanzada
Protección de datos
Transparencia
Procedimiento administrativo
Régimen Local
Habilidades sociales
Habilidades directivas
Atención al público
Administración Electrónica
Aplicaciones informáticas de carácter específico
Otras que se consideren relacionadas |
PERSONAL MUNICIPAL QUE SOLICITÓ EL RECONOCIMIENTO DE GRADO EN EL AÑO 2021 Y NO ALCANZÓ LAS 50 HORAS DE FORMACIÓN EXIGIDAS
El personal municipal que teniendo como fecha de vencimiento del siguiente grado de la carrera profesional horizontal el año 2021, lo solicitó y no alcanzó el mismo por la insuficiencia en el número de horas exigibles para dicho año, 50; deberá volver a solicitar el mismo en la convocatoria que se realice para 2022.
No obstante, será suficiente con alcanzar las citadas 50 horas en el periodo de referencia 2018-2021, a criterio de la comisión de valoración, para el reconocimiento del grado correspondiente a la carrera profesional.
Los efectos de tal reconocimiento serán:
- Para la fecha de vencimiento del siguiente, el día que lo hubiese cumplido en 2021.
- Económicos desde el 1 de enero de 2022.
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