Residuos
Muebles: : 7. Normativa
Ordenanza de Limpieza, Ornato Públicos y Gestión Municipal de Residuos:
art. 17.6. Con carácter general y con el fin de paliar las dificultades que para su recogida, transporte, valorización o eliminación presentan algunos de los residuos los productores o poseedores de los mismos, deberán adoptar las medidas necesarios de acuerdo con las instrucciones siguientes:
c) La retirada de ros residuos voluminosos, muebles, enseres domésticos, etc. deberá realizarse conforme se dicte por el Ayuntamiento en cada momento. En ningún caso podrán depositarse incumpliendo dichas condiciones.
art. 22.1. El Ecoparque es una instalación municipal donde se pueden depositar los residuos generados en el ámbito doméstico, tales como muebles viejos, aceites de cocina, aceites industriales, restos de poda, maderas, escombros, electrodomésticos.