Licencia de Obra Mayor


Servicio de Declaraciones Responsables

Definición de licencia


LICENCIA  DE OBRA MAYOR
DEFINICIÓN LICENCIA
Proyecto
TIPO

OBRA NUEVA

PROYECTO

Se puede presentar Proyecto Básico o de Ejecución

Proyecto Básico

Se presentarán tantas copias como organismos deban informarlo,
redactado por técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente, comprensivo,
al menos, de la siguiente documentación:

Memoria descriptiva de la edificación proyectada y justificativa de que la misma cumple la
la normativa urbanística en vigor, así como cualquier otra
disposición de carácter técnico o sectorial aplicable (normas básicas de habitabilidad y diseño,
etc.).

Resumen del Presupuesto por capítulos

Fotografías de la parcela donde se pretenda construir, en las que se aprecia la situación en
que se encuentran los viales que linden con ella y todos los linderos de la parcela.

Planos:

1 De situación, referido a cartografía del P.G.O.U. a escala 1/5000 (plano de calificación global)

2 De alineaciones y rasantes acotado, a escala mínima 1/500, con referencias de las
edificaciones y demás elementos próximos existentes que permitan comprobar el ajuste a las
alineaciones vigentes. En este plano se grafiarán los retranqueos obligatorios conforme al
planeamiento si los hubiere, se dibujará la proyección de las líneas eléctricas que sobrevuelen
la parcela si las hubiera y se reflejarán y acotarán asimismo las secciones de los viales a que da
fachada la parcela.

3 Catastral: copia del plano catastral.

4 De parcela, a escala mínima 1/200, acotando las dimensiones de la misma y su superficie.

5 De conjunto, a escala mínima 1/200, indicando ocupación y retranqueos de la edificación.

6 De plantas de la edificación, a escala mínima 1/200, con cotas y superficies.

7 De alzados y secciones acotadas a escala mínima 1/200.

8 De acometidas de los distintos servicios urbanos (agua, saneamiento, electricidad, telefonía y
gas).

9 Cualquier otro plano que se haga necesario para una comprensión completa del proyecto,
especialmente si se trata de obras en el ámbito de planes especiales de protección. En este
último caso, deberán aportarse necesariamente los planos que se especifiquen en la normativa
de protección que resulte de aplicación.

10 De forma discrecional, perspectivas que aporten una mejor comprensión de la volumetría si
en el desarrollo del proyecto se han realizado.

Otros documentos: Anexos comprensivos de las medidas de prevención y prtección contra
incendios, accesibilidad, infraestructuras comunes de telecomunicaciones y de seguridad y
salud laboral, de conformidad con la normativa sectorial de aplicación.

ACLARACIONES

Cuando la obtención de licencia de edificación deba llevar aparejada la previa o simultánea
ejecución de las obras de urbanización necesarias para la conversión de la parcela en solar,
mediante una actuación aislada, se incluirá como anexo un proyecto de obras ordinarias de
urbanización, que será autorizado mediante la misma licencia de edificación. Esta autorización
sustituirá a las ulteriores licencias de acometidas de servicios para lo cual el proyecto deberá
cumplir la normativa sobre acometidas de servicios urbanos.


El proyecto de Infraestructuras y Telecomunicaciones se presentará siempre que le afecte la propiedad horizontal
(Casas unifamiliares no)

Cuando la solicitud de Licencia afecte a:
Albayzín
Centro Infor Urb.
Vega
Alhambra
Si es un edificio BIC (Bien de Interés Cultural)
Se presentarán tres copias del Proyecto Técnico
(En la Información Urbanística quedará definida si le afecta alguna de las Áreas de Actuación Especial anteriormente expuestas)


Si para la ralización de la obra es necesaria la "Ocupación de Vía Pública" se rellanará la casilla correspondiente del Formulario
y se apotará en la entrega de la Documentación el  Formulario específico de Ocupación de Vía Pública con su Autoliquidación.


Presentación del proyecto de ejecución

1 Dentro del plazo concedido por la licencia urbanística para el comienzo de las obras, deberá
presentarse un ejemplar del proyecto de ejecución, visado por el colegio profesional
correspondiente y redactado por técnico competente, así como la hoja de asunción de la
dirección de las obras y de la dirección de la ejecución de la obra. Dicho proyecto hará constar
la superficie de viario público afectado por la ejecución de las obras que deba ocuparse
mientras duren las mismas, así como las medidas necesarias para garantizar la seguridad de
las personas y bienes que transiten por ese viario de no estar ya recogidas en el estudio de
seguridad y salud aportado junto con el proyecto básico.

2 El proyecto de ejecución concordará, bajo la responsabilidad del promotor y del proyectista,
con el proyecto y documentación aportada al objeto de la petición de la licencia concedida,
siendo necesaria la comprobación y aprobación por la Administración de tal extremo para el
inicio de las obras.
Esta concordancia, que en ningún caso podrá modificar los parámetros urbanísticos del
proyecto básico, deberá declararse expresamente por el promotor, el autor del proyecto y la
dirección facultativa, a cuyos efectos se extenderá la correspondiente acta administrativa, que
se firmará en el acto de presentación de la comunicación del inicio de obra, sirviendo para
notificar cualquier anomalía en la documentación presentada.
Todo ello, a fin de que se supervise por los servicios técnicos dicha documentación. La referida
supervisión se efectuará en plazo no superior a 15 días desde que se presente aquella.

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La información facilitada tendrá exclusivamente carácter ilustrativo y no originará derechos ni expectativas de derecho. Página actualizada el: 12/12/2007