Exenciones:
Plazo de presentación de solicitudes:
Durante todo el año
* Antes de que el recibo adquiera firmeza: se le reconocerá la exención para el presente ejercicio.
* Después de que el recibo adquiera firmeza: se le reconocerá la exención para el ejercicio siguiente.
* Vehículos nuevos dados de alta en la Dirección General de Tráfico: se le reconocerá para el presente ejercicio, siempre que lo soliciten dentro del año en curso.
Plazo de presentación de solicitudes:
Dentro del
primer bimestre del ejercicio
Estas solicitudes tendrán efectos desde el inicio del período impositivo, siempre que en la fecha de devengo del tributo hayan concurrido los requisitos legalmente exigibles para su disfrute”
AVISOS
El plazo para solicitar la bonificación es el siguiente:
Del 100 por 100 para los vehículos históricos el plazo de presentación es el primer bimestre del año (1 de enero a 2 de Marzo 2022)
Del 75 por 100 para los vehículos eléctricos el plazo de presentación es el mismo.
Nota: El plazo finaliza el día 1 de marzo de 2022, al ser el último día (28 de febrero), inhábil.
Enlace a los impresos:
IVTM: Bonificación en el impuesto de vehículos de tracción mecánica para los vehículos históricos
IVTM: Bonificación en el impuesto de vehículos de tracción mecánica para los vehículos híbridos-eléctricos