Economía y Hacienda


Gestión de Tributos

Actuaciones y Servicio


Información general: funciones, ordenanzas, calendario y callejero fiscal.

La gestión tributaria, conforme con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, consiste en el ejercicio de las funciones administrativas dirigidas a:

a) La recepción y tramitación de declaraciones, autoliquidaciones, comunicaciones de datos y demás documentos con trascendencia tributaria.
b) La comprobación y realización de las devoluciones previstas en la normativa tributaria.
c) El reconocimiento y comprobación de la procedencia de los beneficios fiscales de acuerdo con la normativa reguladora del correspondiente procedimiento.
d) El control y los acuerdos de simplificación relativos a la obligación de facturar, en cuanto tengan trascendencia tributaria.
e) La realización de actuaciones de control del cumplimiento de la obligación de presentar declaraciones tributarias y de otras obligaciones formales.
f) La realización de actuaciones de verificación de datos.
g) La realización de actuaciones de comprobación de valores.
h) La realización de actuaciones de comprobación limitada.
i) La práctica de liquidaciones tributarias derivadas de las actuaciones de verificación y comprobación realizadas.
j) La emisión de certificados tributarios.
k) La expedición y, en su caso, revocación del número de identificación fiscal, en los términos establecidos en la normativa especifica. (Administración del Estado)
l) La elaboración y mantenimiento de los censos tributarios.
m) La información y asistencia tributaria.
n) La realización de las demás actuaciones de aplicación de los tributos no integradas en las funciones de inspección y recaudación.

Así como la propuesta de resolución de los recursos de reposición que puedan presentarse contra los actos de gestión tributaria.









http://www.granada.org/inet/economia.nsf/byclave/BARMFYO    Página actualizada el: 18/01/2016
Ir a la página anterior Volver a la lista Ir a la página siguiente