Consultas públicas previas a la elaboración de la norma


Consulta pública:

Consulta relativa a la redacción de la ordenanza del ferial del corpus

Estado: Cerrado plazo de aportaciones
Tipo: Ordenanzas
Plazo de participación: 21/11/2017 - 10/12/2017
Tema: Gerencia ferial del corpus
Concejalía: Concejalía Delegada de Urbanismo, Medio Ambiente, Salud y Consumo

El art. 4.1,a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local (LRBRL), confiere a los Municipios, Provincias e Islas, en su calidad de Administraciones Públicas de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, la potestad reglamentaria, que se manifiesta al exterior a través de la aprobación de Ordenanzas, Reglamentos y Bandos, que constituyen una forma de intervención de las Entidades Locales en la actividad de los ciudadanos.
La organización y funcionamiento del ferial del corpus se regula por la ordenanza reguladora del ferial del Corpus de enero de 1998 y la ordenanza reguladora del acceso y circulación de équidos de montar y enganches por el Real de la Feria (B.O.P. nº 116, Granada, jueves 23 de mayo de 2002).
La ordenanza que se pretende aprobar aglutina en una sola norma la regulación de las condiciones de las instalaciones y de las casetas, la adjudicación de los terrenos, las normas de policía sobre espectáculos, circulación y estacionamiento, control de ruidos, seguridad, prestación de servicios y régimen sancionador.
La Ordenanza de Feria actual no ha sufrido modificación alguna desde su aprobación, siendo necesaria una profunda revisión de la misma para adaptarla a todas las novedades legislativas acaecidas desde su publicación y en todos los ámbitos sectoriales que la afectan en materia de ruidos, seguridad, régimen sancionador e incluso a nivel europeo a través de la directiva 2006/123/CE.
La demanda social y la necesidad de adaptación de determinadas actuaciones han aconsejado que se proceda a la redacción y aprobación de la nueva ordenanza que ha supuesto una profunda y radical intervención en la actual Ordenanza para que, con su derogación, se establezca un nuevo marco basado en la adecuación de la normativa del Ayuntamiento a la legislación vigente y a dotar a la Feria del Corpus de mayor seguridad jurídica en todas las actuaciones realizadas por el Ayuntamiento de Granda en el Recinto Ferial, con el propósito de conseguir una mejor realización y ordenación de los trabajos preparatorios y funcionamiento de la Feria del Corpus.
En primer lugar, se han modificado y ordenado los contenidos del articulado a fin de aclarar y matizar diversas situaciones para la mejora de la seguridad en el recinto ferial y garantizar el funcionamiento de la feria de acuerdo con las exigencias normativas vigentes.
Se ha regularizado el procedimiento de otorgamiento de las concesiones de ocupación de los terrenos del recinto ferial dando cumplimiento a la directiva 2006/123/CE.

Finalmente, se han regularizado, aclarado, actualizado e incrementado las sanciones a fin de conseguir el efecto disuasorio necesario para que no se realicen las conductas tipificadas en dicha ordenanza como sancionables, todo ello con el objeto de que la Feria discurra por los cauces de normalidad que se le deben exigir y dotando además tanto al Ayuntamiento como a los ciudadanos y todos los que se ven afectados por la Feria de una mayor seguridad jurídica.
Se estudiará cualquier propuesta en tal sentido.

No concurren las causas de exclusión de sometimiento a consulta previa contempladas en el art. 133.4 LPACAP, referentes a que se trate de normas presupuestarias u organizativas, o que concurran razones graves de interés público que lo justifiquen; o, de posibilidad de omisión justificadas porque la propuesta normativa no tenga un impacto significativo en la actividad económica, no imponga obligaciones relevantes a los destinatarios o regule aspectos parciales de una materia.
Las personas interesadas, pueden hacer llegar sus opiniones, aportaciones o sugerencias sobre la oportunidad de la iniciación de la tramitación del reglamento o protocolo que se propone y demás aspectos relacionados con la consulta, que deberán hacerse a través de la dirección de correo electrónico: gerenciaferial@granada.org.

En el texto que se envíe se hará constar el nombre y apellidos o denominación social, de la persona que lo envía, así como, en su caso, de la persona que les represente.
http://www.granada.org/inet/consultapub.nsf/byclave/758984B2AC1B6B4FC12581DB003EABDB    Página actualizada el: 17/11/2017
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