Consultas públicas previas a la elaboración de la norma


Consulta pública:

Consulta pública previa a la modificación de la normativa en materia de participación ciudadana que regula la actividad del área de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Granada

Estado: Cerrado plazo de aportaciones
Tipo: Reglamentos
Plazo de participación: 15/01/2020 - 30/01/2020
Tema: Participación ciudadana
Concejalía: Concejalía Delegada de Participación

(Expte. 5178/2019)
Según dispone el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. Continúa indicando el citado precepto, en su apartado 3, que “la consulta, audiencia e información públicas, reguladas en este artículo deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberán ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros, concisos y reunir toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia”.


En cumplimiento del citado artículo, se emite el presente documento con la información que se estima suficiente para que se abra un diálogo y debate con la ciudadanía sobre en qué sentido ha de modificarse la actual normativa municipal en materia de participación ciudadana por la que se rige el Área de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Granada en gran parte de las actividades que desempeña:

Los reglamentos y disposiciones municipales vigentes que regulan procesos y órganos de participación ciudadana que rigen gran parte de las competencias y funciones que desempeña el Área de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Granada son los siguientes: - El Reglamento de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Granada, publicado en B.O.P. de Granada n.º 160 de 20 de agosto de 2004. - El Reglamento de Juntas Municipales de Distrito, publicado en el B.O.P. de Granada n.º 33 de 19 de febrero de 2015. - Los Estatutos del Consejo Municipal de Participación Vecinal, aprobados por Acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno n.º 1.046 adoptado en sesión ordinaria celebrada el 28 de noviembre de 2003. - El Reglamento de funcionamiento de de los Centros Cívicos Municipales, publicado en el B.O.P. de Granada n.º 184 de 24 de septiembre de 2009, en el que se regulan, entre otras cuestiones de funcionamiento de estos espacios, los Consejos de Participación de los Centros Cívicos.

Aparte de esta normativa, se informa de la existencia de otros textos municipales que regulan procedimientos y órganos de participación ciudadana pero que el Área de Participación Ciudadana no maneja en su quehacer diario (por no habérsele asignado la tramitación o gestión de tales procedimientos y órganos), por lo que el impulso de su modificación, en su caso, no corresponde a dicho Área, por ejemplo: - El Reglamento de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, publicado en el B.O.P. de Granada nº 160 de 20 de agosto de 2004. - El Reglamento Orgánico del Consejo Social de la Ciudad, publicado en el B.O.P. de Granada de 18 de mayo de 2018.

- Los Estatutos del/la Defensor/a del/a Ciudadano/a del Ayuntamiento de Granada, aprobado por Acuerdo del Pleno del 26 de enero de 2007. - Los reglamentos que regulan la composición y funcionamiento de los diversos Consejos Municipales Sectoriales, que forman parte de la organización complementaria del Ayuntamiento de Granada, como son los Consejos: de Infancia y Adolescencia; de la Juventud; de la Mujer; de Personas Mayores; de Cooperación Internacional; de Drogodependencias y Adicciones; de Migraciones; de Personas con Discapacidad; de Personas sin Hogar.

Para consultar la normativa referenciada puede acceder al siguiente enlace: normativa del Ayuntamiento de Granada
Básicamente, actualizar la normativa municipal en materia de participación ciudadana, adaptándola: - Por un lado, a la legislación tanto estatal como autonómica promulgada con posterioridad y que incide sobre la misma, especialmente a la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana. - Y, por otro lado, a la realidad actual, con una ciudadanía que quiere saber más sobre la gestión de los asuntos públicos y quiere participar de forma directa en dicha gestión, y con un aumento progresivo de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en la vida de las personas.

La razón fundamental para llevar a cabo la modificación de la normativa vigente en materia de participación ciudadana se encuentra en la aprobación de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía (en adelante, LPCA) el 27 de diciembre de 2017, es decir con posterioridad a dicha normativa (en especial respecto al Reglamento de Participación Ciudadana -que data de 2004-), que se publicó en el BOJA n.º 4 de 5 de enero de 2018, cuya disposición final tercera establece que entraría en vigor a los doce meses de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por lo que esta entrada en vigor se produjo el día 5 de enero de 2019. La fundamentación jurídica de la necesidad de modificar nuestra normativa municipal de participación ciudadana se recoge, expresamente, en su disposición final segunda, al disponer que “en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, los municipios andaluces aprobarán o, en su caso, adaptarán los reglamentos de participación a lo dispuesto en la misma”, de lo que se deduce que esta adaptación afecta a la normativa municipal indicada en el punto anterior. Otros hitos legislativos, aparecidos también con posterioridad a la aprobación de la normativa municipal en materia de participación ciudadana, que inciden, en mayor o menor medida, en la misma son los siguientes:

- La Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, que contempla el marco de regulación básico para la explotación o reutilización de la información que obra en poder del sector público, entendiendo por “reutilización” el uso de documentos que obran en poder de las Administraciones y organismos del sector público, por personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública. - La Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, cuyo artículo 9.26 establece como competencia propia de los municipios andaluces el “establecimiento y desarrollo de estructuras de participación ciudadana y del acceso a las nuevas tecnologías”. - La normativa aplicable en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: · A nivel estatal, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
· A nivel autonómico, la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
· A nivel local, la Ordenanza de Transparencia y Buen Gobierno del Ayuntamiento de Granada (publicada en B.O.P. de Granada n.º 150 de 8 de agosto de 2016). - La legislación sobre procedimientos y régimen jurídico de las Administraciones Públicas: La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, no se puede obviar que se ha producido una notoria evolución en la sociedad civil durante los últimos años, con una ciudadanía que demanda más información y participación en los asuntos públicos y que usa cada vez más las nuevas tecnologías de la información y el conocimiento, por lo que una normativa municipal con cierta antigüedad se muestra deficitaria para hacer frente de forma eficaz a esta nueva realidad.
Las personas interesadas, pueden hacer llegar sus opiniones, aportaciones o sugerencias sobre la oportunidad de la iniciación de la tramitación del reglamento o protocolo que se propone y demás aspectos relacionados con la consulta, que deberán hacerse a través de la dirección de correo electrónico: spc@granada.org.

En el texto que se envíe se hará constar el nombre y apellidos o denominación social, de la persona que lo envía, así como, en su caso, de la persona que les represente.
http://www.granada.org/inet/consultapub.nsf/byclave/567C7CB8C4C7CD46C12584EF0037CDB6    Página actualizada el: 16/01/2020
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