Consejo Social de Granada


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Naturaleza y fines

Al amparo del artículo 131 de la Ley 57/2003 de 16 de diciembre de medidas para la modernización del gobierno local, se constituye el Consejo Social de la ciudad de Granada, como foro de dialogo y órgano de carácter consultivo y de participación de los agentes sociales del municipio, con las funciones composición y organización, previstas en la ley y en el presente Reglamento. El Consejo Social se constituye como un órgano autónomo e independiente.

Por otra parte, cabe destacar que en el Reglamento Orgánico Municipal (ROM), aprobado por el Ayuntamiento de Granada el 29 de septiembre de 2014, se hacían dos importantes referencias al Consejo Social de la ciudad de Granada:
La primera figura en el art. 4 al detallarse la estructura del gobierno local, se le atribuye al Consejo Social el papel de órgano complementario a la acción de gobierno que ejercen las autoridades locales (el/la Alcalde/Alcaldesa, el Excmo. Ayuntamiento Pleno, la Junta de Gobierno Local, los Tenientes de Alcalde y los Concejales/as Delegados). Sin duda alguna, esta consideración como órgano complementario dota a la labor del Consejo de mayor relevancia, ya que no sólo se le atribuye un papel discrecional a la acción de gobierno cuando éste estime necesario elevar una determinada consulta sino que debe ser tenido en cuenta para favorecer la susodicha acción.

La otra mención se encuentra en el art. 16,c cuando se especifica que es exclusivamente competencia del Pleno de la Corporación Municipal “la aprobación y modificación de los reglamentos de naturaleza orgánica”, especificándose el que regula el funcionamiento del Consejo Social. Lo que hace depender, de hecho, al Consejo Social de la ciudad de Granada primordialmente del máximo órgano de representación política de la ciudad, el Pleno Municipal. El Consejo Social puede modificar sus reglas de funcionamiento, mas éstas deben ser refrendadas obligatoriamente por el Pleno Municipal para que puedan tenga fuerza normativa y proceder, a continuación, a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.


http://www.granada.org/inet/consejosocial.nsf/byclave/FDSNPCO    Página actualizada el: 25/05/2020
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