6.7. Aviso e Información a la Población
Aviso e Información a la Población
En relación al Aviso a la Población:
Corresponde a la Dirección del Plan activar los sistemas de aviso, delimitando el momento, ámbito y método.
Los avisos se establecerán a través de:
- Conexión con emisoras locales, mediante mecanismo de entrada inmediato
en emisión.
- Megafonía móvil asignada a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
En relación a la información sobre el suceso:
Corresponde a la Dirección del Plan designar los Criterios, contenidos y canales de información.
Las informaciones serán elaboradas y coordinadas en su distribución por el Gabinete de Información del Plan.
El contenido de la información estará referido a:
- Características del evento, evolución y efectos.
- Instrucciones y recomendaciones a la Población.
- Explicación de medidas adoptadas.
- Localización e identificación de afectados.
- Otros aspectos a considerar por la Dirección del Plan.