Plan de Emergencia

6.1. Sistemas de Prevención y Alerta



Sistemas de Prevención y Alerta

Los sistemas de Previsión y Alerta se sitúan fundamentalmente en tres áreas:

  • Información relativa al Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Meteorológicos Adversos (Meteoalerta), elaborado por el Instituto Nacional de Meteorología (INM).

  • Información relativa a los Sistemas de Información Hidrológica, gestionado por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

  • Información relativa al estado de presas y embalses.


  • Todas estas informaciones deberán de facilitarse por los organismos y entidades gestantes de las mismas mediante remisión al CECEM-112 Andalucía, que a su vez remitirá a los órganos de dirección de este Plan.

    La información procedente de los sistemas de previsión y alerta debe permitir:

  • Dar a conocer en todo momento a la Dirección del Plan los datos que argumenten la conveniencia de activación del Plan, la declaración de las distintas situaciones de emergencia y la evaluación de los sucesos y sus posibles consecuencias.

  • Permitir a la Dirección del Plan poner en disposición de prevención a los Servicios y Recursos que hayan de intervenir en la emergencia y realizar las notificaciones oportunas a los mismos, así como a la población, si fuera necesario.

  • Garantizar el intercambio y complementar la información facilitada por los diferentes sistemas de avisos.
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