Archivo Municipal


Fondo Municipal


1 Área de Identificación

1.1 Código de referencia : ES.18087.AMGR
1.2 Título: Ayuntamiento de Granada
1.3 Fecha (s): 1490 - 20--
1.4 Nivel de descripción: Fondo
1.5 Volúmenes y Soporte: 33971 unidades de instalación + 18531 libros

2 Área de Contexto

2.1 Productor: España, Ayuntamiento de Granada
2.2 Historia institucional o reseña biográfica:
El Archivo Municipal de Granada surge en el mismo momento en que se crea el concejo castellano tras la conquista de Granada en 1492. Aunque existen fuentes documentales que testimonian la existencia de un concejo compuesto por musulmanes y cristianos, es en 1497, fecha del primer libro de Actas Capitulares, cuando tenemos constancia del concejo granadino, formado sólo por cristianos. La constitución oficial del Ayuntamiento de Granada fue en 1500 cuando los Reyes Católicos, por una Carta real de merced, de 20 de septiembre, organizan la estructura y oficios del concejo granadino, y le ceden la Madraza, escuela de enseñanza religiosa islámica en época nazarí, con sus anejos para residencia del cabildo.
En 1858 se traslada a las nuevas casas consistoriales, el exconvento de Carmelitas Calzados, sede actual del Ayuntamiento. En 1983 el Ayuntamiento compra el palacio de los Córdova, y el Archivo Municipal se traslada esta nueva sede, abriendo sus puertas al público el 2 de agosto de 1984. En este edificio permanece actualmente el Archivo Histórico, que alberga documentación con más de treinta años de antigüedad.
El Archivo General Administrativo (AGA) se crea por decreto de Alcaldía en 1996. Surge ante la evidente necesidad de custodiar, organizar y describir toda la documentación administrativa que estaba acumulada en distintos depósitos y que no tenía cabida en el Archivo Histórico. En el año 2000 se instala en la calle San Antón, nº 72 donde permanece en la actualidad.

2.3 Historia archivística:

En el siglo XVI, los Reyes Católicos mandaron expedir dos pragmáticas que serán fundamentales para la organización de los documentos municipales. En la primera ordenan que todos los concejos tengan un arcan con tres llaves, donde se guarden los privilegios y escrituras del concejo. Los reyes establecen la responsabilidad legal de la custodia de la documentación, haciendo hincapié en el control de préstamos que queda en manos del escribano del concejo. En la segunda pragmática se determina con precisión cómo han de ser los libros registro de disposiciones normativas los llamados Libros Copiadores de Reales Cédulas y Reales Provisiones, indicando qué debe registrarse y qué índices deben acompañar a estos registros. Estas dos pragmáticas marcan un hito importante en la historia de los archivos municipales. Son la base de su desarrollo y toda la legislación posterior se apoya en ellas.
De la vida y organización del archivo municipal en los primeros siglos tenemos pocos datos. Aún conservamos un arcón, ubicado en las dependencias de Alcaldía, donde se guardaron los documentos del archivo, con la siguiente inscripción: “Granada manda hacer esta caja siendo corregidor D. Luis de Guzmán y Vázquez. Año 1618”. En 1690, D. Juan Vázquez de Villareal, Caballero XXIV de Granada, realiza un “Inventario de los papeles, títulos, previllejos, mercedes, cartas executorias y demás instrumentos que se contienen en el archivo de la ciudad de Granada”, instrumento de descripción del que queda sólo la carpetilla, pero que, a juzgar por su título, debió de recoger la descripción de los documentos legales que constituían entonces el archivo de la ciudad. En 1751, D. Nicolás de Robles, Caballero XXIV de Granada, solicita de nuevo el “arreglo y composición del archivo”, que no sabemos exactamente en qué consistió. En 1794 D. Manuel Antonio de Carvia elaboró los tres primeros Libros Copiadores de Reales Provisiones y Reales Cédulas, bajo la dirección de D. Juan Pedro de Rivera, Caballero XXIV de Granada, comisionado para dicho arreglo de papeles.
Como hemos podido comprobar, no existía un encargado o archivero al cuidado del archivo, y sólo cuando la situación llegaba a extremos insostenibles se ponía remedio comisionando a un regidor para el arreglo puntual del archivo. Hasta tal extremo llegó la situación de desidia y abandono del Archivo Municipal que, en 1842, el alcalde de Granada, D.Ramón Crooke, publica un edicto en el que, debido al expolio y dilapidación que ha sufrido el archivo municipal, invita a todas las personas que tengan documentos, alhajas y efectos en su poder procedan a devolverlo en el plazo de tres meses.
En 1886, D. Antonio Almagro Cárdenas se encarga del arreglo y organización de los fondos del archivo, confeccionando los libros índices de Ornato y Mercado, Darros, Fomento, Beneficencia y Sanidad, Teatro, Alumbrado público, Positos, Propios. Clasificó la documentación por materias y las instaló en legajos, cronológicamente. No obstante se dejó parte de documentación histórica sin ordenar. Esta organización la continúa en el siglo XX el archivero D. Eduardo Alcalde Cuadros, que tomó posesión como archivero el 1 de marzo de 1915 y cesó el 1 de marzo de 1945. Después de él han pasado varios eruditos granadinos que han colaborado en la organización y custodia del archivo, manteniendo el criterio de organización por materias.
Con los ayuntamientos democráticos, desde 1980, se impulsó la reorganización del Archivo Municipal de Granada creando plazas de archiveros/as.
En la actualidad los instrumentos de información, descripción y control están informatizados, siguiendo las normas de descripción internacionales ISAD (G), conservándose también en soporte papel los instrumentos tradicionales.
2.4 Forma de ingreso: Los ingresos pueden ser por transferencia regular o extraordinaria, compra, donación, depósito voluntario o depósito forzoso.

3 Área de Contenido y Estructura


3.1 Alcance y contenido:
El fondo municipal está formado por la documentación producida por el Ayuntamiento de Granada desde 1492 hasta nuestros días. Destacan fundamentalmente las series: Libros de Actas Capitulares desde 1497 a 1992, 341 volúmenes; Libros Copiadores de cédulas y reales provisiones desde 1490 a 1801, 16 volúmenes, Libros de pruebas de Caballeros XXIV desde 1742 a 1825, 66 volúmenes; más de 5.000 expedientes de licencias de obras desde el siglo XVIII hasta el siglo XX; deliciosos expedientes de festejos desde el siglo XVI, vecindarios y Padrones de habitantes con más de 5000 volúmenes.
El cuadro de clasificación establecido para la organización de los documentos ha sido elaborado siguiendo las pautas del Cuadro de clasificación de Fondos de Archivos Municipales, desarrollado por la Mesa de Trabajo de Archivos de la Administración Local, de la que somos miembros. Es un cuadro de clasificación que se rige por criterios funcionales y es el que se presenta en la página.
http://www.granada.org/inet/archivomunpal.nsf/xfondos

3.2 Valoración, Selección y Eliminación:

En cumplimiento del Decreto 97/2000, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema andaluz de Archivos, y desarrollo de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos; y de la Orden de 7 de julio de 2000, por la que se regula el funcionamiento de la Comisión Andaluza Calificadora de Documentos Administrativos (CACDA) y los procesos de identificación, valoración y selección documentales (BOJA núm. 88, de 1 de agosto de 2000), se está procediendo a valorar e identificar y seleccionar series documentales.
Anualmente, aplicando las tablas de valoración de series documentales aprobadas por la CACDA y oficialmente publicadas, procedemos a la eliminación de documentos, previo acuerdo de la Junta de Gobierno Local e informe favorable de la CACDA.

4 Área de Condiciones de Acceso y Utilización

4.1 Condiciones de acceso: Son documentos públicos de titularidad municipal cuyo acceso esta regulado por la legislación vigente
4.2 Condiciones de reproducción: Para la reproducción de documentos se tendrá en cuenta las limitaciones o prohibiciones al acceso de documentos establecidas en la legislación vigente en materia de Archivos y Patrimonio Documental, así como las establecidas en la legislación sobre el régimen jurídico y el procedimiento administrativo de las Administraciones públicas y las de la legislación especial. También se tendrá en cuenta el estado de conservación de los documentos.
La solicitud de reproducciones de documentos se realiza en impreso normalizado, haciendo constar la descripción del documento, la signatura y la finalidad para la que se reproduce.
Las reproducción de documentos se realizará previo pago de las tasas recogidas en la Ordenanza fiscal nº 18 reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos
4.3 Lengua de los documentos: Castellano
4.4 Características físicas
- Clases y soportes: La mayoría de los documentos son en soporte papel, también hay en pergamino y actualmente en soporte electrónico.
- Estado de Conservación: En términos generales es bueno.

5 Área de Documentación Asociada

5.2 Existencia y localización de copias: Microfilmación y digitalización
5.4 Notas de publicación:
- JIMÉNEZ ALARCÓN, Margarita. Notas para la Historia del Ayuntamiento de Granada y su Archivo Municipal. Revista Tria nº 7.2000
- JIMÉNEZ ALARCÓN, Margarita. El Archivo Municipal de Granada. Crónica Nova, nº 34. Granada, Universidad de Granada, 2008.
- JIMÉNEZ ALARCÓN, Margarita y RODRÍGUEZ HERAS, María Socorro. Reglamento del Archivo General del Ayuntamiento de Granada. Granada: Ayuntamiento de Granada, 2004.

7 Área de Control de Descripción

7.1 Nota del archivero/a: Descripción realizada por el equipo técnico.
España. Archivo Municipal de Granada
7.2 Reglas o normas: CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHIVOS. Norma Internacional General de Descripción Archivística: adoptada por el Comité de Normas de Descripción, Estocolmo, Suecia 19-22 septiembre 1999, 2ª ed. [ISAD (G)2]
7.3 Fecha (s) de la descripción (es): 2010, noviembre. Granada

Acceso al Fondo Municipal

El fondo municipal engloba dos tipos de bases documentales tradicionalmente divididas en función de la forma que presentan los documentos, formato libro y formato expediente, que por razones de operatividad se presentan separadas.








La información facilitada tendrá exclusivamente carácter ilustrativo y no originará derechos ni expectativas de derecho.
Página publicada desde: 11/11/2010 10:58. Última actualización: 16/05/2011