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Fecha:24/05/2005Minuta: 7
Título:sesion ordinaria celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el dia veinticuatro de mayo de dos mil cinco


MINUTA Nº 7

SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA VEINTICUATRO DE MAYO DE DOS MIL CINCO.

En el Salón Capitular del Palacio Consistorial de Granada, siendo las diez horas del día veinticuatro de Mayo de dos mil cinco, bajo la Presidencia del Excmo. Sr. Alcalde D. José Torres Hurtado, se reunen los Sres. Capitulares: D. Luis Gerardo García-Royo Muñoz, Dª Isabel María Nieto Pérez, D. Eduardo José Moral García Triviño, D. Sebastián Jesús Pérez Ortíz, D. José Antonio Balderas Madrid, Dª Ana López Andújar, D. Juan Antonio Mérida Velasco, Dª María Eva Martín Pérez, D. Jaime Sánchez-Llorente Illescas, D. Vicente Aguilera Lupiañez, D. Juan Manuel García Montero, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez, D. Juan Ramón Casas Perandres, D. Francisco Ruiz Dávila, Dª Amalia Carvajal Lachica, D. Carlos Felipe Hita Alonso, Dª Emilia Morcillo Gómez, D. José Miguel González Martos, Dª María del Carmen Samos Parejo, D. José María Rueda Gómez, D. Francisco Coronado Ortíz, Dª Antonia Fanego Fernández, D. Pablo José Hervás Clivilles, Dª Concepción Molina Calvente y Dª Lola Ruiz Domenech. Asisten asimismo el Vicesecretario General, en funciones de Secretario General, D. Gustavo García-Villanova Zurita y el Interventor de Fondos D. Luis Fernando del Campo Ruiz de Almódovar para celebrar la presente sesión ordinaria.
Igualmente asiste el Viceinterventor D. Francisco Aguilera González.

Abierta la sesión por la Presidencia se pasan a tratar los siguientes asuntos:

En primer lugar por el Excmo. Sr. Alcalde se dá lectura a los nombres de las mujeres que han fallecido este mes por violencia de género:

Petronila, joven Rumana de 20 años en Sils (Gerona)

Gregoria Felipe Ravelo, de 44 años en Santa Ursula (Tenerife)

Tras ello se guarda un minuto de silencio, en pie, por los Corporativos/as y público presente en el Salón contra la violencia de género.

La Presidencia excusa la asistencia del Sr. Morales García por motivos familiares.

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Borrador Acta

Abierta la sesión por la Presidencia y conocidos por los asistentes el borrador del Acta de la sesión anterior de fecha 29 de Abril de 2.005, se acuerda por unanimidad de los presentes su aprobación.


GERENCIA DE URBANISMO Y OBRAS MUNICIPALES

Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio

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Aprobación inicial innovación-modificación del PGOU para reordenación del suelo dotacional del PP-S1 del PGOU, en Carretera de Armilla. (Expte. 7.469/05).

Se presenta a Pleno expediente núm. 7.469/05 del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales, sobre Innovación-Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Granada para reordenación del suelo dotacional del Plan Parcial PP-S1 en Carretera de Armilla.
Durante el transcurso del debate se producen las siguientes intervenciones:
Interviene en primer lugar D. Luis Gerardo García-Royo Muñoz, Teniente de Alcalde Delegado de Planificación Urbanística y Obras Municipales manifestando que la ubicación del Centro de Artes Escénicas, promesa electoral del PSOE en los comicios de la Junta de Andalucía, tras conversaciones con la Consejería de Cultura que querían lo más cerca posible del Parque de las Ciencias, para poder acceder a esa petición ha sido necesario reubicar esa parcela destinada en principio a espacio verde, segregándose 6.500 metros, y que la parcela de equipamiento docente pase a equipamiento comunitario de servicios de interés público y social. Además recuerda que muy cerca de esta parcela existe el sistema 09 que son 48.000 m2 de zona verde, por tanto se llegará a tener un total de 60.000 m2 de zona verde.
La Sra. Ruiz Domenech de I.U-L.V-C.A. plantea que más allá de la promesa electoral del PSOE debe ser equipamiento interesante de la ciudad de Granada, este Grupo siempre ha planteado la necesidad de equilibrar nuestra ciudad, no se deben centrar los equipamientos en la zona sur de la ciudad, se deben plantear a lo largo y ancho de la misma, equilibrar y hacer ciudad con la zona norte, de ahí la abstención de su Grupo, que cree se tendría que haber buscado otra ubicación.
Por el Grupo Socialista interviene el Sr. Rueda Gómez calificando de buena propuesta y buen método de trabajo el que se ha tenido para llegar al acuerdo, la propuesta de su Grupo era que no se perdiera zona verde y por lo tanto apoyan la propuesta.
Aclara el Sr. García-Royo que han ofrecido solares en otras zonas y la Consejería traía también la propuesta de la prisión provincial, al final de común acuerdo se llegó a esta solución, por lo tanto se han intentado con otros solares, la otra alternativa era el no porque no, frente a la administración que va hacer la inversión, ello nos hubiera llevado al estancamiento del proyecto y no se tendría esperanza en el mismo.
Afirma la Sra. Ruiz Domenech que no es confrontación lo que busca I.U., de ahí nuestra propuesta, ustedes –dice- han negociado con la Junta de Andalucía, bienvenidos los acuerdos, pero creemos mucho mejor haber buscado otra solución, y también se le diga a la Junta de Andalucía que piense en el equilibrio de barrios, no con el ánimo de polemizar, pues ustedes en esto son maestros y no le vamos a enseñar.
Vuelve a insistir el Sr. García-Royo e indica que se han analizado varias parcelas, alegrándose de la abstención de I.U., porque con ello se ve que I.U. está fuera y al margen de lo positivo de esta ciudad.
Tras ello se somete a votación el expediente, obteniéndose el siguiente resultado:
- 25 votos a favor emitidos por los 14 Corporativos/as del Grupo Popular, Sres./Sras.: D. José Torres Hurtado, D. Luis Gerardo García-Royo Muñoz, Dª Isabel María Nieto Pérez, D. Eduardo José Moral García Triviño, D. Sebastián Jesús Pérez Ortíz, D. José Antonio Balderas Madrid, Dª Ana López Andújar, D. Juan Antonio Mérida Velasco, Dª María Eva Martín Pérez, D. Jaime Sánchez-Llorente Illescas, D. Vicente Aguilera Lupiañez, D. Juan Manuel García Montero, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez y D. Juan Ramón Casas Perandres; y los 11 Corporativos/as del Grupo Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Ruiz Dávila, Dª Amalia Carvajal Lachica, D. Carlos Felipe Hita Alonso, Dª Emilia Morcillo Gómez, D. José Miguel González Martos, Dª María del Carmen Samos Parejo, D. José María Rueda Gómez, D. Francisco Coronado Ortíz, Dª Antonia Fanego Fernández, D. Pablo José Hervás Clivilles y Dª Concepción Molina Calvente.
- 1 abstención de la Corporativa del Grupo I.U-L.V-C.A., Sra.: Dª Lola Ruiz Domenech.
En consecuencia, habiendo sido informado por el Consejo de la Gerencia de fecha 17 de mayo de 2.005, dándose conformidad a la propuesta del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio, a tenor de lo establecido en los artículos 32.1.2ª y 36 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su nueva redacción dada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local (BOE nº 301 de 17/12/03), el Ayuntamiento Pleno, en base a propuesta del Gerente, conformada por el Vicepresidente de la Gerencia, acuerda por mayoría (25 votos a favor y 1 abstención) y por tanto con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, según se señala en el apartado 2 del citado artículo:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Innovación-Modificación al Plan General de Ordenación Urbana 2000, para reordenación del suelo dotacional del Plan Parcial PP-S1 en Carretera de Armilla.
SEGUNDO.- Dar traslado del presente acuerdo a las Delegaciones Provinciales de las Consejerías de Cultura, y Educación de la Junta de Andalucía.
TERCERO.- Someter a Información Pública por plazo de un mes, y requerimiento de los informes según se recoge en el art. 32.2ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que deberán ser emitidos en el plazo de un mes, así como a la Excma. Diputación Provincial (art. 131.1 del Real Decreto 2159/1976, de 23 de junio).

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Aprobación definitiva de Plan Especial en desarrollo del A.R. 7.10 del PGOU, -Nuevo Puente Camino de Ronda-. (Expte. 4.807/04).

Se presenta a Pleno expediente núm. 4.807/04 del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales, sobre Plan Especial en desarrollo del Area de Reforma 7.10 del Plan General de Ordenación Urbana -Nuevo Puente Camino de Ronda-.
El referido Plan Especial fue aprobado inicialmente por Decreto del Excmo. Sr. Alcalde de fecha 14 de junio de 2004, y una vez cumplidos los preceptivos trámites de Información Pública, fue aprobado provisionalmente mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 11 de marzo de 2005.
Con fecha 6 de abril de 2005, se recibió el documento completo de Plan Especial en la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, para la emisión de informe no vinculante por su titular, según establece en los artículos 31.2.C) y 32.1.2ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y artículo 14.1.b) del Decreto 193/2003, de 1 de Julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sin que hasta la fecha se haya recibido informe al respecto, por lo que al haber transcurrido en exceso el plazo previsto de un mes se entiende informado en sentido positivo.
Durante el transcurso del debate se producen las siguientes intervenciones:
Pide la palabra la Sra. Ruiz Domenech, por I.U-L.V-C.A. para explicar que mantiene la abstención de su Grupo, tal como hizo en Consejo de Gerencia de fecha 17 de mayo de 2.005.
Tras ello se somete a votación el expediente, obteniéndose el siguiente resultado:
- 25 votos a favor emitidos por los 14 Corporativos/as del Grupo Popular, Sres./Sras.: D. José Torres Hurtado, D. Luis Gerardo García-Royo Muñoz, Dª Isabel María Nieto Pérez, D. Eduardo José Moral García Triviño, D. Sebastián Jesús Pérez Ortíz, D. José Antonio Balderas Madrid, Dª Ana López Andújar, D. Juan Antonio Mérida Velasco, Dª María Eva Martín Pérez, D. Jaime Sánchez-Llorente Illescas, D. Vicente Aguilera Lupiañez, D. Juan Manuel García Montero, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez y D. Juan Ramón Casas Perandres; y los 11 Corporativos/as del Grupo Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Ruiz Dávila, Dª Amalia Carvajal Lachica, D. Carlos Felipe Hita Alonso, Dª Emilia Morcillo Gómez, D. José Miguel González Martos, Dª María del Carmen Samos Parejo, D. José María Rueda Gómez, D. Francisco Coronado Ortíz, Dª Antonia Fanego Fernández, D. Pablo José Hervás Clivilles y Dª Concepción Molina Calvente.
- 1 abstención de la Corporativa del Grupo I.U-L.V-C.A., Sra.: Dª Lola Ruiz Domenech.
En consecuencia, habiendo sido informado por el Consejo de la Gerencia de fecha 17 de mayo de 2.005, dándose conformidad a la propuesta del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio, en base a los informes técnicos emitidos, a tenor de lo establecido en los artículos 32.1.3ª y 33.1.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía -LOUA- (BOJA nº 154, de 31/12/02); en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado i) del artículo 123.1 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, creado por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, (BOE nº 301 de 17/12/03), y en idénticos términos el artículo 16.1º.i) del Reglamento Orgánico Municipal (B.O.P. nº. 160 de 20 de agosto de 2004), el Pleno Municipal en base a propuesta del Gerente, conformada por el Delegado de Planificación Urbanística y Obras Municipales, acuerda por mayoría (25 votos a favor y 1 abstención):
PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Plan Especial con número de expediente 4.807/04, en desarrollo del Area de Reforma 7.10 del Plan General de Ordenación Urbana -Nuevo Puente Camino de Ronda-, condicionándose este acuerdo, según informe de la Jefa del Servicio de Planeamiento de fecha 11 de mayo de 2005 a:
1º.- La cesión legalmente obligatoria del 10% del aprovechamiento a este Ayuntamiento.
2º.- El respeto de la separación mínima entre edificaciones, debiendo ajustarse a las determinaciones del PGOU vigente por las que en caso de volúmenes con alturas diferentes se separarán en cada planta una distancia equivalente a la semisuma de las alturas de los volúmenes enfrentados respectivos.
SEGUNDO.- Remitir el Certificado del acuerdo de aprobación definitiva y el Documento técnico completo, aprobado definitivamente, para que se proceda a su depósito en el Registro correspondiente de la Delegación Provincial de la Consejería de OO.PP y Transportes, según se recoge en el artículo 40.2 de la LOUA y 19 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.
TERCERO.- Una vez cumplimentado el punto anterior mediante su depósito, y se haya emitido la correspondiente Certificación Registral en el plazo de 10 días, según se recoge en los artículos 20 y 22 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, se procederá a la publicación del presente acuerdo el Boletín Oficial de la Provincia, de la forma prevista en el artículo 70.2 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril y, artículos 40.3 y 41.1 de la LOUA.

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Estimación de recurso de reposición en Plan Especial en desarrollo del A.R. 4.06 –Carretera de la Sierra-. (Expte. 952/02).

Se presenta a Pleno expediente núm. 952/02 en relación con los Recursos Potestativos de Reposición de idéntico contenido, interpuestos por D. Manuel García Soto y D. Emilio García Soto; y por D. Carlos Quintanilla Moreu, en representación de Grupo Inversor Gralusa S.L., contra acuerdo del Pleno Municipal de fecha 26 de noviembre de 2.004, que aprobó con carácter definitivo el Plan Especial en desarrollo del Area de Reforma 4.06 del Plan General de Ordenación Urbana, en Carretera de la Sierra.
Por la Presidencia se anuncia que se retira del Orden del Día el presente expediente.

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Aprobación definitiva de Estudio de Detalle en la manzana 1ª, Parcelas 1ª, 1B, 1C y 1D y 16.2 del Sector 9 del PERI Almanjáyar. (Expte. 1.160/05).

Se presenta a Pleno expediente núm. 1.160/05 del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales, relativo a Estudio de Detalle en la Manzana 1ª, Parcelas 1A, 1B, 1C Y 1D del Sector 9 del PERI Almanjáyar.
En el expediente obra informe de la Jefa del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio, de fecha 11 de mayo de 2.005, en el que se hace constar que:
1º.- El Estudio de Detalle que tiene como finalidad fijar la alineación exterior de la manzana 1 del Sector 9 destinada a uso residencial vivienda plurifamiliar (VPO) en manzana cerrada con patio de manzana, respecto a la calle que separa el sector del actual ferial, de acuerdo con las determinaciones y propuesta de ordenación del vigente PERI Almanjáyar, fue aprobado inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de febrero de 2005 y sometido a información pública por espacio de 20 días, según anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 78, de fecha 26 de abril de 2005, y anuncio aparecido en el periódico “Ideal” de 1 de abril de 2005.
2º.- La Junta Municipal de Distrito Norte, en sesión celebrada el día 5 de abril de 2005, informó favorablemente el Estudio de Detalle.
3º.- Durante el periodo de Información Pública no se han presentado alegaciones.
4º.- El presente proyecto ha sido tramitado con observancia de todos los trámites legalmente previstos en los artículos, 32 y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA nº 154 de 31/12/02), y de forma supletoria, en lo que sea compatible con esta Ley, el artículo 140 del Real Decreto 2159/1978; y en cuanto a la competencia para su aprobación inicial el apartado d) del artículo 127.1 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, creado por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, (BOE nº 301 de 17/12/03), y en idénticos términos el artículo 18.1.d) del Reglamento Orgánico Municipal (B.O.P. nº. 160 de 20 de agosto de 2004).
En consecuencia, habiendo sido informado por el Consejo de la Gerencia de fecha 17 de mayo de 2.005, dándose conformidad a la propuesta del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio, en base a los informes técnicos emitidos, una vez ha transcurrido el periodo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, a tenor de lo dispuesto en los artículos, 32 y 33 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA nº 154 de 31/12/02); en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado i) del artículo 123.1 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, creado por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, (BOE nº 301 de 17/12/03), y en idénticos términos el artículo 16.1º.i) del Reglamento Orgánico Municipal (B.O.P. nº. 160 de 20 de agosto de 2004), el Ayuntamiento Pleno en base a propuesta del Gerente, conformada por el Vicepresidente de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales, acuerda por unanimidad:
PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle en la Manzana 1ª, Parcelas 1A, 1B, 1C Y 1D del Sector 9 del PERI Almanjáyar.
SEGUNDO.- Rectificar error material existente en el acuerdo de aprobación inicial la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de febrero de 2005, donde realmente no debe aparecer la parcela “16.2”, manteniéndose el resto del acuerdo en idénticos términos, todo ello según lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
TERCERO.- Una vez Depositado y Registrado el Estudio de Detalle en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, según lo previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y Decreto 2/2004, de 7 de enero, se procederá a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, según se señala en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, al que remite el artículo 41.1, inciso final, de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

(En este momento, entre el público, se despliega pancarta por la Sección Sindical de U.G.T.).


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Aprobación definitiva de Estudio de Detalle en la parcela C1 del PERI del Area de Reforma 4.03 A. Circunvalación. (Expte. 3.158/05).

Se presenta a Pleno expediente núm. 3.158/05 del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales relativo a Estudio de Detalle para definición de volúmenes y rasantes de la parcela C 1 del Plan Especial de Reforma Interior del Area de Reforma 4.03 del PGOU, en A. Circunvalación.
En el expediente obra informe de la Jefa del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio, de fecha 11 de mayo de 2.005, en el que se hace constar que:
1º.- El Estudio de Detalle que tiene como objetivo la definición de los volúmenes y rasantes de la parcela C 1 del Plan Especial, fue aprobado inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 4 de marzo de 2005 y sometido a información pública por espacio de 20 días, según anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 73, de fecha 19 de abril de 2005, y anuncio aparecido en el periódico “Ideal” de 30 de marzo de 2005.
De otro lado, se ha notificado individualmente a los propietarios afectados por la actuación, si bien, no ha sido posible efectuarla a la totalidad de éstos, por lo que, conforme a lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Procedimiento Administrativo Común, la publicación antes mencionada y su anuncio en el tablón de edictos de este Ayuntamiento, suple suficientemente esa falta de notificación.
2º.- El Pleno de la Junta Municipal de Distrito Genil en su sesión celebrada el día 7 de abril de 2005, acordó informar favorablemente el Estudio de Detalle.
3º.- Durante el periodo de Información Pública no se han presentado alegaciones.
4º.- El presente proyecto ha sido tramitado con observancia de todos los trámites legalmente previstos en los artículos, 32 y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA nº 154 de 31/12/02), y de forma supletoria, en lo que sea compatible con esta Ley, el artículo 140 del Real Decreto 2159/1978; y en cuanto a la competencia para su aprobación inicial el apartado d) del artículo 127.1 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, creado por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, (BOE nº 301 de 17/12/03), y en idénticos términos el artículo 18.1.d) del Reglamento Orgánico Municipal (B.O.P. nº. 160 de 20 de agosto de 2004).
Durante el transcurso del debate se producen las siguientes intervenciones:
En primer lugar interviene D. Luis Gerardo García-Royo e indica que el presente Estudio de Detalle afecta a un importante terreno que tiene bulevar, colegio que allí existe, usos singulares. Ha sido informado favorablemente por la Junta Municipal de Distrito Genil y durante el tiempo de información pública no se han presentado alegaciones.
Por I.U-L.V-C.A. interviene la Sra. Ruiz Domenech y anuncia el voto en contra de su Grupo en este punto al no estar de acuerdo con el Estudio de Detalle que se hace, opina no es la mejor opción tal y como se ordenan las tres edificaciones, manifestando tres cosas, el hecho de que se haya aprobado en Junta Municipal de Distrito Genil no interfiere para su Grupo, pues fue llevado a Junta sin estudio previo y sin poder desarrollarlo, insiste en que por eso y porque la solución no es la más acertada en la línea del Distrito Zaidín-Genil votarán en contra.
El Sr. García-Royo manifiesta que ha sido presentado por Técnicos, visto por los Técnicos del Area y asimismo la Junta Municipal lo ha informado favorablemente, sin que durante la exposición pública haya habido alegaciones, pero la Sra. Ruiz –continua- se instala en urbanismo, en el no ó la abstención, pregunta porque no sugiere otra solución, y le pide se lea las encuestas, I.U. desaparece del Ayuntamiento.
La Sra. Ruiz Domenech le indica al Sr. Alcalde que su Primer Teniente de Alcalde tiende a elevar el tono, llamativo y extemporáneo, opina se debería haber traído de las fiestas “algodón de endulzar”. Afirma que los Técnicos del Area son los mismos que estaban cuando se hizo el hotel que a usted, Sr. García-Royo, no le gusta. Los que están gobernando son ustedes, con sus técnicos y medios podrían pensar y plantear propuestas mejores entre el lado fronterizo de Zaidín-Genil, y no le debe molestar que I.U. plantee alternativas y tenga otros ojos para ver eso, por lo que respecta a “que nadie ha presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública” piensa lo que ocurre es que hasta que el público no ve lo que se construye no lo sabe, y una última cuestión, en positivo, I.U. hace crítica para mejorar la ciudad.
Indica el Sr. García-Royo que sigue esperando las propuestas en positivo de I.U., estando dispuesto a estudiarlas, pero piensa no tienen propuesta ninguna sino el no por el no.
Tras ello se somete a votación el expediente, obteniéndose el siguiente resultado:
- 25 votos a favor emitidos por los 14 Corporativos/as del Grupo Popular, Sres./Sras.: D. José Torres Hurtado, D. Luis Gerardo García-Royo Muñoz, Dª Isabel María Nieto Pérez, D. Eduardo José Moral García Triviño, D. Sebastián Jesús Pérez Ortíz, D. José Antonio Balderas Madrid, Dª Ana López Andújar, D. Juan Antonio Mérida Velasco, Dª María Eva Martín Pérez, D. Jaime Sánchez-Llorente Illescas, D. Vicente Aguilera Lupiañez, D. Juan Manuel García Montero, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez y D. Juan Ramón Casas Perandres; y los 11 Corporativos/as del Grupo Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Ruiz Dávila, Dª Amalia Carvajal Lachica, D. Carlos Felipe Hita Alonso, Dª Emilia Morcillo Gómez, D. José Miguel González Martos, Dª María del Carmen Samos Parejo, D. José María Rueda Gómez, D. Francisco Coronado Ortíz, Dª Antonia Fanego Fernández, D. Pablo José Hervás Clivilles y Dª Concepción Molina Calvente.
- 1 voto en contra de la Corporativa del Grupo I.U-L.V-C.A., Sra.: Dª Lola Ruiz Domenech.
En consecuencia, habiendo sido informado por el Consejo de la Gerencia de fecha 17 de mayo de 2.005, dándose conformidad a la propuesta del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio, en base a los informes técnicos emitidos, una vez ha transcurrido el periodo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, a tenor de lo dispuesto en los artículos, 32 y 33 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA nº 154 de 31/12/02); en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado i) del artículo 123.1 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, creado por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, (BOE nº 301 de 17/12/03), y en idénticos términos el artículo 16.1º.i) del Reglamento Orgánico Municipal (B.O.P. nº. 160 de 20 de agosto de 2004), el Ayuntamiento Pleno en base a propuesta del Gerente, conformado por el Vicepresidente de la Gerencia, acuerda por mayoría (25 votos a favor y 1 voto en contra):
PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para definición de volúmenes y rasantes de la parcela C 1 del Plan Especial de Reforma Interior del Area de Reforma 4.03 del PGOU, en A. Circunvalación.
SEGUNDO.- Una vez Depositado y Registrado el Estudio de Detalle en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, según lo previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y Decreto 2/2004, de 7 de enero, se procederá a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, según se señala en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, al que remite el artículo 41.1, inciso final, de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

451
Quedar enterado de Auto dictado por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo en Recurso de Casación núm. 5.662/02, seguido a instancia de D. ***

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Auto dictado con fecha 10-01-05, por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo en Recurso de Casación núm. 5662/02, seguido a instancia de D. ***
El Auto de que se da cuenta acuerda declarar desierto el recurso de casación contra resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en los Autos núm. 94/1.997.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución.


452
Quedar enterado de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Rollo de Apelación núm. 212/05, seguido a instancia de Dª ***

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Sentencia dictada con fecha 3-05-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por la que se desestima el Recurso de Apelación núm. 212/05, seguido a instancia de Dª *** contra el Auto de fecha 28 de diciembre de 2.004, dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 3 de Granada en el procedimiento núm. 593/04, autorizando al Ayuntamiento de Granada la entrada en el piso 2º derecha del inmueble sito en el nº 2 de la C/ Capuchinas, ocupado por la apelante, para proceder a su desalojo y permitir la ejecución de las obras urgentes de seguridad acordadas por el citado Ayuntamiento en Decreto de la Alcaldía de fecha 3 de marzo de 2.004.
La Sentencia de que se da cuenta confirma dicho Auto, por lo que resulta favorable a los intereses municipales.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución, al haberse declarado firme.


453
Quedar enterado de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Rollo de Apelación núm. 6/05, seguido a instancia de Dª ***

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Sentencia dictada con fecha 9-05-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por la que se desestima el Recurso de Apelación núm. 6/05, seguido a instancia de Dª *** contra el Auto de fecha 7 de octubre de 2.004, por el que se ordena el archivo de los autos de procedimiento ordinario 387/04 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de Granada.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución, al haberse declarado firme.

454
Quedar enterado de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Rollo de Apelación núm. 591/04, seguido a instancia de la entidad mercantil Clear Channel España S.L.

Vista la relación de resoluciones judiciales efectuada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Sentencia dictada con fecha 9-05-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por la que se estima el Recurso de Apelación núm. 591/04, seguido a instancia de Clear Channel España S.L. contra el Auto de 14 de julio de 2.004 que acordó el archivo del procedimiento ordinario 195/04 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 3 de Granada.
La Sentencia de la que se da cuenta revoca y deja sin efectos el mencionado Auto, ordenando la continuación del procedimiento.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución, una vez sea declarada firme.

455
Quedar enterado de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Rollo de Apelación núm. 47/05, seguido a instancia de D. ***.

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Sentencia dictada con fecha 11-04-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por la que se desestima el Recurso de Apelación núm. 47/05, seguido a instancia de D. *** contra el Auto de 17 de septiembre de 2.004, dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 2 de Granada en el procedimiento nº 416/04, autorizando al Ayuntamiento de Granada la entrada en la parcela catastral nº 206, ubicada en el paraje conocido como Canto Grande, carretera de Málaga, para proceder, por ejecución subsidiaria a la demolición de la vivienda unifamiliar, semisótano y cerca construidas en ella.
La Sentencia de la que se da cuenta confirma el citado Auto por ser ajustado a derecho.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución, una vez sea declarada firme.

456
Quedar enterado de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Recurso Contencioso núm. 970/99, seguido a instancia de D. ***.

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Sentencia dictada con fecha 25-04-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por la que se inadmite el Recurso Contencioso interpuesto por D. J ***contra la desestimación presunta del Ayuntamiento de Granada respecto a la reclamación efectuada en concepto de responsabilidad patrimonial.
La Sentencia de la que se da cuenta confirma los actos impugnados.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución, una vez sea declarada firme.

457
Quedar enterado de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Rollo de Apelación núm. 152/05, seguido a instancia de la mercantil Promotora Siglo XXI de Fomento y Urbanizaciones S.L.

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Sentencia dictada con fecha 11-04-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por la que se desestima el Recurso de Apelación núm. 152/05 seguido a instancia de la mercantil Promotora Siglo XXI de Fomento y Urbanizaciones S.L., contra el Auto de fecha 19 de julio de 2.004, dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 1 de Granada en la pieza de suspensión núm. 171/04.
La Sentencia de la que se da cuenta confirma el citado Auto, por ser ajustado a derecho.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución, una vez sea declarada firme.

458
Quedar enterado de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Recurso Contencioso núm. 2153/99, seguido a instancia de D. ***.

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Sentencia dictada con fecha 03-05-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por la que se desestima el Recurso Contencioso núm. 2.153/99, seguido a instancia de D. *** contra la desestimación presunta por parte del Ayuntamiento de Granada de la reclamación patrimonial instada por el recurrente por los daños sufridos en el vehículo de su propiedad.
La Sentencia de la que se da cuenta declara válida, por conforme a derecho, la resolución impugnada, sin hacer expresa declaración sobre las costas.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución, una vez sea declarada firme.

459
Quedar enterado de Auto dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Recurso Contencioso núm. 1.831/00, seguido a instancia de D. ***.

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Auto dictado con fecha 09-05-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Recurso Contencioso núm. 1.831/00 seguido a instancia de D. ***.
El Auto del que se da cuenta acuerda archivar el presente procedimiento, sin hacer especial imposición de costas.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución, una vez sea declarado firme.

460
Quedar enterado de Auto dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Recurso Contencioso núm. 2.421/00, seguido a instancia de la entidad mercantil Arabesco S.A.

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Auto dictado con fecha 09-05-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Recurso núm. 2.421/00.
El Auto de que se da cuenta tiene por desestido del presente procedimiento a Arabesco S.A., sin hacer especial imposición de costas.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución, una vez sea declarado firme.

461
Quedar enterado de Auto dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Rollo de Apelación núm. 116/05, seguido a instancia de la Comunidad de Propietarios de la Calle San Antón núm. 49.

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Auto dictado con fecha 05-05-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Recurso de Apelación núm. 116/05 seguido a instancia de la Comunidad de Propietarios de la Calle San Antón núm. 49.
El Auto del que se da cuenta tiene por desistida a la apelante en el citado Recurso de Apelación interpuesto contra el Auto de 5 de noviembre de 2.004, recaído en el Procedimiento de Autorización de Entrada en Domicilio.
De la Resolución Judicial se dará traslado al Servicio Municipal correspondiente, a efectos de su conocimiento y ejecución, una vez sea declarado firme.

462
Quedar enterado de Auto dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en Recurso Contencioso núm. 2.523/03, seguido a instancia de Dª Mª ***.

Vista relación de resoluciones judiciales formulada por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, aceptando dictamen del Consejo de Gerencia, de fecha 17 de mayo de 2005, y en base a lo dispuesto por el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de Auto dictado con fecha 03-05-05, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Recurso Contencioso núm. 2.523/03, seguido a instancia de Dª Mª ***.
El Auto de que se da cuenta acuerda tener por desistido del presente Recurso al recurrente, sin hacer especial imposición de costas.