Tipo: ReglamentosArea: DiputaciónFecha: 25/03/2008
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Reglamento de Uso y Utilización de Instalaciones Deportivas
Resumen: No habiendo sido presentada reclamación alguna al expediente de aprobación del Reglamento de Uso y Utilización de las Instalaciones Deportivas de la Ciudad Deportiva de Diputación, dicho expediente se considera aprobado definitivamente de forma automática, a tenor de lo preceptuado en el artículo 49. c) de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, publicándose a continuación en anexo el texto íntegro del Reglamento, en cumplimiento de lo establecido en la citada Ley.

Contra la aprobación definitiva, al agotar la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos meses, en virtud de lo estipulado en el artículo 46 de la Ley 29/1988 de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia; sin perjuicio de cualquier otro que estimen procedente.

Granada, 13 de marzo de 2008.-La Vicepresidenta 1" y Diputada Delegada del Area de Bienestar y Derechos de la Ciudadanía.

DIPUTACION DE GRANADA

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