INSTRUCCIÓN PARA LA APLICACIÓN DEL REAL DECRETO-LEY 10/2020, DE 29 DE MARZO, POR EL QUE SE REGULA UN PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS POR CUENTA AJENA QUE NO PRESTEN SERVICIOS ESENCIALES, CON EL FIN DE REDUCIR LA MOVILIDAD DE LA POBLACIÓN EN EL CONTEXTO DE LA LUCHA CONTRA EL COVID-19.
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, adoptó una serie de medidas en relación con la limitación de la movilidad de las personas, así como de las actividades sociales y económicas de nuestro país, que han contribuido a contener el avance del COVID-19. En relación con esta situación, el Excmo. Sr. Alcalde Decretó, con fecha 15 de marzo de 2020, los Servicios Mínimos en el Ayuntamiento de Granada ante la Crisis del COVID-19.
Desde esta situación y hasta la fecha, se han ido adoptando las medidas e instrucciones necesarias para el buen funcionamiento de todos los servicios municipales, priorizando en su caso el teletrabajo en todas las áreas municipales, tanto para garantizar la seguridad y la salud del personal municipal, como para evitar cualquier riesgo para los ciudadanos, dictándose además la Circular Informativa complementaria a las Instrucciones de 13/03/2020 de la Concejalía de Recursos Humanos y del Decreto de Servicios Mínimos de 15/03/
El Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo, regula un permiso retribuido recuperable para el personal laboral por cuenta ajena, de carácter obligatorio y limitado en el tiempo entre los días 30 de marzo y 9 de abril (ambos incluidos), para todo el personal laboral por cuenta ajena que preste servicios en empresas o entidades del sector público o privado que desarrollan las actividades no esenciales calificadas como tal el anexo del mismo.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, que se anexa a la presente instrucción, se informa lo siguiente:
1.- Las personas trabajadoras que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del presente Real Decreto-ley disfrutarán de un permiso retribuido recuperable, de carácter obligatorio,
entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive.
2.- Quedan exceptuados de la aplicación del presente Real Decreto los siguientes trabajadores municipales:
a) Las personas trabajadoras que puedan continuar prestando servicios a distancia con normalidad mediante teletrabajo u otra modalidad sea presencial o no de prestación de servicio.
El RDL faculta a las autoridades competentes delegadas, en su ámbito de competencia, para modificar o especificar, mediante las órdenes necesarias, las actividades que se ven afectadas
por el permiso retribuido recuperable previsto en este artículo y sus efectos, conforme establece en su Disposición Adicional Primera.
b) Las personas trabajadoras que presten servicios mínimos en el periodo indicado, en los sectores calificados como esenciales establecidos en real decreto-ley10/2020, de 29 de marzo.
c) Las personas trabajadoras municipales que se encuentran de baja por incapacidad temporal o cualquier otra situación asimilada a esta, bajas maternales o paternales.
d) Las personas trabajadoras municipales que se encuentren de permiso o vacaciones en el periodo indicado del 30 de marzo al 9 de abril (ambos inclusive).
3.- Aquellas personas trabajadoras que no se encuentren en ninguno de los supuestos recogidos en el apartado anterior, y conforme al Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo,
han de disfrutar de manera obligatoria de un permiso retribuido recuperable, entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive, en los términos y condiciones establecidos en ese Real Decreto Ley.
4.- En consonancia con lo anterior serán las Dirección Generales o responsables que culminan las organización administrativa de cada área, las que emitan informe a la Dirección General de Personal con la relación del personal adscrito a sus respectivas áreas que se encuentran en las situaciones descritas en el apartado 2 puntos a y b de la presente Instrucción.
5.- La recuperación de las horas de trabajo se podrá hacer efectiva desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma hasta el 31 de diciembre de 2020. Esta recuperación deberá
negociarse en un periodo de consultas abierto al efecto entre las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de negociación y el Ayuntamiento de Granada, teniendo dicha
negociación una duración máxima de siete días, desde la finalización del estado de alarma.
De no alcanzarse acuerdo durante este periodo de consultas el RDL habilita al Ayuntamiento a notificar a las personas trabajadoras y a la comisión representativa, en el plazo de siete días
desde la finalización de aquel, la decisión sobre la recuperación de las horas de trabajo no prestadas durante la aplicación del presente permiso.
6.- Dada la situación excepcional que nos ocupa y el marco legal que aborda tales circunstancia:
a) Se recomienda a todo el personal municipal que no esté incluido en el apartado 2 de la presente Instrucción y tengan permisos o licencias pendientes de 2019, soliciten estos para su disfrute en la semana del 30 de marzo al 9 de abril a fin de no contar con la obligación la recuperar la jornada laboral referida en dicho RDL.
b) Todos los empleados que en este periodo se encuentren en servicios mínimos y tengan permisos o licencias pendientes, así mismo de 2019, deberán solicitarlos igualmente siempre que se permita la rotación con otros y el servicio quede cubierto, para así quedar liberados de la obligatoriedad en su prestación.
(
Se recuerda que la solicitud de permisos se tramitará mediante el sistema habitual (wcronos) ubicado en el portal del personal municipal)
7.- Esta instrucción no es de aplicación al Cuerpo de la Policía Local ni al Servicio de Extinción de Incendios.
8.- La presente instrucción entra en vigor el día 30 de marzo de 2020, por lo que podrán solicitarse los citados permisos y licencias con efectos de dicho día.
Granada,
firmado digitalmente
El Tte. Alcalde Delegado de Recursos Humanos,
Servicios Generales y Organización