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El Defensor pide responsabilidad ante el uso y la venta de materia pirotécnico
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EL DEFENSOR DE LA CIUDADANÍA DE GRANADA PIDE PRUDENCIA Y RESPONSABILIDAD ANTE EL USO Y LA VENTA DE MATERIAL PIROTÉCNICO

Asimismo, insta al desarrollo de inspecciones y a la aplicación de sanciones a todos aquellos establecimientos que no cumplan con la normativa vigente

Ante el aumento de quejas por los ruidos, molestias, peligros, daños a personas y animales, suciedad, etc., que generan el uso de petardos, cohetes y bengalas, tan habitual en las fiestas navideñas, quiero hacer un llamamiento a la responsabilidad y la prudencia pidiendo el uso correcto de estos productos con el fin de evitar accidentes, situaciones de peligro y molestias a los demás.

El uso de material pirotécnico, debe manipularse con precaución, lejos de zonas transitadas y de manera responsable, siempre. Los espacios cerrados, como viviendas, locales o establecimientos públicos no son lugares adecuados para el uso de estos materiales.

El derecho a utilizar libremente la vía y los espacios públicos de Granada debe ser ejercido con civismo, respetando a otras personas, animales y bienes. No está permitido provocar ruidos que perturben el descanso de los vecinos.

Los petardos, cohetes y demás material pirotécnico no son artículos de juguete, por ello deseo hacer especial hincapié en la responsabilidad de los padres y adultos ante el peligro que conlleva que sean utilizados por menores de edad. Los menores de 12 años no pueden manipular ningún tipo de material pirotécnico. Para garantizar la calidad y seguridad de los productos, es necesario que dicho material se compre en lugares legalmente autorizados.

Los establecimientos autorizados tienen el deber de cumplir con la legislación vigente en materia de edad, clasificación y elección de materiales; mientras los no autorizados deben abandonar la venta de estos productos, ya que, además de ser una práctica fraudulenta, supone un peligro para los consumidores y podría provocarles daños irreversibles.

Por todo ello, y ante la llegada de las fiestas de fin de año y reyes, insto a las administraciones competentes a realizar las inspecciones necesarias para detectar aquellos establecimientos que venden artículos de pirotecnia a menores, por debajo de las edades establecidas en la normativa que los regula en función de su peligrosidad.

Las administraciones responsables deben sancionar a todos los establecimientos que incumplan la normativa vigente en materia de artículos pirotécnicos, regulada en el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. Asimismo, solicito controles exhaustivos sobre los fabricantes de pirotecnia a fin de verificar que cumplen sus obligaciones en el etiquetado. El etiquetado debe indicar claramente todos los datos de interés para los consumidores, entre ellos la edad mínima a partir de la cual pueden ser adquiridos (12, 16 o 18 años) en función del nivel de peligrosidad de cada producto, tal y como viene establecido en el Real decreto citado.



Publicado con fecha 28/12/2017